BOAM nº 5928 (05/05/2009)
Área de Gobierno de Familia y Servicios Sociales
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Decreto de 30 de marzo de 2009 de la Delegada del Área de Gobierno de Familia y Servicios Sociales por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para proyectos de codesarrollo, en el marco del Programa de Cooperación al Desarrollo para el ejercicio 2009.El Decreto del Alcalde de 16 de junio de 2007, por el que se establece el número, denominación y competencias de las Áreas en las que se estructura la administración del Ayuntamiento de Madrid determina que las actuaciones de Cooperación al Desarrollo serán ejercidas por el Área de Gobierno de Familia y Servicios Sociales.
La finalidad de esta convocatoria para el Ayuntamiento de Madrid, es contribuir de forma fehaciente a potenciar el desarrollo humano de las comunidades de origen de la población migrante, y a favorecer nuevas relaciones de éstas con la sociedad de acogida, mediante la participación activa de la propia población migrante en dichas acciones.
Por otra parte, el codesarrollo es un objetivo prioritario de la Dirección General de Inmigración y Cooperación al Desarrollo. La Ordenanza de las Bases Reguladoras de concesión de Subvenciones de Cooperación al Desarrollo en el Ayuntamiento de Madrid, aprobada por Acuerdo del Pleno de 24 de julio de 2008 y publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid nº 178, el día 28 de julio de 2008, mejora los mecanismos para fortalecer la línea de codesarrollo y establece las prioridades geográficas y sectoriales, y sus objetivos estratégicos. Además los Planes Estratégicos de Actuación de los países prioritarios, definen con mayor precisión el marco de actuación y los objetivos concretos para cada uno de ellos.
La convocatoria de subvenciones para proyectos de codesarrollo es distinta, pero complementaria, tanto de la convocatoria general de cooperación para el desarrollo, como de la convocatoria de subvenciones destinadas a la integración de los inmigrantes.
La presente convocatoria apoya el desarrollo en los países de origen de los inmigrantes en Madrid, a partir de su propio potencial de desarrollo. En este sentido, esta convocatoria quiere destacar el papel relevante que deben tener los inmigrantes y sus asociaciones en los proyectos de codesarrollo.
El Ayuntamiento de Madrid busca, además, la complementariedad y la coordinación con las actuaciones de otras Administraciones Públicas, en el marco de la Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo y las directrices del Plan Director de la Cooperación Española vigente en este periodo, y dentro de un criterio de racionalidad en cuanto a las estructuras administrativas de la organización territorial del estado.
En el marco delimitado por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS), el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones (en adelante RLGS) y el capítulo VI Subvenciones de las Bases de Ejecución del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid para el ejercicio 2009, así como de la Ordenanza de las Bases Reguladoras de Concesión de Subvenciones de Cooperación al Desarrollo, y en virtud de lo establecido en el Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de 18 de junio de 2007, por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Familia y Servicios Sociales y se delegan competencias en su titular y en los titulares de los órganos directivos, se procede a aprobar la convocatoria pública de subvenciones para proyectos de codesarrollo 2009, con arreglo a las siguientes especificaciones:
Artículo 1. Objeto de la convocatoria.
Las subvenciones reguladas en la presente convocatoria tienen por objeto la cofinanciación de proyectos de codesarrollo que deberán tener como finalidad el desarrollo local de las comunidades de origen de los emigrantes que viven en el municipio de Madrid, potenciando el papel de los migrantes como agentes de desarrollo humano en sus sociedades de origen y destino.
En la presente convocatoria cada entidad podrá presentar, independientemente o en agrupación con otras entidades, como máximo, un solo proyecto. La presentación de dos o más proyectos dará lugar a la exclusión de la presente convocatoria.
Artículo 2. Contenido de los proyectos a subvencionar.
Con cargo a la dotación presupuestaria consignada para esta convocatoria en el ejercicio de 2009, podrán ser subvencionados proyectos de codesarrollo de acuerdo con:
2.1. Objetivos de la convocatoria.
Para el Ayuntamiento de Madrid, los objetivos específicos de la presente Convocatoria son los siguientes:
Ofrecer medios y recursos para que se pueda aprovechar de forma óptima el considerable potencial de desarrollo local de los migrantes y de los flujos migratorios.
Favorecer relaciones de cooperación entre las comunidades de origen de las migraciones y la ciudad de Madrid, para promover su desarrollo mediante un nuevo marco de actuación para todas aquellas entidades, inmigrantes y autóctonas, interesadas en ello.
Impulsar este instrumento como estrategia de intervención en matera de migración y desarrollo.
2.2. Áreas geográficas.
Además de en el municipio de Madrid, contexto de recepción del flujo migratorio, los proyectos de codesarrollo objeto de la Convocatoria se localizarán en uno de los países de mayor emigración internacional a Madrid.
Se considerarán prioritarios países con mayoritaria procedencia de la población extranjera empadronada en la capital: Ecuador, Bolivia, Perú, Colombia y Marruecos. En esos países, las áreas preferentes de trabajo del proyecto deberán ser, a su vez, aquellas regiones, departamentos, prefecturas, provincias, comarcas, municipios, localidades o comunidades de mayor procedencia de migrantes a Madrid y especialmente aquellas comunidades de origen de los migrantes participantes en el proyecto.
También se considerarán áreas preferentes de trabajo aquellas zonas de procedencia cuya concentración de población en Madrid sea muy elevada, aunque su país no esté incluido en la categoría de prioritario y aquellas en las que concurran circunstancias especiales.
2.3. Áreas de actuación.
Las áreas de actuación prioritarias son las cuatro siguientes, pudiendo existir una interrelación entre ellas que lleven a la formulación de proyectos integrales:
1. Proyectos de promoción del capital humano y social con el fin de potenciar el fortalecimiento y el liderazgo asociativo, la constitución de redes asociativas y la vinculación transnacional/translocal entre el tejido asociativo de los inmigrantes y el de sus comunidades de origen, siempre desde una perspectiva de codesarrollo. La dimensión transnacional/translocal de los migrantes lleva a reconocerlos como agentes fundamentales de las acciones de codesarrollo, como nexo entre las sociedades de origen y las de destino. Se pretende la apropiación por parte de los migrantes, y sus asociaciones, de los procesos de desarrollo en origen y destino, su promoción como agentes de codesarrollo, como emprendedores involucrados en el desarrollo local en origen y destino. Se quiere promover la vinculación y contribución de las diásporas y asociaciones de inmigrantes al desarrollo de sus países de origen, mediante acciones de codesarrollo.
ANEXOS
- Anexo I Datos sobre la ONGD solicitante o agrupación de ONGD PDF, 84 Kbytes
- Anexo II Datos sobre la Organización local PDF, 62 Kbytes
- Anexo III Memoria del Proyecto de Codesarrollo PDF, 66 Kbytes
- Solicitud Subvención ONGD individual PDF, 42 Kbytes
- Solicitud Subvención ONGD agrupada PDF, 56 Kbytes
- Instrucciones Solicitud Subvención PDF, 26 Kbytes