BOAM nº 7532 (04/11/2015)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid
1998
Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid en relación con la Línea H1 “Sierra de Guadalupe–Hospital Infanta Leonor” del servicio público de transporte urbano de viajeros en autobús en el municipio de Madrid.De conformidad con lo previsto en la Ley 5/1985, de 16 de mayo, de creación del Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid (CRTM), es competencia del CRTM la elaboración y aprobación de un marco tarifario común que defina los ingresos tarifarios a percibir de los usuarios respecto del transporte público regular urbano de viajeros de aquellos ayuntamientos que se hubieran adherido voluntariamente mediante acuerdo plenario.
El Ayuntamiento de Madrid se adhirió al CRTM en los términos previstos en la citada Ley 5/1985, mediante Acuerdo del Pleno de 24 de julio de 1985. Las relaciones entre ambas entidades se estipulan actualmente en el Convenio Regulador de las Condiciones de Adhesión del Ayuntamiento de Madrid al Consorcio Regional de Transportes de la Comunidad de Madrid, aprobado por el Pleno el 20 de diciembre de 2013.
Por su parte, las relaciones entre el CRTM y la Empresa Municipal de Transportes de Madrid, S.A. (EMT), que presta en régimen exclusivo de gestión directa el servicio de transporte público urbano de viajeros por superficie en el municipio de Madrid, se rigen por lo previsto en el Convenio específico entre el CRTM y la EMT para el período 2013-2015, suscrito el 15 de abril de 2014, en el que, entre otras cuestiones, se estipula el marco tarifario y los títulos de transporte válidos en EMT, que serán los que en cada momento determine el CRTM.
Habiendo resultado infructuosos los intentos realizados por este Ayuntamiento y la EMT para convenir con el CRTM el establecimiento de una tarifa especial gratuita en la Línea H1 "Sierra de Guadalupe-Hospital Infanta Leonor", y al no existir ninguna línea regular de transporte urbano que desplace a los vecinos de los distritos de Villa de Vallecas y Puente de Vallecas al hospital de referencia, el gobierno del Ayuntamiento de Madrid pretende asumir la financiación del coste que el servicio de dicha línea regular suponga para el usuario, siempre que este no sea titular de un Abono Transporte o Tarjeta de Transporte Público sin contacto, en cualquiera de sus modalidades, de tarjetas de EMT de empleados, jubilados y familiares o de la Tarjeta Azul.
La puesta en marcha de estos mecanismos se llevará a cabo a través del convenio o instrumento jurídico que resulte pertinente, entre el Ayuntamiento de Madrid y la EMT, por el que se asuma la obligación de financiación municipal y las medidas a aplicar por la EMT en los términos de las presentes directrices. Corresponde a la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 b) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, la adopción de directrices vinculantes para todos los órganos ejecutivos, organismos y empresas del Ayuntamiento de Madrid.
En su virtud, a propuesta de la Delegada del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 29 de octubre de 2015,
ACUERDA
Primero.- Iniciar el proceso para facilitar el transporte a los usuarios de la Línea H1 "Sierra de Guadalupe-Hospital Infanta Leonor" gestionada por la Empresa Municipal de Transportes de Madrid, S.A.
Segundo.- Se habilita al titular del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad para dictar las instrucciones necesarias para llevar a efecto este Acuerdo, así como para resolver las dudas que pudieran surgir en su interpretación y aplicación.
Tercero.- Este Acuerdo surtirá efectos desde el día de su aprobación, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Madrid, a 29 de octubre de 2015.- La Secretaria de la Junta de Gobierno, Rita Maestre Fernández.