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BOAM nº 7488 (02/09/2015)
Distrito de Tetuán

1714

Decreto de 20 de agosto de 2015 de la Concejala Presidenta del Distrito de Tetuán por el que se conceden las subvenciones en base a la convocatoria para el Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana del Distrito de Tetuán 2015.

La Concejala Presidenta del Distrito de Tetuán en virtud de las atribuciones delegadas por Acuerdo de fecha 16 de julio de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, vistas las actas de las reuniones de la Comisión de Valoración de fecha 21 de mayo y 10 de junio de 2015 y la propuesta de resolución definitiva de fecha 10 de junio de 2015, ha adoptado el siguiente decreto:

 

 "Primero: Aprobar la concesión de subvenciones a las entidades, para los proyectos y gastos de mantenimiento de sedes sociales y por los importes que figuran en el Anexo I y Anexo II, respectivamente, así como la relación de solicitudes desestimadas y la no concesión por renuncia a su derecho en los anexos III y IV, en resolución de la Convocatoria de Subvenciones de Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana del Distrito de Tetuán para el ejercicio económico 2015 aprobada por decreto de 23 de febrero de 2015.

 

Segundo: Disponer del gasto a favor de las entidades y por los importes que se indican en los Anexos I y II con cargo a la aplicación presupuestaria 2015/206/924.01/489.01 "Otras transferencias a instituciones sin fines de lucro" del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid para 2015.

 

Tercero: Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, sin perjuicio de su publicación, igualmente, en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en la sede electrónica https://sede.madrid.es. De conformidad con el artículo 59.6 LRJ-PAC dicha publicación sustituirá a la notificación surtiendo los mismos efectos.

 

Cuarto: Dicha resolución pondrá fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra la misma, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que lo dictó en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa".

 

Madrid, a 20 de agosto de 2015.- La Concejala Presidenta del Distrito de Tetuán, Montserrat Galcerán Huguet.

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