BOAM nº 8657 (09/06/2020)
Área de Gobierno de Hacienda y Personal
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Decreto de 1 de junio de 2020 de la Delegada del Área de Gobierno de Hacienda y Personal por el que se levanta la suspensión de actuaciones que impliquen concurrencia de candidatos a la realización de pruebas selectivas y se autoriza la reanudación de actividades formativas presenciales.Con fecha de 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró el brote de SARS-CoV 2 como pandemia, elevando a dicha categoría la situación actual desde la previa declaración de Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional.
Desde ese momento, mediante Decretos de 11 de marzo de 2020 de la Delegada del Área de Gobierno de Hacienda y Personal y de 12 de marzo del Alcalde, se adoptaron un conjunto de medidas organizativas y preventivas en los centros de trabajo y se determinaron los servicios del Ayuntamiento de Madrid, sus Organismos Autónomos y Empresas Públicas. Ambos fueron prorrogados mediante idénticos instrumentos de fecha 25 de marzo de 2020.
Con fecha 7 de mayo de 2020 se dicta Decreto del Alcalde por el que se determinan los criterios generales de aplicación para la reincorporación escalonada del personal a la actividad habitual, con el objetivo de garantizar la eficiente prestación de los servicios en nuestro ámbito, garantizando la seguridad y salud del personal del Ayuntamiento de Madrid mediante la aplicación de las medidas preventivas que correspondan en cada caso.
Con la finalidad de establecer unas pautas generales que garanticen la aplicación homogénea de los criterios establecidos en el citado decreto, con fecha 13 de mayo, las Coordinaciones Generales de Presupuestos y Recursos Humanos y de Seguridad y Emergencias, han dictado unas Indicaciones de aplicación en el proceso de reincorporación del personal del Ayuntamiento de Madrid, sus Organismos Autónomos y Empresas Públicas al desarrollo de su actividad habitual.
El Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, dispone en su artículo 9 que "Con efectos desde el 1 de junio de 2020, el cómputo de los plazos administrativos que hubieran sido suspendidos se reanudará, o se reiniciará, si así se hubiera previsto en una norma con rango de ley aprobada durante la vigencia del estado de alarma y sus prórrogas".
Lo hasta aquí expuesto, permite y exige la continuación de todas las actuaciones que integran el desarrollo de un proceso selectivo, entre ellas, la realización de los ejercicios de procesos selectivos que impliquen la concurrencia de candidatos, garantizando la seguridad y salud de los intervinientes.
Asimismo, y sin perjuicio de continuar impulsando de manera preferente la formación virtual, procede autorizar la reanudación de la actividad formativa presencial de conformidad con la programación que establezca la Escuela de Formación del Ayuntamiento de Madrid.
En virtud de la competencia prevista en el apartado 3º, punto 2.10 del Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Hacienda y Personal y en base a la propuesta del Director General de Planificación de Recursos Humanos,
DISPONGO
PRIMERO.- Levantar la suspensión a la realización de los ejercicios de procesos selectivos programados, así como a las actuaciones que impliquen concurrencia de candidatos a la realización de pruebas.
SEGUNDO.- Se mantiene el desarrollo ordinario de los procesos selectivos en curso. Los nuevos procesos selectivos se iniciarán conforme a la programación prevista en el Decreto de 21 de mayo de 2020 de la Delegada del Área de Gobierno de Hacienda y Personal por el que se aprueba la previsión de convocatorias de procesos selectivos para el año 2020.
TERCERO.- Sin perjuicio del carácter preferente de los programas de formación virtual, se autoriza la reanudación de actividades formativas presenciales, de acuerdo con la programación que establezca la Escuela de Formación del Ayuntamiento de Madrid.
CUARTO.- El presente decreto surtirá efectos desde el día de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Madrid, a 1 de junio de 2020.- La Delegada del Área de Gobierno de Hacienda y Personal, Engracia Hidalgo Tena.