BOAM nº 7983 (04/09/2017)
Gerencia de la Ciudad
1865
Resolución de 28 de agosto de 2017 de la Gerente de la Ciudad de Madrid por la que se modifica el Decreto de 18 de julio de 2014 de la Delegada del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública por el que se aprueba un programa especial de productividad para la Presidencia del Pleno.La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, mediante Acuerdo de fecha 22 de julio de 2010, determina la hora de cierre de las dependencias administrativas, adopta medidas de adaptación de la jornada de trabajo y modifica el Acuerdo de 30 de diciembre de 2004, por el que se establece la regulación del complemento de productividad para el personal al servicio del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos. En el mismo se recoge la posibilidad de establecer, con carácter excepcional, regímenes especiales de productividad, debidamente justificados.
El Secretario General del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, con el visto bueno del Tercer Teniente de Alcalde, propone la modificación del Decreto de 18 de julio de 2014 de la Delegada del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública por el que se aprueba un Programa Especial de Productividad para la Presidencia del Pleno.
La propuesta tiene su justificación en la necesidad de aumentar el número de empleados de las Categorías de Oficiales de Edificios y Dependencias y de Personal de Oficios de Servicios Internos, para garantizar la asistencia necesaria y la prestación de servicios de atención al Pleno y sus Comisiones, en los periodos previos a sus sesiones, durante estas e inmediatamente después, cuando el cumplimiento de los citados servicios requieran la presencia de los empleados municipales fuera de la jornada ordinaria de trabajo. Máxime considerando que, desde la constitución de la actual Corporación Municipal, el 13 de junio de 2015, la actividad del Pleno y sus Comisiones ha experimentado un notable incremento tanto en el número de sesiones ordinarias y extraordinarias como en el tiempo de duración de las mismas.
Se propone la modificación del Programa Especial de Productividad para la Presidencia del Pleno, de manera que la percepción del mismo para los empleados de escalas de administración especial tenga el carácter de compatible, además de con el Régimen Especial de Productividad para el personal del servicio de asistencia protocolaria y montajes de actos públicos, aprobado por Decreto del Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública de 19 de mayo de 2011, con el Régimen Especial de Productividad para la Oficina de la Presidencia del Pleno, aprobado mediante Decreto del Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública de 30 de noviembre de 2011. Esta compatibilidad se fundamenta en que no hay interferencia en los horarios de desarrollo de ambos regímenes especiales de productividad, ni tampoco identidad en las funciones a realizar.
En base a lo expuesto, una vez fiscalizado favorablemente por la Intervención General, y en ejercicio de las competencias que me han sido delegadas por el artículo 3.2.6 apartados d) y k) del Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias de la Gerencia de la Ciudad (BOCM de 10 de noviembre de 2015),
RESUELVO
"ÚNICO: Aprobar la modificación, a propuesta del Secretario General del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, con la conformidad del Tercer Teniente de Alcalde, del Programa Especial de Productividad para la Presidencia del Pleno, aprobado por Decreto de 18 de julio de 2014 de la Delegada del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública, incorporando al Acuerdo el siguiente párrafo final:
La percepción de este complemento de productividad tiene carácter incompatible con la productividad general establecida en el punto tercero del Acuerdo de Junta de Gobierno de 22 de julio de 2010, así como con cualquier otro tipo de productividad establecida con carácter excepcional conforme al punto séptimo del citado Acuerdo. No obstante, será compatible con el Régimen Especial de Productividad para el personal del servicio de asistencia protocolaria y montaje de actos públicos, aprobado por Decreto del Delegado de Hacienda y Administración Pública, del 19 de mayo de 2011, y con el Régimen Especial de Productividad para la Oficina de la Presidencia del Pleno, aprobado mediante Decreto del Delgado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública de 30 de noviembre de 2011".
Madrid, a 28 de agosto de 2017.- La Gerente de la Ciudad de Madrid, P.S., Decreto de 20 de julio de 2017 de la Alcaldesa, la Secretaría General Técnica de la Gerencia de la Ciudad, Estrella Fernández Díez.