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BOAM nº 7076 (30/12/2013)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid

2529

Resolución de 26 de diciembre de 2013 de la Directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno por la que se dispone la publicación del Acuerdo de la Junta de Gobierno de 26 de diciembre de 2013 por el que se aprueba el Acuerdo sobre incorporación a la Administración municipal del personal de la sociedad mercantil municipal Madrid Espacios y Congresos, S.A. (MADRIDEC), procedente del extinto Patronato de la Feria del Campo, y se modifica la relación de puestos de trabajo y la plantilla presupuestaria del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos.

En ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 30.2.d) del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid se dispone la publicación del Acuerdo de la Junta de Gobierno de 26 de diciembre de 2013. Se hace constar que, por contener datos personales cuya publicación pudiera lesionar derechos o intereses legítimos que deben ser protegidos, de su texto íntegro no se publica el Anexo detallado de las condiciones en que el personal pasará a integrarse en la Administración municipal mencionado en el Anexo I apartado cuarto letra h) del "Acuerdo sobre incorporación a la Administración municipal del personal de la sociedad mercantil municipal Madrid Espacios y Congresos, S.A., procedente del extinto Patronato de la Feria del Campo".

 

El texto del Acuerdo de la Junta de Gobierno es el siguiente:

 

"Con fecha 30 de noviembre de 2000, el Pleno del Ayuntamiento de Madrid acordó el cese de las actividades y la disolución del Organismo Autónomo Patronato de la Feria del Campo al haberse atribuido por Acuerdo Plenario de 26 de octubre de 2000 la gestión del servicio de explotación de ese recinto ferial a la Empresa Municipal Campo de las Naciones, S.A., con efectos de 1 de enero de 2001. En ese mismo Acuerdo, el Pleno aceptó la relación provisional del personal del Patronato de la Feria del Campo a 31 de diciembre de 2000 -que figuraba como Anexo II del citado Acuerdo- y se autorizaba a la Empresa Municipal Campo de las Naciones, S.A., para que se subrogase en los derechos y obligaciones laborales del Patronato, en los términos que se contuvieran en la relación personal del mismo en el momento del cese de la actividad desde el 1 de enero de 2001.

Asimismo, el apartado séptimo del Acuerdo de 30 de noviembre de 2000 establecía que los trabajadores incluidos en la relación de personal del Patronato de la Feria del Campo que resultase definitiva a 31 de diciembre de 2000 pasasen a depender del Ayuntamiento de Madrid en caso de disolución de la Empresa Municipal Campo de las Naciones, S.A., empresa que por acuerdo de Junta General Extraordinaria de 11 de mayo de 2006, pasó a denominarse Madrid Espacios y Congresos, S.A., (de aquí en adelante, denominada "MADRIDEC").

Mediante Acuerdo de 30 de julio de 2013 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid (punto 36) se ha autorizado la disolución de la sociedad mercantil municipal Madrid Espacios y Congresos, S.A., conforme a lo establecido en el artículo 11.1 letra l) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, cuyo apartado tercero señala que "En cuanto al personal procedente del extinto Patronato de la Feria del Campo, se estará a lo dispuesto en el Acuerdo Plenario de 30 de noviembre de 2000, por el que se acordaba el cese de actividades del Patronato de la Feria del Campo y la gestión del servicio público desarrollado por el mismo por parte de la Empresa Municipal Campo de las Naciones, S.A., (hoy denominada "Madrid Espacios y Congresos, S.A."), de acuerdo con los anexos 13 y 14 de la Memoria de disolución de Madrid Espacios y Congresos, S.A.". Según el propio Acuerdo del Pleno, la efectividad jurídica de dichos acuerdos se producirá a partir del 1 de enero de 2014.

