Saltar navegación

BOAM nº 6189 (24/05/2010)
Distrito de San Blas

1088

Resolución de 8 de abril de 2010 del Gerente del Distrito de San Blas por la que se impone una sanción a Albasanz Hostelería 65, S.L., expediente número 117/2009/05738.

Intentada sin efecto la notificación al interesado y, de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común se procede a la notificación por medio del presente anuncio de la resolución de imposición de sanción, pudiendo consultar el texto íntegro en el Negociado de Servicios Sanitarios y Consumo del Distrito de San Blas, avenida de Arcentales, 28.

 

Referencia: 117/2009/05738.

Autoridad municipal competente: El Gerente del Distrito de San Blas.

Contenido de la resolución: Imponer a Albasanz Hostelería 65, S.L., la sanción de 200,00 euros, como autor de varias infracciones leves, en grado mínimo tipificadas en los artículos 78.1 y 78.2 de la Ordenanza reguladora de las Condiciones Higiénico-Sanitarias y Protección de los Consumidores en los establecimientos donde se consumen comidas y bebidas.

Emplazamiento: calle Albasanz, 65.

 Hechos denunciados: Por deficiencias higiénico-sanitarias detectadas en visita de inspección de fecha 12 de enero de 2010 y que figuran en informe de fecha 12 de febrero de 2010.

Fecha y hora de la denuncia: 12 de enero de 2010 a las 13:00 horas.

Norma infringida: Ordenanza Reguladora de las Condiciones Higiénico-Sanitarias y Protección de los Consumidores en los establecimientos donde se consumen comidas y bebidas, aprobada por Acuerdo Plenario de 28 de febrero de 1990 (B.O.C.M. 2 de abril de 1990).

 

Contra la expresada resolución podrán interponer los recursos que se indican a continuación:

 

I.- Recurso potestativo de reposición, ante el Gerente este Distrito, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con los artículos 107 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

II.- Directamente, salvo en el supuesto previsto en el párrafo anterior, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación de la presente, artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

III.- Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente, artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

 

Madrid, a 8 de abril de 2010.- El Gerente del Distrito de San Blas, Gerardo Ravassa Checa.

Subir Bajar