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BOAM nº 5936 (18/05/2009)
Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública

985

Decreto de 28 de abril de 2009 del Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública por el que se hace pública la relación de aspirantes que han superado las fases de concurso-oposición del proceso selectivo de la categoría de Bombero Especialista del Servicio de Extinción de Incendios del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con la propuesta del Tribunal Calificador.

Por la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos se ha formulado propuesta para hacer pública en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid la relación de aspirantes, que se adjunta en el Anexo I, que han superado las fases de concurso-oposición del proceso selectivo convocado por Decreto de la Concejala del Área Delegada de Personal de fecha 8 de junio de 2007 (Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid nº 5.762, de 28 de junio de 2007) para proveer por promoción interna 104 plazas de la categoría de Bombero Especialista del Servicio de Extinción de Incendios con indicación de la puntuación total alcanzada por los mismos. La propuesta se realiza de conformidad con la relación de aprobados remitida por el Tribunal Calificador del proceso selectivo.

 

Corresponde al titular del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública la competencia para resolver las convocatorias de selección de personal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.3.2 i) del Acuerdo de 18 de junio de 2007 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública y se delegan competencias en su titular y en los titulares de sus órganos directivos.

 

En uso de las competencias delegadas en el artículo 3.3.2 i) del mencionado Acuerdo de la Junta de Gobierno de 18 de junio de 2007,

 

DISPONGO

 

Primero.- Hacer pública en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid la relación de aspirantes, incorporada como Anexo I al presente Decreto, que de conformidad con la propuesta del Tribunal Calificador han superado las fases de concurso-oposición del proceso selectivo convocado por Decreto de la Concejala del Área Delegada de Personal de fecha 8 de junio de 2007 para proveer por promoción interna 104 plazas de la categoría de Bombero Especialista del Servicio de Extinción de Incendios, con indicación de la puntuación total alcanzada por los mismos en ambas fases.

 

Segundo.- De conformidad con lo previsto en la base 6.1 de las que rigen la convocatoria y al objeto de ser nombrados funcionarios en prácticas en la categoría de Bombero Especialista del Servicio de Extinción de Incendios los aspirantes propuestos deberán presentar, en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación del presente Decreto, los documentos acreditativos de los requisitos exigidos en la convocatoria relacionados a continuación:

 

- Los aspirantes que cuenten con dos años de antigüedad como funcionarios de carrera en la categoría de Bombero del Ayuntamiento de Madrid, deberán aportar copia autentificada o fotocopia (que deberá acompañarse de original para su compulsa) del título de bachiller o FP de 2º grado o equivalente, expedido con arreglo a la legislación vigente, o justificante de haber abonado los derechos para su expedición. En el supuesto de haber invocado un título equivalente al exigido, habrá de acompañarse certificado que acredite la citada equivalencia. Si estos documentos estuviesen expedidos después de la fecha en que finalizó el plazo de admisión de solicitudes, deberá justificarse el momento en que concluyeron los estudios.

 

- Los aspirantes que cuenten con cinco años de antigüedad en la categoría de Bombero del Ayuntamiento de Madrid, deberán aportar el certificado que acredite la realización del curso específico de formación.

 

Tercero.- Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

I. Recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que ha dictado el presente Decreto, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación del mismo (artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

 

Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se dicte y notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo, pudiendo en este caso interponer contra la desestimación presunta recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de seis meses.

 

II. Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación del Decreto recurrido.

 

En ambos casos, el recurso se interpondrá ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquél (artículos 8.1 y 14.1.2ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

 

III. Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime procedente (artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

 

Madrid, a 28 de abril de 2009.- El Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública, Juan Bravo Rivera.

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