BOAM nº 10076 (02/03/2026)
Agencia Tributaria Madrid
726
Resolución de 25 de febrero de 2026 de la Directora del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid por la que se hace pública la concesión de la renovación de las ayudas de transporte en metálico del personal de la Agencia Tributaria Madrid, convocatoria 2026.El Acuerdo Convenio sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos Autónomos para el período 2019-2022, actualmente vigente, recoge en el artículo 31 la ayuda de transporte en su modalidad de ayuda en metálico, que consistirá en el abono en nómina del personal que se encuentre en alguno de los supuestos tasados para su percepción, de una cantidad fija como ayuda de transporte.
Por otro lado, mediante Acuerdo de la Junta de Gobierno de 20 de noviembre de 2025 se han aprobado las bases generales y específicas de las ayudas de acción social para 2026.
En las citadas bases se recogen las bases específicas de ayudas de trasporte, y concretamente en su apartado B) la modalidad de ayuda de transporte en metálico para el personal con nombramiento o contrato temporal, así como para el personal municipal, ya sea funcionario de carrera o laboral fijo o indefinido, cumpla con alguno de los requisitos que señala el vigente Acuerdo Convenio.
Una vez tramitado de conformidad el expediente de renovación de la ayuda de transporte en metálico para 2025, por Resolución de 10 de febrero de 2026 de la Directora de la Agencia Tributaria Madrid se procedió a la renovación de las ayudas de transporte en metálico del personal municipal de la Agencia Tributaria Madrid, que cumple con los requisitos específicos establecidos en la convocatoria de 2026.
Las bases de las ayudas de acción social, en su artículo 4, apartado 4, establece que la información referente a las ayudas de acción social se difundirá y publicitará a través de los siguientes canales de comunicación:
- Publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en Ayre de las resoluciones de actos administrativos.
- Publicación en el canal Ayre de información y avisos.
- Consulta individualizada de las ayudas solicitadas en Ayre para el personal municipal.
Por su parte el artículo 15.1, apartado l), de los Estatutos del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, dispone que son funciones de la Directora, entre otras, la dirección y gestión de personal, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo Rector.
En consecuencia con lo anteriormente expuesto,
RESUELVO
PRIMERO.- Hacer pública la adopción de la Resolución de 10 de febrero de 2026 de la Directora de la Agencia Tributaria Madrid por la que se procede a la renovación y concesión de las ayudas de transporte en metálico del personal municipal de la Agencia Tributaria Madrid que cumple con los requisitos específicos establecidos en la convocatoria de 2026.
SEGUNDO.- Ordenar la publicación en el canal Ayre del correspondiente aviso o nota informativa. De este modo se podrá realizar consulta individualizada de las ayudas concedidas, consultando su ayuda en la ruta Ayre | Mi área personal | Mis ayudas | Solicitar una ayuda | Ayudas solicitadas, sin perjuicio de la custodia del expediente original en la sede del Servicio de Coordinación Administrativa y Recursos Humanos de la Agencia Tributaria Madrid, calle Sacramento, 5, 28005 Madrid. Asimismo, se remitirá aviso individualizado al correo personal corporativo de las personas beneficiarias.
TERCERO.- Contra esta resolución, el personal funcionario, podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición potestativo, previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó la resolución, en el plazo de un mes, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal de Instancia de Madrid, en el plazo de dos meses, en ambos casos a partir del día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de la presente resolución. Artículos 30.4, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y disposición adicional primera de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia.
El personal laboral podrá interponer demanda ante el Tribunal de Instancia de Madrid, sección de lo Social, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de la presente resolución. Artículo 69, de la Ley 36/2011, Reguladora de la Jurisdicción Social, y disposición adicional primera de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia.
Todo ello sin perjuicio de que los/as interesados/as puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente, conforme a lo dispuesto en el artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, a 25 de febrero de 2026.- La Directora del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, Gema T. Pérez Ramón.