Por lo tanto, el Acuerdo de 30 de julio de 2013 del Pleno determina la disolución de MADRIDEC y, por ende, la aplicación respecto del personal procedente del extinto Patronato de la Feria del Campo que se hallaba al servicio de esta empresa, de la cláusula contenida en el Acuerdo de 30 de noviembre de 2000 del Pleno, en cuya virtud estos trabajadores pasan a depender del Ayuntamiento de Madrid en caso de disolución de la Empresa Municipal Campo de las Naciones, S.A., (en la actualidad, MADRIDEC).

Los Acuerdos Plenarios de 30 de noviembre de 2000 y 30 de julio de 2013 no contienen sin embargo previsión alguna acerca de las condiciones en que aquel personal haya de pasar a depender del Ayuntamiento de Madrid, lo que ha hecho necesario abrir un proceso de negociación dirigido precisamente a establecer las condiciones, tanto de trabajo como de carácter retributivo, en las que se produciría tal integración. Este proceso, en el que han tomado parte la representación de la Administración municipal, el Comité de Empresa de MADRIDEC y las organizaciones sindicales presentes en la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos, ha concluido con la firma el 16 de diciembre de 2013 de un acuerdo sobre la incorporación a la Administración municipal de este personal.

El Acuerdo de 16 de diciembre de 2013 sobre incorporación a la Administración municipal del personal de la sociedad mercantil municipal "Madrid Espacios y Congresos, S.A.," procedente del extinto Patronato de la Feria del Campo prevé que este personal se incorporará a la Administración municipal como personal laboral indefinido, condición que ya ostentaba en MADRIDEC, formalizándose a tales efectos los correspondientes contratos de trabajo.

Las condiciones de trabajo y retributivas del personal que se integra en la Administración municipal se establecen en el apartado Cuarto del referido Acuerdo de 16 de diciembre de 2013 que señala, entre otras cuestiones, que la integración se producirá a categorías de personal laboral del Ayuntamiento de Madrid asimilables a las que dicho personal ostentaba en la sociedad de procedencia y a puestos de trabajo normalizados de la relación de puestos de trabajo y plantilla presupuestaria del Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos autónomos.

Asimismo el Acuerdo dispone que este personal devengará desde su paso a la Administración municipal el complemento de antigüedad en los términos establecidos en el artículo 48 del Convenio Colectivo Único del Personal Laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos autónomos, si bien verá respetado el importe que en concepto de antigüedad tuviera reconocido en MADRIDEC a fecha 31 de diciembre de 2013.

El artículo 38.3 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, establece que para la validez y eficacia de los acuerdos adoptados será necesaria su aprobación expresa y formal por el órgano de gobierno de la Administración pública. De conformidad con lo establecido en el artículo 17.1.m) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, dentro del Ayuntamiento la competencia para su aprobación corresponde a la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid.

Asimismo, la competencia para aprobar las retribuciones del personal corresponde a la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid según el artículo 17.1.m) de la Ley de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, por lo que mediante el presente Acuerdo, este órgano aprueba el Acuerdo de 16 de diciembre de 2013 sobre incorporación a la Administración municipal del personal de la sociedad mercantil municipal "Madrid Espacios y Congresos, S.A.," procedente del extinto Patronato de la Feria del Campo en todos sus términos, lo que incluye asimismo la aprobación de las retribuciones en aquél contenidas.

Por otro lado, la integración de este personal como se ha señalado, se producirá con efectos de 1 de enero de 2014 a puestos de trabajo de nueva creación, resultando preciso por lo tanto, proceder mediante el presente Acuerdo, a la creación de dichos puestos en la relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos autónomos.

La competencia para la aprobación de las modificaciones de la plantilla de personal y de la relación de puestos de trabajo se encuentra atribuida a la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid en virtud del artículo 17.1.m) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, habiendo delegado este órgano la competencia en el titular del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública, de conformidad con el artículo 3.3.2.f) y g) del Acuerdo de 17 de enero de 2013 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública y se delegan competencias en su titular y en los titulares de los órganos directivos.

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