BOAM nº 7826 (17/01/2017)
Distrito de San Blas-Canillejas
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Resolución de 10 de enero de 2017 de la Coordinadora del Distrito de San Blas Canillejas por la que se publica la notificación de trámite de audiencia de orden de ejecución de obras, efectuada a Comunidad de Propietarios de calle Ribadesella, 1, expediente número 117/2016/00084.Intentada sin efecto la notificación al interesado y, de conformidad con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a la notificación y edicto por medio del presente anuncio, de la notificación de trámite de audiencia de orden de ejecución de obras en calle Ribadesella, 1, expediente número 117/2016/00084, pudiendo consultar el texto íntegro en la Sección de Disciplina Urbanística y Procedimiento Sancionador del Distrito de San Blas-Canillejas, avenida de Arcentales, 28.
"Interesado: Comunidad de Propietarios calle Ribadesella, 1.
Emplazamiento: calle Ribadesella, 1.
Deficiencias:
- Fachadas interiores, exteriores, medianeras y otros elementos:
1.- Los cantos de forjados de las terrazas de fachada principal presentan un avanzado estado de deterioro, manifestado en forma de fisuras, grietas y decoloración de su superficie, causado por la incorrecta evacuación del agua de lluvia por parte de las piezas baldosín cerámico dispuestas a modo de vierteaguas, que no impiden la escorrentía del agua por el canto del forjado y por la acción directa de los agentes atmosféricos en su superficie.
2.- Los deterioros se localizan en los cantos de forjado de fachadas exteriores.
3.- Las causas de cada afectación han quedado descritas en el punto 1. Se puede decir que en general existen deficiencias no graves de diseño y ejecución, a lo que se suma la edad de la edificación.
4.- Edificio de estructura muros de carga de material cerámico. La terminación de los muros de fachadas es a base de ladrillos cerámicos a cara vista. Se desarrolla en 3 niveles. La cubierta es inclinada y su terminación a base de teja de hormigón plana.
5.- Soluciones: Obras obligatorias: Habrá que sanear los cantos de los forjados de terrazas de fachada principal mediante el picado del recubrimiento hasta llegar a base firme, recomposición de las zonas afectadas por grietas y fisuras con mortero y por último aplicando pintura a modo de terminación protectora. Se recomienda además la sustitución de la primera fila de baldosines cerámicos por vierteaguas cerámicos con el suficiente vuelo, caída y goterón que garanticen la correcta expulsión del agua de lluvia para garantizar la durabilidad de la solución propuesta.
- Cubiertas y azoteas:
1.- Durante la inspección se detectó que el remate de encuentro de faldones inclinados de la cubierta con las fachadas exteriores del edificio, revestido con lámina bituminosa autoprotegida, se encuentra deteriorado. En este caso la lámina se encuentra desprendida en muchos puntos como consecuencia de la acción de los agentes atmosféricos en su superficie, pudiendo llegar a representar con el paso del tiempo vías de acceso del agua de lluvia al interior del edificio. El mortero de cemento bajo lámina bituminosa sedimenta en los faldones de cubierta, las limahoyas y los canalones, pudiendo ser el origen de futuras afectaciones de la red de evacuación del edificio.
2.- Los deterioros se localizan en los cantos de forjado de fachadas exteriores.
3.- Las causas de cada afectación han quedado descritas en el punto 2. Se puede decir que en general existen deficiencias no graves de diseño y ejecución a lo que se suma la edad de la edificación.
4.- Edificio de estructura muros de carga de material cerámico. La terminación de los muros de fachadas es a base de ladrillos cerámicos a cara vista. Se desarrolla en 3 niveles. La cubierta es inclinada y su terminación a base de teja de hormigón plana.
5.- Soluciones: Obras obligatorias. Es necesario realizar un repaso a la lámina bituminosa autoprotegida de los encuentros de faldones de cubierta inclinada del edificio con los paramentos verticales de fachadas exteriores, a fin de detectar las zonas afectadas y proceder a su rehabilitación mediante la retirada de la lámina y sustitución por solución similar que garantice la estanqueidad del encuentro. Se recomienda además realizar la limpieza del material sedimentado sobre los faldones.
- Obras a realizar:
Fachadas, medianerías y otros paramentos:
1.- Habrá que sanear los cantos de los forjados de terrazas de fachada principal mediante el picado del recubrimiento hasta llegar a base firme, recomposición de las zonas afectadas por grietas y fisuras con mortero y por último aplicando pintura a modo de terminación protectora. Se recomienda además la sustitución de la primera fila de baldosines cerámicos por vierteaguas cerámicos con el suficiente vuelo, caída y goterón que garanticen la correcta expulsión del agua de lluvia para garantizar la durabilidad de la solución propuesta.
- Cubiertas y azoteas:
1.- Es necesario realizar un repaso a la lámina bituminosa autoprotegida de los encuentros de faldones de cubierta inclinada del edificio con los paramentos verticales de fachadas exteriores, a fin de detectar las zonas afectadas y proceder a su rehabilitación mediante la retirada de la lámina y sustitución por solución similar que garantice la estanqueidad del encuentro. Se recomienda además realizar la limpieza del material sedimentado sobre los faldones.
Girada visita de inspección por los servicios técnicos municipales a la finca de referencia, se ha podido comprobar la existencia de las deficiencias que se citan. A fin de proceder a su subsanación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 168.1 y 170 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid y artículo 6 de la Ordenanza de Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones, se propone la actuación indicada, señalando el plazo de iniciación de las obras y su plazo de ejecución.
Por lo tanto, previamente a la emisión de la orden de ejecución correspondiente, se concede trámite de audiencia al interesado para que en el plazo de diez días contados desde el siguiente a la recepción de la presente notificación, realice las alegaciones y presente los documentos y justificaciones que estime pertinentes en defensa de sus derechos e intereses, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 de la Ordenanza de Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones y el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común".
Madrid, a 10 de enero de 2017.- La Coordinadora del Distrito de San Blas-Canillejas, Delia Berbel Aguilera.