BOAM nº 10152 (22/06/2026)
Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte
2383
Decreto de 11 de junio de 2026 de la Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte por el que se resuelve la convocatoria pública, en régimen de concurrencia competitiva, de una beca de investigación en los fondos documentales de la Biblioteca Técnica municipal para el año 2026.De acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, en virtud de las facultades delegadas por el apartado 3.1.9 del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, visto el informe propuesta del Director General de Bibliotecas, Archivos y Museos de 5 de junio de 2026, y el informe favorable de la Intervención de 9 de junio de 2026,
DISPONGO
PRIMERO.- Adjudicar la beca de investigación en los fondos documentales de la Biblioteca Técnica municipal para el año 2026, convocada mediante Decreto de 18 de febrero de 2026 de la Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, a la candidata con la puntuación más alta: Elena Ballesteros Plaza, con DNI ***6505**, que ha obtenido 21 puntos.
De acuerdo con el artículo 2 de la convocatoria, el periodo de disfrute de la beca empezará el primer día hábil del mes siguiente al de la publicación en la sede electrónica de este decreto.
Tal y como establece el apartado 3.3 de la convocatoria, la dotación de la beca será de 6.000,00 euros, correspondiendo 1.500,00 euros a cada uno de los cuatro meses de trabajo. De dicho importe se efectuarán las correspondientes retenciones de IRPF y Seguridad Social en el momento del pago. El gasto se imputará a la aplicación presupuestaria 2026/001/130/332.10/482.01.
SEGUNDO.- Desestimar el resto de las solicitudes presentadas, cuyos nombres y puntuaciones se hicieron públicos en la sede electrónica mediante Propuesta de Resolución del Director General de Bibliotecas, Archivos y Museos de 3 de junio de 2026.
TERCERO.- Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer los recursos que se indican a continuación:
1.- Recurso de reposición potestativo previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó el decreto en el plazo de un mes, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal de Instancia de Madrid, en el plazo de dos meses, en ambos casos, a partir del día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de la presente resolución. Artículos 30.4, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y disposición adicional primera de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia.
2.- Todo ello, sin perjuicio de que el interesado interponga cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 LPAC).
Madrid, a 11 de junio de 2026.- La Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, Marta Rivera de la Cruz.