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BOAM nº 7594 (09/02/2016)
Agencia para el Empleo de Madrid

265

Resolución de 3 de febrero de 2016 de la Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid por la que se aprueban las bases generales para el acceso de participantes a los Talleres de Formación y Empleo (TFYEs) de la Agencia para el Empleo de Madrid.

La Agencia para el Empleo de Madrid tiene como finalidad, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de sus Estatutos (BOCM núm. 154/2004, de 30 de junio), la gestión de las políticas municipales de empleo, mediante la intermediación laboral, la orientación y formación de las personas desempleadas, y el fomento del empleo estable y de calidad.

 

Para llevar a cabo estos fines, atendiendo tanto a las directrices europeas como a las nacionales, una herramienta fundamental es la formación, que permite el pleno desarrollo de la capacidad profesional, constituye un eje fundamental y un garante de éxito de los itinerarios personalizados de inserción laboral. Por dicha razón la Agencia para el Empleo de Madrid, autorizada como Agencia de Colocación, desarrolla una extensa y variada programación de acciones formativas dirigidas a las personas desempleadas madrileñas.

 

Dentro de las diferentes herramientas que la AE Madrid utiliza para llevar a cabo esa formación para el empleo, los Talleres de Formación y Empleo (TFYEs) resultan un instrumento óptimo para mejorar las competencias de las personas que pertenecen a colectivos con dificultades de integración social, ya que a través de los TFYEs, la propia Agencia para el Empleo de Madrid contrata a los/las participantes para la realización de obras o servicios de interés social, resultando un instrumento muy útil al compatibilizar una formación que les capacita para la realización del trabajo con la adquisición de experiencia laboral, de manera que el trabajo realizado repercute en beneficio de la propia ciudad de Madrid.

 

De conformidad con las consideraciones vertidas y en virtud de lo establecido en los artículos 15.1 b) y n) de los Estatutos de la Agencia para el Empleo de Madrid (BOCM n.º 154/2004, de 30 de junio),

 

RESUELVO

 

PRIMERO: Aprobar las bases generales para el acceso de participantes a los Talleres de Formación y Empleo (TFYEs) de la Agencia para el Empleo de Madrid.

 

SEGUNDO: Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Madrid, a 3 de febrero de 2016.- La Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid, Belén García Díaz.

 

BASES GENERALES PARA EL ACCESO DE PARTICIPANTES A LOS TALLERES DE FORMACIÓN Y EMPLEO (TFYEs) DE LA AGENCIA PARA EL EMPLEO DE MADRID.

 

La Agencia para el Empleo de Madrid tiene como finalidad, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de sus Estatutos (BOCM núm. 154/2004, de 30 de junio), la gestión de las políticas municipales de empleo, mediante la intermediación laboral, la orientación y formación de las personas desempleadas, y el fomento del empleo estable y de calidad.

 

Para llevar a cabo estos fines, atendiendo tanto a las directrices europeas como a las nacionales, una herramienta fundamental es la formación, que permite el pleno desarrollo de la capacidad profesional, constituye un eje fundamental y un garante de éxito de los itinerarios personalizados de inserción laboral. Por dicha razón la Agencia para el Empleo de Madrid, autorizada como Agencia de Colocación, desarrolla una extensa y variada programación de acciones formativas dirigidas a las personas desempleadas madrileñas.

 

Dentro de las diferentes herramientas que la AE Madrid utiliza para llevar a cabo esa formación para el empleo, los Talleres de Formación y Empleo (TFYEs) resultan un instrumento óptimo para mejorar las competencias de las personas que pertenecen a colectivos con dificultades de integración social, ya que a través de los TFYEs, la propia Agencia para el Empleo de Madrid contrata a los/las participantes para la realización de obras o servicios de interés social, resultando un instrumento muy útil al compatibilizar una formación que les capacita para la realización del trabajo con la adquisición de experiencia laboral, de manera que el trabajo realizado repercute en beneficio de la propia ciudad de Madrid.

 

A la vista de lo expuesto y en virtud de lo establecido en los artículos 15.1 b) y n) de los Estatutos de la Agencia para el Empleo de Madrid, corresponde a la Gerencia de la Agencia para el Empleo de Madrid la aprobación de las presentes bases generales para el acceso a los Talleres de Formación y Empleo de la Agencia para el Empleo de Madrid.

 

Artículo 1.- Objeto.

 

El objeto de las presentes bases es el establecimiento de los requisitos de acceso, con carácter general, de los participantes en los Talleres de Formación y Empleo (TFYE) desarrollados por la Agencia para el Empleo de Madrid, dentro de su programación municipal.

 

Estas bases generales también serán de aplicación a aquellos Talleres de Formación y Empleo que no tengan establecido un procedimiento específico de selección.

 

Artículo 2.- Contenido y justificación.

 

Para la puesta en marcha de cada Taller de Formación y Empleo se elaborará un informe justificativo de la conveniencia del mismo, incluyendo, entre otra información, su objetivo, número de plazas, duración, proceso de selección, sistema de evaluación, presupuesto, contenido, requisitos específicos de los/las participantes, lugar y fechas previstas de realización. Este informe justificativo deberá ser aprobado, con carácter previo, por la Gerencia de la Agencia para el Empleo de Madrid.

 

Artículo 3 .- Requisitos.

 

Los/as aspirantes a participar en un Taller de Formación y Empleo deberán cumplir los requisitos que a continuación se relacionan, tanto en el momento de finalización del plazo de admisión de solicitudes, como al inicio de los mismos:

 

· Estar inscrito/a en una oficina de empleo del municipio de Madrid como demandante de empleo.

· Estar empadronado/a en el municipio de Madrid.

· No haber participado en un programa de formación y empleo de la Agencia para el Empleo de Madrid en los últimos tres años.

· Ser usuario o estar en algún proceso o programa de intervención social en los Servicios Municipales.

 

Los citados requisitos deberán cumplirse en el momento de la inscripción.

 

Cada convocatoria de TFYE podrá establecer requisitos específicos de acceso en función de sus características y finalidad, tales como experiencia o titulación académica, situación socio-familiar, edad, o cualquier otro aspecto acorde con el contenido del referido taller que deberán ser recogidos en el Informe justificativo.

 

Igualmente cada convocatoria podrá eximir del cumplimiento de algún requisito a aquellas personas en que concurran circunstancias especiales o que se encuentren en situación o riesgo de exclusión social y que deberá ser acreditado a través de un informe de los profesionales de referencia de los servicios sociales o de la Agencia para el Empleo de Madrid.

 

Artículo 4.- Publicidad.

 

La convocatoria de cada taller de formación y empleo será publicitada a través de la web municipal (www.madrid.es), así como en cualquier medio (cuñas publicitarias, anuncios...) que resulte conveniente para una mayor difusión de la misma.

 

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