BOAM nº 7382 (30/03/2015)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid
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Acuerdo de 26 de marzo de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se avoca la competencia relativa a la realización de actuaciones urgentes de conservación en el conjunto edificatorio de titularidad municipal “Escuelas Pías de San Fernando” y se delega en la Dirección General de Gestión y Defensa del Patrimonio.El Ayuntamiento de Madrid es propietario del conjunto edificatorio que constituyen las ruinas de la antigua iglesia del convento de las "Escuelas Pías de San Fernando", que formaron parte del convento y colegio fundado por los Padres Escolapios en 1.729, situadas en la calle Mesón de Paredes, n.º 66 y 68, c/v a la calle Tribulete, n.º 14, e inscrito provisionalmente en el Inventario del Ayuntamiento de Madrid con el número de archivo 200.882.
El conjunto está incluido con nivel de protección I, grado singular, en el Catálogo de Edificios Protegidos del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 17 de abril de 1.997, teniendo asignado el uso urbanístico de Equipamiento. Asimismo, tiene la consideración de Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento, estando incluido en el Área de Planeamiento Específico 00.01 "Centro Histórico" y en la Zona de Protección Arqueológica del Recinto Histórico.
En la actualidad, se han detectado una serie de deficiencias en las ruinas de la antigua Iglesia, que requieren con prontitud la ejecución de obras de seguridad parciales para su subsanación. En concreto, resulta necesario ejecutar obras de adopción de medidas de seguridad relativas al dintel de la biblioteca y protección exterior de las ruinas de la iglesia del convento.
La competencia para realizar tales obras corresponde a la Dirección General de Patrimonio Cultural y Calidad del Paisaje Urbano del Área de Gobierno de Las Artes, Deportes y Turismo, conforme a lo establecido en el artículo 8.3 a) del Acuerdo de Junta de Gobierno de 24 de enero de 2013, de delegación de competencias específicas en los órganos superiores y directivos de las Áreas de Gobierno y de los Distritos, que le atribuye con carácter general la competencia para la restauración, rehabilitación y conservación del patrimonio histórico inmueble de propiedad municipal (niveles de protección I y II del Plan General de Ordenación Urbana).
No obstante, razones de eficacia y de índole técnica justifican que las mencionadas obras sean ejecutadas por la Dirección General de Gestión y Defensa del Patrimonio del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública. Ello es debido a que las obras a realizar tienen carácter urgente y deben ser acometidas sin dilación, por lo que es adecuada su realización dentro del vigente "Acuerdo Marco de obras de subsanación de patologías en edificios demaniales, patrimoniales y aquellos que estén sujetos a cualquier tipo de uso del Ayuntamiento de Madrid", que se gestiona por dicha Dirección General y que permitirá su ejecución de forma inmediata.
Para ello, resulta necesario que la Junta de Gobierno, conforme a lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, avoque la competencia relativa a la realización de las citadas obras previamente delegada en la Dirección General de Patrimonio Cultural y Calidad del Paisaje Urbano del Área de Gobierno de Las Artes, Deportes y Turismo y que tal competencia sea posteriormente delegada en la Dirección General de Gestión y Defensa del Patrimonio del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 e) y g) y 17.2 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, a propuesta del titular del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública, y previa deliberación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 26 de marzo de 2015,
ACUERDA
PRIMERO.- Avocar la competencia delegada en la Dirección General de Patrimonio Cultural y Calidad del Paisaje Urbano del Área de Gobierno de Las Artes, Deportes y Turismo en el artículo 8.3 a) del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 24 de enero de 2013, de delegación de competencias específicas en los órganos superiores y directivos de las Áreas de Gobierno y de los Distritos, única y exclusivamente para la ejecución de las obras de adopción de medidas de seguridad relativas al dintel de la biblioteca y protección exterior de las ruinas de la iglesia del convento de las "Escuelas Pías de San Fernando".
SEGUNDO.- Delegar en la Dirección General de Gestión y Defensa del Patrimonio del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública la competencia avocada en el apartado anterior.
Las competencias en materia de contratación y gastos que se deriven de dichas actuaciones, se ejercerán de conformidad con lo previsto en los artículos 2 y 4 del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 24 de enero de 2013, por el que se delegan competencias específicas en los órganos superiores y directivos de las Áreas de Gobierno y de los Distritos.
TERCERO.- Los procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del presente Acuerdo por órganos distintos de los competentes de acuerdo con el mismo, se seguirán tramitando y se resolverán por los órganos que resulten competentes en virtud del nuevo reparto de competencias.
CUARTO.- Se faculta al titular del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Acuerdo, así como para resolver las dudas que pudieran surgir en su interpretación y aplicación.
QUINTO.- Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan o contradigan lo establecido en el presente Acuerdo.
SEXTO.- El presente Acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid" y en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".
SÉPTIMO.- Del presente Acuerdo se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado del mismo.
Madrid, a 26 de marzo de 2015.- El Coordinador General de la Alcaldía, Juan Antonio Gómez-Angulo.