BOAM nº 7604 (23/02/2016)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid
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Acuerdo de 22 de febrero de 2016 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueban las directrices para el desarrollo de los presupuestos participativos a través de la web de Gobierno Abierto.El Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Madrid de 31 de mayo de 2004, en el Título II, Capítulo VI, regula el derecho a la audiencia pública.
En particular el artículo 27 de dicho Reglamento Orgánico configura el derecho de audiencia pública, como un espacio de participación para la presentación pública por parte del Ayuntamiento, y posterior debate entre este y la ciudadanía, sobre cuestiones especialmente significativas de la acción municipal, así como un mecanismo para la formulación de propuestas por parte de la ciudadanía.
Atendiendo a la regulación básica establecida en el Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Madrid, el 3 de diciembre de 2015 se aprobó por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid las directrices para el desarrollo de las audiencias públicas que se realicen a través de la web de gobierno abierto. Estas directrices tenían por objeto regular las audiencias públicas convocadas de oficio por las autoridades municipales para la realización de actuaciones concretas de especial trascendencia, por tratarse de cuestiones especialmente significativas de la acción municipal.
Las nuevas directrices a las que se refiere la presente propuesta de Acuerdo, no sólo están amparadas en el procedimiento de audiencia pública, regulado en el artículo 27 del Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Madrid, sino que también concretan aspectos procedimentales y técnicos de aplicación a la elaboración de presupuestos participativos que permiten a la ciudadanía decidir las prioridades de inversión de una parte de los presupuestos, con carácter previo y potestativo a la elaboración del proyecto de Presupuestos Generales del Ayuntamiento de Madrid.
A la presente propuesta de aprobación de las directrices para el desarrollo de los presupuestos participativos le son de aplicación los puntos 1.1, 1.2 y 1.3 de las directrices para el desarrollo de las audiencias públicas a través de la web de gobierno abierto, y concreta un procedimiento que consta de dos fases.
En una primera fase, las personas físicas empadronadas en el municipio de Madrid podrán debatir sobre el destino de los fondos públicos y hacer propuestas de inversión de carácter general para toda la ciudad o restringidas a un distrito durante un plazo máximo de 2 meses, estando prevista la posibilidad que si el número de propuestas recibidas es elevada se realice durante 15 días naturales, una preselección de éstas en la que podrán participar las personas físicas mayores de 16 años empadronadas en el municipio de Madrid.
En una segunda fase, se elaborará por la Dirección General de Participación Ciudadana los presupuestos estimativos de las propuestas recibidas, así como se recabarán los informes de viabilidad y legalidad oportunos que podrán ser consultados por la ciudadanía a través de la web de Gobierno Abierto. Tras ello durante un plazo máximo de dos meses se podrá manifestar el apoyo a las propuestas presentadas o preseleccionadas, en su caso, por las personas físicas mayores de 16 años empadronadas en el municipio de Madrid.
Finalmente las propuestas de inversión seleccionadas se integrarán en el proyecto inicial de Presupuestos Generales del Ayuntamiento de Madrid.
En todo momento el proceso estará integrado en la web de Gobierno Abierto, pudiendo ser consultadas tanto las propuestas de inversión, como los informes de viabilidad y legalidad que garanticen la transparencia del proceso participativo.
Entre las atribuciones de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 b) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, le corresponde la adopción de directrices vinculantes para todos los órganos ejecutivos y organismos del Ayuntamiento de Madrid.
En su virtud, a propuesta del Delegado del Área de Gobierno Participación Ciudadana, Transparencia y Gobierno Abierto, previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid en su reunión de 22 de febrero de 2016,
ACUERDA
PRIMERO.- Adoptar las directrices para el desarrollo de los presupuestos participativos a través de la web de gobierno abierto, que se incorporan como Anexo al presente Acuerdo.
SEGUNDO.- Se habilita al titular del área competente en materia de participación ciudadana, para dictar las instrucciones necesarias para llevar a efecto este Acuerdo.
TERCERO.- Se faculta al Gerente de la Ciudad para resolver las dudas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación del presente Acuerdo.
CUARTO.- Este Acuerdo surtirá efectos desde el día de su aprobación, sin perjuicio de su publicación en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".
Madrid, a 22 de febrero de 2016.- La Secretaria de la Junta de Gobierno, Rita Maestre Fernández.