BOAM nº 6960 (12/07/2013)
Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública
1435
Decreto de 12 de junio de 2013 de la Delegada del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública por el que se aprueban las bases específicas que regirán la convocatoria de pruebas selectivas para proveer plazas de Ayudante de Protocolo del Ayuntamiento de Madrid en ejecución del proceso extraordinario de consolidación de empleo temporal de personal funcionario y se convocan plazas de dicha categoría.Por la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos se ha formulado propuesta de aprobación de las bases específicas que regirán la convocatoria del proceso selectivo extraordinario de consolidación de empleo temporal para el acceso a la categoría de Ayudante de Protocolo del Ayuntamiento de Madrid y de convocatoria de 1 plaza de la mencionada categoría.
De conformidad con el artículo 37.1.c) de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, las bases que han de regir el proceso selectivo para el acceso a esta categoría fueron incluidas en el Orden del Día de la reunión de la Mesa General de Negociación de Personal Funcionario de fecha 30 de enero de 2012 y en la de 8 de junio de 2012.
Corresponde al titular del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública la competencia para convocar y aprobar las bases de selección de personal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.3.2.i) del Acuerdo de 17 de enero de 2013 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública y se delegan competencias en su titular y en los titulares de sus órganos directivos.
En consecuencia, en uso de las competencias delegadas en el artículo 3.3.2.i) del mencionado acuerdo de la Junta de Gobierno de 17 de enero de 2013,
DISPONGO
Primero.- Aprobar las bases específicas que regirán la convocatoria del proceso selectivo extraordinario de consolidación de empleo temporal de personal funcionario para el acceso a la categoría de Ayudante de Protocolo del Ayuntamiento de Madrid encuadrada en la escala de Administración Especial, subescala Técnica, clase media, categoría Ayudante de Protocolo, Grupo A, Subgrupo A2 de los establecidos en el artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público en relación con la Disposición Transitoria Tercera de dicha Ley. Dichas bases figuran como Anexo al presente Decreto.
Segundo.- Convocar, en ejecución del proceso extraordinario de consolidación de empleo temporal de personal funcionario pruebas selectivas para proveer 1 plaza de la categoría de Ayudante de Protocolo del Ayuntamiento de Madrid.
Tercero.- El importe de la tasa por derechos de examen es de 19,35 euros, según lo previsto en el apartado 5.2 de las bases generales por las que se rigen los procesos que convoque el Ayuntamiento de Madrid en ejecución del proceso extraordinario de consolidación de empleo temporal de personal funcionario, aprobadas por Decreto del Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública, de 1 de septiembre de 2011 (BOAM nº 6.506, de 6 de septiembre de 2011).
Cuarto.- El orden en que habrán de actuar los aspirantes en los ejercicios que no se puedan realizar conjuntamente se iniciará alfabéticamente dando comienzo el opositor cuyo primer apellido comience con la letra A de conformidad con el sorteo realizado por la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas el día 6 de febrero de 2013 (BOE nº 37, de 12 de febrero de 2013).
Quinto.- El plazo de admisión de instancias solicitando tomar parte en las pruebas selectivas será de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Sexto.- Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:
I.- Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el presente Decreto, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación del mismo en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).
Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se dicte y notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo, pudiendo en este caso interponer contra la desestimación presunta recurso contencioso administrativo dentro del plazo de seis meses.
II.- Recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación del presente Decreto.
En ambos casos, el recurso contencioso administrativo se interpondrá ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquél (artículos 8.1 y 14.1.2ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
III.- Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime procedente (artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).
Madrid, a 12 de junio de 2013.- La Delegada del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública, Concepción Dancausa Treviño.
ANEXO
BASES ESPECÍFICAS POR LAS QUE SE REGIRÁ LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS SELECTIVAS PARA PROVEER PLAZAS DE AYUDANTE DE PROTOCOLO DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID EN EJECUCIÓN DEL PROCESO EXTRAORDINARIO DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL PREVISTO EN LA DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA DEL ACUERDO CONVENIO SOBRE LAS CONDICIONES DE TRABAJO COMUNES PARA EL PERSONAL FUNCIONARIO Y LABORAL DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS PARA EL PERÍODO 2012-2015.
Primera.
Ámbito de aplicación.
La realización de las pruebas selectivas convocadas para proveer plazas de Ayudante de Protocolo se ajustará a lo establecido en las Bases Generales que rigen los procesos de selección del personal funcionario del Ayuntamiento de Madrid en ejecución del proceso extraordinario de consolidación de empleo temporal regulado en el Acuerdo-Convenio sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos para el período 2008-2011, aprobadas por Decreto del Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública de fecha 1 de septiembre de 2011 (BOAM nº 6.506, de 6 de septiembre de 2011), así como a lo prevenido en las presentes bases específicas.
Segunda.
Características de las plazas.
Las plazas convocadas corresponden al Grupo A Subgrupo A2 de los establecidos en el artículo 76 de la ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, en relación con la Disposición Transitoria Tercera de dicha Ley y están encuadradas en la escala de Administración Especial, subescala Técnica, clase media, categoría Ayudante de Protocolo de la plantilla del Ayuntamiento de Madrid.
Tercera.
Requisitos de los aspirantes.
Los aspirantes, además de reunir los requisitos exigidos en el apartado 4.1 de las bases generales aprobadas por Decreto del Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública de fecha 1 de septiembre de 2011 (BOAM nº 6.506, de 6 de septiembre de 2011), deberán reunir los siguientes: