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BOAM nº 9493 (19/10/2023)
Agencia para el Empleo

2979

Resolución de 17 de octubre de 2023 del Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid por la que se acuerda aplicar la tramitación de urgencia a determinados procedimientos administrativos iniciados por convocatorias públicas de concesión de subvenciones.

ANTECEDENTES DE HECHO

 

PRIMERO.- Por resolución del Gerente de la Agencia para el Empleo se han aprobado las siguientes convocatorias públicas de subvenciones de la Agencia para el Empleo de Madrid:

 

- Resolución de 22 de mayo de 2023 del Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones destinada a entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro para el desarrollo de itinerarios de empleabilidad en el marco de los planes de barrio en las anualidades 2023 y 2024.

- Resolución de 18 de septiembre de 2023 del Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones a Federaciones y Confederaciones que desarrollen en la ciudad de Madrid proyectos de itinerarios de mejora de competencias y empleo con apoyo, dirigidos a personas con discapacidad intelectual o del desarrollo y/o personas con discapacidad mental.

 

SEGUNDO.- Las convocatorias tienen como finalidad impulsar proyectos que tengan por objeto el desarrollo de itinerarios personalizados de empleabilidad por medio de la información, el acompañamiento, la orientación, el asesoramiento, la formación y la intermediación, de cara a conseguir su inserción laboral, dirigidos a personas con un índice mayor de vulnerabilidad y riesgo de exclusión social, así como proyectos que incluyen itinerarios de mejora de competencias y empleo con apoyo, dirigidos a personas con discapacidad intelectual o del desarrollo y/o personas con discapacidad por enfermedad mental.

 

TERCERO.- Para asegurar la ejecución de estas políticas de empleo, y, a fin de cumplir con la tramitación, se considera que concurren razones de interés público que aconsejan resolver con la máxima celeridad los expedientes administrativos de concesión de subvenciones públicas que se tramiten al amparo de las mencionadas convocatorias, facilitando a las entidades que resulten beneficiarias el poder iniciar los proyectos a la mayor brevedad posible para conseguir los objetivos.

 

FUNDAMENTOS DE DERECHO

 

Único.- El artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece en su apartado 1 que cuando razones de interés público lo aconsejen, se podrá acordar, de oficio o a petición del interesado, la aplicación al procedimiento de la tramitación de urgencia, por la cual se reducirán a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.

 

El apartado 2 del artículo 33 añade que no cabrá recurso alguno contra el acuerdo que declare la aplicación de la tramitación de urgencia al procedimiento, sin perjuicio del procedente contra la resolución que ponga fin al procedimiento.

 

Por todo lo expuesto, se considera que existen razones de interés público que aconsejan resolver la presente convocatoria con la mayor celeridad y eficacia, resultando motivado la aplicación de la tramitación de urgencia, por lo que

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Acordar la tramitación de urgencia en los procedimientos relativos a las convocatorias públicas de subvenciones de la Agencia para el Empleo de Madrid:

 

- Resolución de 22 de mayo de 2023 del Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones destinada a entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro para el desarrollo de itinerarios de empleabilidad en el marco de los planes de barrio en las anualidades 2023 y 2024. (BDNS 699623).

 

- Resolución de 18 de septiembre de 2023 del Gerente de la Agencia para el Empleo Madrid por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones a Federaciones y Confederaciones que desarrollen en la ciudad de Madrid proyectos de itinerarios de mejora de competencias y empleo con apoyo, dirigidos a personas con discapacidad intelectual o del desarrollo y/o personas con discapacidad mental. (BDNS 717706).

 

SEGUNDO.- En consecuencia, se reducirán a la mitad todos los plazos establecidos para los mencionados procedimientos, salvo los relativos a los recursos, no afectando este acuerdo a los plazos para la realización de las actividades ni al establecido para la justificación de las subvenciones.

 

TERCERO.- Contra la presente resolución no cabrá recurso alguno, sin perjuicio del que proceda contra la resolución que ponga fin al procedimiento.

 

CUARTO.- La presente resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Ayuntamiento de Madrid.

 

Madrid, a 17 de octubre de 2023.- El Gerente del Organismo Autónomo Agencia para el Empleo de Madrid, José Aniorte Rueda.

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