Saltar navegación

BOAM nº 7673 (03/06/2016)
Distrito de San Blas-Canillejas

1260

Resolución de 30 de mayo de 2016 del Coordinador del Distrito de San Blas-Canillejas por la que publica la notificación de la orden de ejecución de obras efectuada a Herederos de Carlos Morales Torres, expediente número 117/2014/03343.

Intentada sin efecto la notificación al interesado, y de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la notificación y edicto, por medio del presente anuncio, de la notificación de orden de ejecución de obras en la avenida de Guadalajara, 65, puerta A, número de expediente 117/2014/03343, pudiendo consultar el texto íntegro en el Negociado de Gestión del Distrito de San Blas-Canillejas, avenida de Arcentales, 28.

  

El Coordinador de este distrito, en virtud de las atribuciones conferidas mediante Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias de los Distritos (BOCM núm. 267, de 10 de noviembre de 2015) y en virtud del apartado 8 del punto primero de la Resolución del Director de la Agencia Tributaria de 30 de diciembre de 2015 (Boletín de la Comunidad de Madrid núm. 4, de 11 de enero de 2016), ha aprobado por resolución de fecha 20 de abril de 2016 lo siguiente:

  

"PRIMERO.- Ordenar a Herederos de Carlos Morales Torres la ejecución de las obras de conservación:

 

1. Deberán realizar los trabajos y obras necesarios para mantener el local en condiciones mínimas de seguridad, salubridad, accesibilidad, ornato público y decoro, con el fin de mantener en todo momento las condiciones requeridas para la habitabilidad o el uso efectivo.

2. Deberán ser reparadas las fachadas interiores, exteriores y medianeras y otros elementos cuyo estado suponga un riesgo para la seguridad de las personas.

3. Pintar y reparar y reponer los materiales de revestimiento del techo del soportal.

4. El local debe estar permanentemente limpio y desprovisto de cualquier tipo de escombros y de basuras.

5. La entrada al local debe mantenerse en perfectas condiciones necesarias para la subsanación de las deficiencias existentes en el edificio sito en avenida de Guadalajara, 65, puerta A, y que deberán ser realizadas en los plazos establecidos y según la documentación que deberá ser presentada, de conformidad con los artículos 168.1 y 170 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid y el artículo 6 de la Ordenanza de Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones, con la advertencia, según el artículo 33.2 de la citada ordenanza, en caso de incumplimiento, de la imposición de multas coercitivas, la incoación del correspondiente procedimiento sancionador, según lo establecido en los artículos 170.2 y 202 y siguientes de la Ley 9/2001 y la incoación del procedimiento declarando el incumplimiento del deber de conservar o rehabilitar.

 

SEGUNDO.- Aprobar la liquidación de la tasa correspondiente por un importe de 347,35 euros, practicada conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios Urbanísticos".

  

Madrid, a 30 de mayo de 2016.- El Coordinador del Distrito de San Blas-Canillejas, José Luis de Pablo Trabalón. 

Subir Bajar