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BOAM nº 7265 (03/10/2014)
Ayuntamiento Pleno

1769

Acuerdo de 29 de septiembre de 2014 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid por el que aprueba la concesión de un suplemento de crédito por importe de 9.266.162,71 euros en el Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid (Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda).

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 29 de septiembre de 2014, adoptó el siguiente acuerdo:

 

"Aprobar la concesión de un suplemento de crédito por importe de 9.266.162,71 euros, en el Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid, con el desglose y aplicación presupuestaria que se detalla:

 

- 9.266.162,71 euros, en la aplicación presupuestaria 001/035/152.01/789.00 "Otras transferencias de capital a familias" del programa 152.02 "Vivienda" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2014.

 

El suplemento de crédito se financia con los derechos reconocidos en el subconcepto de ingresos 680.00 "Reintegros de pagos de ejercicios cerrados", que corresponden a los reintegros a efectuar por la EMVS en virtud del "Acuerdo de ordenación financiera de saldos de derechos pendientes de cobro y obligaciones pendientes de pago por parte de la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid, S.A. y del Ayuntamiento de Madrid, derivados de la liquidación del convenio de colaboración suscrito entre ambas partes el 12 de diciembre de 2006, por el que se regulan las condiciones y obligaciones asumidas por ésta en su condición de entidad colaboradora para la gestión de las ayudas relativas a actuaciones de rehabilitación realizadas dentro de las Áreas de Rehabilitación, de las realizadas en edificios derivadas de la Inspección Técnica de Edificios y de las actuaciones de rehabilitación destinadas a la mejora de la sostenibilidad y eficiencia energética de las edificaciones", aprobado por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid en su sesión celebrada el 26 de junio de 2014".

 

Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndose que dicho acuerdo agota la vía administrativa, pudiéndose interponer contra el mismo, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.

 

Madrid, a 29 de septiembre de 2014.- El Secretario General del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

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