BOAM nº 6067 (20/11/2009)
Distrito de Moratalaz
2240
Resolución de 18 de noviembre de 2009 del Gerente del Distrito de Moratalaz por la que se impone una sanción a don Santiago Cristóbal Velayo Consuegra, expediente número 115/2009/2993.Intentada sin efecto la notificación al interesado y, de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común se procede a la notificación por medio del presente anuncio.
Denunciado: Santiago Cristóbal Velayo Consuegra.
Lugar de los hechos: Calle Camino de los Vinateros, 89, 28030 Madrid.
Hechos denunciados: Ocasionar molestias a los vecinos con música a gran volumen.
Norma infringida: Artículo 51 de la Ordenanza Municipal de Policía Urbana y Gobierno de la Villa de Madrid.
Calificación y artículo de la sanción: Leve, artículo 689 de la citada Ordenanza.
Sanción prevista: 100,00 euros.
Sanción propuesta: 100,00 euros.
Fecha y hora de la denuncia: 27 de abril de 2009, a las cero horas y veinticinco minutos.
Contra esta resolución podrá interponer los siguientes recursos:
1. Recurso potestativo de reposición, ante el Gerente de este distrito municipal, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con la siguiente normativa:
- Con carácter general: Artículos 107 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC).
- En especial, para actos sobre aplicación y efectividad de los tributos locales y restantes ingresos de derecho público: Disposición Adicional Quinta LRJPAC, artículo 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local (LRBRL) y artículo 14 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales.
2. Directamente, recurso contencioso-administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
3. Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 58 de la LRJPAC).
Madrid, a 18 de noviembre de 2009.- El Gerente del Distrito de Moratalaz, Ángel Herraiz Lersundi.