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BOAM nº 7884 (10/04/2017)
Agencia Tributaria Madrid

801

Resolución de 4 de abril de 2017 del Director del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid por la que se rectifica error material advertido en la de 2 de febrero de 2017, por la que se convoca Concurso Específico de Méritos FE-AT 1/2017 para la provisión de puestos de trabajo.

Advertido error material en el Anexo I de la resolución de 2 de febrero de 2017 del Director del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, por la que se convoca Concurso Específico de Méritos FE-AT 1/2017 para la provisión de seis puestos de trabajo, publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid número 7.841, de 7 de febrero de 2107, y en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 15.1.l) de los Estatutos del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid,

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Rectificar el error material advertido en el Anexo I "Listado de Puestos de Trabajo Concurso Específico de Méritos FE-AT 1/2017", en el puesto número 30189626, con denominación de Adjunto/a Sección, convocado con número de orden 4, en el sentido siguiente:

En la columna correspondiente a "Méritos específicos", en la puntuación asignada a los cinco méritos que se valoran, donde dice "2,5 puntos", debe decir "2 puntos".

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el Director del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien directamente, de conformidad con en el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Madrid, a 4 de abril de 2017.- El Director del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, José Antonio Díaz de Cerio Villamayor.

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