BOAM nº 8126 (04/04/2018)
Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad
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Resolución de 2 de abril de 2018 del Secretario General Técnico del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad por la que se ordena la publicación de la Resolución de 27 de marzo de 2018 del Director General de Sostenibilidad y Control Ambiental, por la que se dictan instrucciones sobre obligaciones y derechos de las concesionarias del Servicio de Estacionamiento Regulado del Contrato Integral de Movilidad en relación con el pago de la tasa a través de aplicaciones de pago por móvil.En virtud de lo establecido en el apartado 5.º, punto 11.5, del Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad (BOCM de 10 de noviembre de 2015), y a los efectos previstos en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC),
RESUELVO
Ordenar la publicación de la Resolución de 27 de marzo de 2018 del Director General de Sostenibilidad y Control Ambiental, por la que se dictan instrucciones sobre obligaciones y derechos de las concesionarias del servicio de estacionamiento regulado del contrato integral de movilidad en relación con el pago de la tasa a través de aplicaciones de pago por móvil, con el siguiente contenido:
"De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 52 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en relación con el artículo 127 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, corresponde al responsable de los contratos de gestión de servicios públicos supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada.
La Dirección General de Sostenibilidad y Control Ambiental, de conformidad con el Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, es la competente de gestionar el contrato integral del servicio público de movilidad, que comprende, entre otras prestaciones, el Servicio de Estacionamiento Regulado.
Las UTE concesionarias del Servicio de Estacionamiento Regulado tienen, entre sus obligaciones, la gestión de la recaudación de la Tasa por Estacionamiento de Vehículos en Determinadas Zonas de la Capital. De tal manera que el Pliego de Prescripciones Técnicas del Contrato Integral de Movilidad establece que los parquímetros tendrán habilitados una serie de sistemas de pago del servicio por el usuario y que cabrá la posibilidad de ampliar los anteriores sistemas de pago a través de cualquier otro medio, o dispositivo, que en el futuro la tecnología permita (artículo 2, apartado 2.1.1, letra g). Entre las tareas de gestión de las concesionarias (artículo 2, apartado 2.1.1, letra c), se encuentra la recogida de fondos, la vigilancia e inspección (los informes financieros se obtendrán del sistema de información y comunicaciones, garantizando este último la integridad y fiabilidad de los datos aportados), campaña de información al usuario y tarea de información on line de las operaciones del servicio.
Por otro lado, en relación con el pago de la Tasa por Estacionamiento a través de dispositivos móviles, el pliego señala (artículo 2, apartado 2.1.1, último párrafo de la letra g), que la aplicación que sirva de soporte deberá poder ser utilizada por el ciudadano para el pago del servicio de estacionamiento en cualquier zona de la ciudad, no exclusivamente en la zona de cada contratista y que (artículo 3, apartado 3.1.1, letra c), en el supuesto de pagos por otros medios electrónicos (por ejemplo telefonía móvil), si la operación conllevara costes adicionales, estos serán por cuenta del usuario.
En su virtud, y con la finalidad de que pueda realizarse el pago de la Tasa por Estacionamiento mediante cualquier aplicación (App) de pago por móvil, en desarrollo del Pliego de Prescripciones Técnicas del Contrato Integral de Movilidad, se dicta la presente Instrucción sobre obligaciones y derechos de las UTE concesionarias del Servicio de Estacionamiento Regulado, para permitir que cualquier empresa titular de una App de pago por móvil interesada en operar en la ciudad de Madrid para la prestación del citado servicio de pago por móvil de la Tasa del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER), pueda acceder a la Plataforma Integral de los Sistemas de Información y Comunicaciones, a los solos efectos de transmitir las operaciones efectuadas por los usuarios del Servicio de Estacionamiento Regulado a través de App, al tiempo que se salvaguarde y quede garantizado el control, por parte del Ayuntamiento de Madrid, de la gestión del servicio público de estacionamiento regulado y los principios básicos de libre competencia, igualdad de trato, confidencialidad y certeza.
Con base en lo anterior, y en uso a las atribuciones que me confieren el apartado 10º.1.3, en relación con el 13º.1.1 y 1.2, del Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad,
RESUELVO
Primero.- Aprobar la siguiente Instrucción por la que se establecen las obligaciones y los derechos de las concesionarias del Servicio de Estacionamiento Regulado del Contrato Integral de Movilidad en relación con el pago de la Tasa a través de aplicaciones de pago por móvil.
Segundo.- La Instrucción surtirá efectos a partir del día siguiente a la firma de la presente resolución, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".
Madrid, a 2 de abril de 2018.- El Secretario General Técnico del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, José María Vicent García.