BOAM nº 6336 (23/12/2010)
Distrito de Villa Vallecas
2482
Decreto de 30 de julio de 2010 del Concejal Presidente del Distrito de Villa de Vallecas denegando licencia de funcionamiento a Balmen Electronic, S.L., expediente número 120/2004/00052.En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la notificación de los siguientes trámites a las personas/entidades relacionadas a continuación en el marco de los expedientes administrativos señalados, una vez intentada la notificación en los términos del artículo 59.1. del mismo cuerpo legal, quedando los expedientes a disposición de los interesados a los efectos del ejercicio del derecho previsto en el artículo 35.a) de la misma ley, en el Negociado de Licencias del Distrito en las dependencias de la Junta Municipal de Villa de Vallecas, paseo Federico García Lorca, 12, Madrid, en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes, (cerrado los días 24 y 31 de diciembre) donde podrán tomar vista de los mismos.
"Denegar a Balmen Electronic, S.L., de conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ordenanza Municipal de Tramitación de Licencias Urbanísticas, la licencia de funcionamiento para almacen de sistemas de alimentación ininterrumpida con oficinas y taller de mantenimiento, en calle González Dávila, 18, 5º local 3 D, por los motivos que se indican a continuación, según informe técnico de fecha 10 de junio de 2010, debiendo, en consecuencia, abstenerse de su ejecución."
CAUSAS DE LA DENEGACIÓN:
Realizada visita de inspección a la nave de referencia se ha observado que no se ejerce la actividad. El administrador del edificio comunica que hace aproximadamente un año que abandonaron la nave.
Aprobar la liquidación definitiva de la tasa por la tramitación de la licencia urbanística, practicada conforme a la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios Urbanísticos.
Importe de la autoliquidación.......... 0,00 Euros.
Cuota tributaria................................ 0,00 Euros.
Importe de la liquidación definitiva... 0,00 Euros
Lo que le notifico para su conocimiento y efectos, advirtiéndole que contra la expresada resolución podrá interponer los recursos que se indican a continuación.
I.- Recurso potestativo de rerposición, ante el Concejal Presidente de este Distrito, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con la siguiente normativa:
- Con carácter general: Artículos 107 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC).
- En especial, para actos sobre aplicación y efectividad de los tributos locales y restantes ingresos de derecho público: Disposición adicional quinta LRJPAC, artículo 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local y artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Sin perjuicio de la interposición de la reclamación económico-administrativa conforme a lo dispuesto en los artículos 18 y 38 del Reglamento Orgánico por el que se regula el Tribunal Económico Administrativo Municipal del Ayuntamiento de Madrid, así como el procedimiento para la resolución de las reclamaciones de su competencia.
II.- Directamente salvo en el supuesto previsto en el párrafo anterior, recurso contencioso-administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación (Artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
III.- Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 58 LRJPAC).
Asimismo, le indicamos que en el plazo de un mes, a partir de la presente notificación, deberá comparecer en el Negociado de Licencias de este Distrito, a los efectos de retirar las copias de los proyectos, en caso de no hacerlo se procederá a archivar el expediente con una de las copias y a la destrucción de las demás copias no retiradas.
Madrid, a 30 de julio de 2010.- El Concejal Presidente del Distrito de Villa de Vallecas, Ángel Garrido García.