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BOAM nº 9806 (28/01/2025)
Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias

314

Resolución de 27 de enero de 2025 del Director General de Policía Municipal por la que se rectifica error material advertido en la resolución de 23 de enero de 2025 del mismo órgano por la que se convoca concurso de provisión normal de puestos de trabajo en distintas Comisarías/Secciones y turnos, para funcionarios/as de carrera de la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Municipal PN-PM 01/2025.

Por Resolución de 23 de enero de 2025 del Director General de Policía Municipal (BOAM núm. 9.804 de 24 de enero de 2025) se convoca concurso de provisión normal de puestos de trabajo en distintas Comisarías/Secciones y turnos, para funcionarios/as de carrera de la categoría de Policía Municipal PN-PM 01/2025.

 

Advertido error en su Anexo I Puestos categoría Policía - Cuerpo de Policía Municipal de Madrid, en referencia a la omisión del número de puestos convocados (vacantes/resultas) en las Comisarías Integrales de Distrito de Carabanchel, Chamartín y Puente de Vallecas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en uso de las atribuciones conferidas por el apartado 15.1.3 b) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias (BOAM núm. 9.419 de 5 de julio de 2023),

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Rectificar el error material advertido en el Anexo I Puestos categoría Policía - Cuerpo de Policía Municipal de Madrid, de la Resolución de 23 de enero de 2025 del Director General de Policía Municipal por la que se convoca concurso de provisión normal de puestos de trabajo en distintas Comisarías/Secciones y turnos, para funcionarios/as de carrera de la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Municipal PN-PM 01/2025, en el sentido de incluir el número de puestos ofertados (vacantes/resultas) correspondientes a las Comisarías Integrales de Distrito de Carabanchel, Chamartín y Puente de Vallecas, con indicación del Código Petición SIGIR y turno, así como modificar el total del número de puestos de posibles resultas, que pasa a ser de 690. A tal efecto, se adjunta nuevo Anexo I que sustituye al anterior, en el que aparecen relacionados con los Códigos de Petición SIGIR números 61 a 69, ambos inclusive.

 

SEGUNDO.- Esta corrección de errores no reabre un nuevo plazo de presentación de solicitudes.

 

Aquellas solicitudes que, dentro del plazo inicialmente previsto, ya se hubieran presentado se entenderán como válidamente presentadas. No obstante, durante el tiempo que resta hasta la finalización de este plazo se podrá presentar la renuncia a la solicitud presentada, o bien presentar una nueva que sustituirá a la anterior.

 

TERCERO.- Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

I.- Recurso potestativo de reposición. Se presentará a través del registro electrónico, conforme a lo previsto en el Anexo de la Ordenanza de Atención a la Ciudadanía y Administración Electrónica del Ayuntamiento de Madrid de 26 de febrero de 2019 (BOAM de 11 de marzo de 2019), dirigido al mismo órgano que ha dictado la resolución, en el término de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» (artículos 123, 124 y 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

II.- Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en cuya circunscripción tenga su domicilio la persona demandante o en los de Madrid, a elección de aquella, en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» (artículos 8.1, 14.1.2.ª y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

 

Todo ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime procedente (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

Madrid, a 27 de enero de 2025.- El Director General de Policía Municipal, Pablo Enrique Rodríguez Pérez.

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