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BOAM nº 7632 (05/04/2016)
Distrito de Usera

711

Decreto de 30 de marzo de 2016 de la Concejala Presidenta del Distrito de Usera por el que se aprueban las bases reguladoras del I Certamen de Poesía “Madre Rosa Blanco” del Distrito de Usera.

En ejercicio de las competencias delegadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de 29 de octubre de 2016, en los Concejales Presidentes de los Distritos, se aprueban las bases por las que se regirá la convocatoria del I Certamen de Poesía "Madre Rosa Blanco" del Distrito de Usera, con arreglo a las siguientes especificaciones:

 

1. OBJETO Y FINALIDAD DE LA CONVOCATORIA.

 El Distrito de Usera establece las bases por las que se regirá la convocatoria del I Certamen de Poesía "Madre Rosa Blanco" del Distrito de Usera, en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Constituye el objeto de las presentes bases, la regulación y convocatoria de dicho certamen, con el fin de fomentar la participación de los/as ciudadanos/as con inquietudes en el campo de la creación literaria, concretamente en la modalidad de la poesía.

 

2. RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE.

 A la presente convocatoria le será de aplicación lo dispuesto para los premios educativos, culturales, científicos o de cualquier otra naturaleza sujetos a publicidad y concurrencia, en la disposición adicional primera de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013. En su defecto se regulará por lo dispuesto en la citada Ordenanza, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y su Reglamento, salvo en aquellos aspectos en los que por la especial naturaleza de estas subvenciones no resulte aplicable.

 

3. CRÉDITO PRESUPUESTARIO.

 La financiación de la presente convocatoria se imputará a la aplicación presupuestaria 2016-001-212-334.01-482.03.- "Actividades Culturales. Premios", del presupuesto municipal de gastos de 2016, con un importe de 2.000 euros.

 

4. PARTICIPANTES.

 Podrán participar en este certamen las personas físicas residentes en España, mayores de 16 años. No podrán participar los miembros del jurado.

 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, no podrán concurrir las personas que, aun cumpliendo los requisitos específicos de participación recogidos en las presentes bases, estén incursas en alguna de las causas de prohibición para percibir subvenciones establecidas en la citada disposición.

 Los participantes deberán tener cumplida la edad requerida en la fecha de finalización del plazo para la presentación de los relatos.

 Las personas interesadas en participar podrán informarse previamente en la Secretaría de los centros culturales o en la Unidad de Actividades Culturales, Formativas y Deportivas del Distrito.

   

5. REQUISITOS QUE DEBE REUNIR EL POEMARIO.

 Los poemas serán de tema y métrica libre, escritos en castellano, originales e inéditos, debiendo cumplir la condición de no haber sido premiados en ningún otro certamen ni publicados en soporte físico y/o digital.

 La extensión del poemario que se presente será como mínimo de 3 y como máximo de 10 poemas y con un límite de 20 páginas, en formato de 21 x 29,7 cm (DIN A4), impresas a una sola cara con interlineado doble, tamaño de fuente 12 y tipo de letra Arial.

 Será requisito imprescindible para que la obra sea valorada que el Distrito de Usera esté presente en el poemario, en la forma en que el autor decida.

 

6. NORMAS DE CELEBRACIÓN DEL CERTAMEN.

 El plazo de presentación de las obras comprenderá desde el día siguiente a la publicación de estas bases en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la sede electrónica https://sede.madrid.es, hasta el día 3 de junio de 2016.

 La presentación de las obras se realizará por correo postal o personalmente en la Unidad de Actividades Culturales, Formativas y Deportivas del Distrito de Usera (avenida de Rafaela Ybarra, 41, 2.ª planta, 28026 Madrid, teléfono 91.588.72.85), de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes.

 Las obras se presentarán en formato papel, en sobre cerrado, en el que figure en el anverso el seudónimo del autor y el título de la obra.

 Se adjuntará con las obras un sobre cerrado, en cuyo anverso figure el seudónimo del autor y el título de la obra. En el interior del sobre se incluirán:

 - Datos personales del participante (nombre y apellidos, domicilio, correo electrónico y teléfonos de contacto).

 - Fotocopia del DNI, NIE o del pasaporte.

 - Declaración responsable de no encontrarse incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el citado artículo 13 de la Ley General de Subvenciones y de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y del cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones. Este documento (Anexo I) se publica, conjuntamente con la convocatoria, en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la sede electrónica https://sede.madrid.es; asimismo podrá ser facilitado en la Secretaria de los centros culturales o en la Unidad de Actividades Culturales, Formativas y Deportivas del Distrito de Usera.

 La ausencia de datos o su inexactitud puede dar lugar, en su caso, a la exclusión de la obra.

 En el caso de participantes menores de edad, la citada declaración deberá encontrarse suscrita por alguno de sus progenitores, tutor/a o representante legal, debiendo aportar, junto con la misma, copia del libro de familia o documento que acredite la designación como tutor/a legal en su caso.

 

7. ÓRGANO COMPETENTE PARA LA VALORACIÓN DE LOS POEMARIOS.

 Las obras serán valoradas por un jurado presidido por la Concejala Presidenta del Distrito de Usera o persona en quien delegue, e integrado por los siguientes vocales: un miembro de cada uno de los grupos políticos con representación en la Junta Municipal, un representante de las entidades vecinales del distrito inscritas y declaradas de utilidad pública municipal en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid, un director de un centro cultural o sociocultural del distrito. Actuará como secretaria la Jefa de la Unidad de Actividades Culturales, Formativas y Deportivas, o funcionario en quien delegue, con voz pero sin voto y que levantará acta de la resolución adoptada.

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