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BOAM nº 7891 (21/04/2017)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid

856

Rectificación en la publicación del Acuerdo de 6 de abril de 2017 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se modifica el Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía y Hacienda.

Advertidos errores en la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid núm 7.885, de 11 de abril de 2017, del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 6 de abril de 2017 por el que se modifica el Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía y Hacienda, procede su rectificación.

 

En el párrafo tercero de la parte expositiva del Acuerdo donde dice:

 

"El presente Acuerdo tiene por objeto modificar parcialmente aquel con el fin de posibilitar que, en aquellos casos en que así se considere por el titular del Área de Gobierno de Economía y Hacienda, la Dirección General de Patrimonio pueda asumir la realización de determinadas obras encomendadas hasta ahora a los Distritos".

 

Debe decir:

 

"El presente Acuerdo tiene por objeto modificar parcialmente aquel con el fin de posibilitar que, en aquellos casos en que así se considere por el titular del Área de Gobierno de Economía y Hacienda, la Dirección General de Patrimonio pueda asumir, a solicitud de los Distritos, la realización de determinadas obras que hasta ahora se les encomendaban."

 

 

En el párrafo quinto de la parte expositiva de dicho Acuerdo donde dice:

 

"La experiencia de los últimos años ha puesto de manifiesto que muchas de las actuaciones de conservación, rehabilitación y mantenimiento que deben realizar los Distritos en sus inmuebles, por su complejidad, hacen necesario contar con personal técnico preciso. En otras ocasiones, la contratación conjunta de determinadas obras disminuye significativamente su coste. Todo ello aconseja, por tanto, que, cuando tales circunstancias sean estimadas por el titular del Área de Gobierno de Economía y Hacienda, la Dirección General de Patrimonio asuma su realización".

 

Debe decir:

 

"La experiencia de los últimos años ha puesto de manifiesto que determinadas actuaciones de conservación, rehabilitación y mantenimiento que deben realizar los Distritos en sus inmuebles, por su complejidad, hacen necesario contar con personal técnico preciso. En otras ocasiones, la contratación conjunta de determinadas obras disminuye significativamente su coste. Todo ello aconseja, por tanto que, cuando tales circunstancias sean estimadas por el titular del Área de Gobierno de Economía y Hacienda, la Dirección General de Patrimonio, asuma su realización."

 

Madrid, a 19 de abril de 2017.- La Directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno, María Pilar Aguilar Almansa.

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