BOAM nº 6315 (22/11/2010)
Agencia de Gestión de Licencias de Actividades
2239
Resolución de 17 de noviembre de 2010 del Gerente del Organismo Autónomo Agencia de Gestión de Licencias de Actividades por la que se procede a declarar la calificación de apto o no apto en la prueba teórico-práctica dirigida al personal técnico de nuevo ingreso de las entidades colaboradoras, convocada por Resolución de 7 de septiembre de 2010.Mediante Resolución de 7 de septiembre de 2010 del Gerente del Organismo Autónomo Agencia de Gestión de Licencias de Actividades se convocó, para su celebración el 7 de octubre de 2010, una prueba teórico-práctica dirigida al personal técnico de nuevo ingreso de las entidades colaboradoras, en relación con sus funciones de verificación y control en la primera fase del sistema de gestión de licencias de actividades.
De conformidad con lo establecido en el apartado 4.2 de la citada resolución, la calificación de la prueba teórico-práctica será de apto o no apto.
Debidamente acreditada por una de las aspirantes la imposibilidad física de concurrir a la prueba teórico-práctica el día señalado, se acordó posponer su realización al día 11 de noviembre de 2010.
Con base en lo anterior,
RESUELVO
Primero.- Declarar la calificación de no apto para la siguiente participante:
NOMBRE Y APELLIDOS:
Martínez Casado, Marta.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el Gerente del Organismo Autónomo Agencia de Gestión de Licencias de Actividades, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien directamente, de conformidad con el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, a 17 de noviembre de 2010.- El Gerente del Organismo Autónomo Agencia de Gestión de Licencias de Actividades, Jesús Mora de la Cruz.