BOAM nº 9912 (02/07/2025)
Distrito de Carabanchel
2651
Decreto de 27 de junio de 2025 del Concejal Presidente del Distrito de Carabanchel por el que se ordena la publicación del listado de solicitudes concedidas, denegadas, desistidas y, en su caso, no admitidas a trámite del proceso de autorización de las actuaciones de los músicos de calle en el espacio público del Distrito de Carabanchel para el año 2025.Vistas las actuaciones que conforman el presente expediente, se somete a la aprobación del Concejal Presidente de este Distrito, órgano competente para resolver en el presente expediente, en virtud de las atribuciones conferidas por Acuerdo de 29 junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias de los Distritos (BOAM núm. 9.421, de 7 de julio de 2023), el siguiente
DECRETO
PRIMERO.- Ordenar la publicación del listado de solicitantes autorizados para las actuaciones musicales en el espacio público del Distrito de Carabanchel desde el 1 de julio al 31 de diciembre de 2025, de conformidad con lo previsto en la Instrucción 1/2025, de 27 de febrero de 2025, relativa a los criterios para la autorización de actuaciones de los "músicos de calle" en el espacio público del Distrito de Carabanchel.
- Alan Richard Lewine, Área Marqués de Vadillo.
De lunes a domingo, entre las 12:00 y las 14:00 horas, máximo 1 hora.
- Alan Richard Lewine, Área Camino de la Laguna.
De lunes a domingo, entre las 18:00 y las 20:00 horas, máximo 1 hora.
- Ana María Díaz Gómez, Área Marqués de Vadillo.
De lunes a domingo, entre las 12:00 y las 14:00 horas, máximo 1 hora.
- Ana María Díaz Gómez, Área Camino de la Laguna.
De lunes a domingo, entre las 18:00 y las 20:00 horas, máximo 1 hora.
La autorización es exclusivamente para interpretaciones musicales en el espacio público, quedando excluidas cualquier otra forma expresión artística (teatro, danza, performance, poesía, mimo…). Será personal e intransferible y no podrá ser objeto de cesión o transmisión y deberá tenerse expuesta en lugar visible durante las actuaciones musicales.
SEGUNDO.- Medidas de prevención generales.
La persona interprete garantizará en todo momento el cumplimiento de la legislación vigente en relación con las medidas de prevención que se dicten por las autoridades competentes en materia sanitaria y/o similares.
TERCERO.- Deberá ajustarse a la Instrucción 1/2025, de 27 de febrero, relativa a los criterios de actuación para la autorización de actuaciones musicales en el espacio público del Distrito de Carabanchel, en todo lo que no contradiga a las medidas de prevención generales, a las condiciones establecidas en la resolución del Director General de Sostenibilidad y Control Ambiental, del Área de Medio Ambiente y Movilidad.
Las actuaciones respetarán los límites sonoros establecidos en el art. 15 de la Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica (OPCAT).
El incumplimiento de lo anterior dará lugar a la inmediata suspensión de la interpretación musical por parte de la Policía Municipal, conforme a lo determinado en el artículo 8 de la Instrucción 1/2025.
Para el ejercicio de la actividad será necesario que cada intérprete, ya sea solista o pertenezca a un grupo musical, disponga de autorización individual.
CUARTO.- Ordenar la publicación del listado de solicitudes denegadas, no admitidas o desistidas para las actuaciones musicales en el espacio público del Distrito de Carabanchel del periodo comprendido entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2025, de conformidad con lo previsto en la Instrucción 1/2025, de 27 de febrero de 2025, relativa a los criterios para la autorización de actuaciones de los "músicos de calle" en el espacio público del Distrito de Carabanchel.
- Cristina Pedraza Sánchez-Pacheco. Incumplimiento del requisito del número máximo de miembros del grupo musical, recogido en la instrucción 1/2025 de 27 de febrero.
- Eliecer Morales. Incumplimiento del requisito de que las interpretaciones sólo se podrán realizar en formato acústico, sin amplificación, reproducción ni percusión de ningún tipo, recogido en la instrucción 1/2025 de 27 de febrero.
- Joaquín Silva Oliva. No aporta la documentación requerida.
Madrid, a 27 de junio de 2025.- El Concejal Presidente del Distrito de Carabanchel, Carlos Izquierdo Torres.