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BOAM nº 9176 (08/07/2022)
Área de Gobierno de Hacienda y Personal

2077

Resolución de 5 de julio de 2022 del Director General de Planificación de Recursos Humanos por la que se convocan plazas para el acceso, mediante promoción interna independiente de personal laboral fijo, a la categoría de Titulado/a Medio Administración General del Ayuntamiento de Madrid.

Por Acuerdo de 5 de diciembre de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid se aprueba la Oferta de Empleo Público del año 2019 (BOAM número 8.541, de 12 de diciembre de 2019) que incluye 20 plazas de Titulado/a Medio Administración General del Ayuntamiento de Madrid.

 

Por otro lado y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y en el II Plan de Igualdad entre Mujeres y Hombres del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, aprobado por Acuerdo de 4 de noviembre de 2021 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid (BOAM número 9.011, de 8 de noviembre de 2021) consta en el presente expediente de convocatoria informe de impacto de género en aplicación del principio de igualdad de mujeres y hombres.

 

De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 11º.1.2 b) del Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Hacienda y Personal (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 168, de 17 de julio de 2019), modificado por Acuerdo de 30 de enero de 2020 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid (Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid número 8.573, de 3 de febrero de 2020), corresponde al Director General de Planificación de Recursos Humanos la competencia para convocar, aprobar las bases y resolver las convocatorias de selección de personal, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias.

 

Por todo cuanto antecede, vengo en aprobar la siguiente

 

RESOLUCIÓN

 

PRIMERO.- Convocar pruebas selectivas para proveer, mediante promoción interna independiente de personal laboral fijo, 20 plazas, correspondientes a la ejecución de la Oferta de Empleo Público del año 2019, de la categoría de Titulado/a Medio Administración General del Ayuntamiento de Madrid, encuadradas en el Grupo A2: Graduados/Titulados Medios, Especialidad profesional Administración General, de los establecidos en el artículo 6 del Acuerdo de 29 de octubre de 2020 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueba el Acuerdo de 30 de septiembre de 2020 de la Mesa de Negociación del Personal Laboral del Ayuntamiento de Madrid por el que se regulan los sistemas de clasificación y ordenación del personal laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, modificado por Acuerdo de 2 de septiembre de 2021 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueba el Acuerdo de 29 de junio de 2021 de la Mesa General de Negociación del Personal Laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos (BOAM número 8.968, de 6 de septiembre de 2021).

 

De las 20 plazas convocadas, 2 plazas se reservan para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad, con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.

 

SEGUNDO.- El proceso selectivo para el acceso a esta categoría se regirá por las bases específicas contenidas en la Resolución del Director General de Planificación de Recursos Humanos de fecha 12 de noviembre de 2021 (BOAM número 9.016, de 16 de noviembre de 2021).

 

TERCERO.- El importe de la tasa por derechos de examen es de 19,35 euros, según lo previsto en el apartado 5.2 de las bases generales por las que se rigen los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Madrid para la promoción interna independiente de personal laboral fijo, aprobadas por Resolución de 16 de junio de 2021 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (BOAM número 8.913, de 21 de junio de 2021).

 

CUARTO.- El orden en que habrán de actuar los/las aspirantes en los ejercicios que no se puedan realizar conjuntamente, se iniciará alfabéticamente dando comienzo el/la opositor/a cuyo primer apellido comience con la letra U, de conformidad con el sorteo realizado por la Secretaría de Estado de Función Pública el día 4 de mayo de 2022 (Boletín Oficial del Estado número 114, de 13 de mayo de 2022).

 

QUINTO.- El plazo de admisión de instancias solicitando tomar parte en las pruebas selectivas será de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución de la convocatoria en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Todas las personas que participen en este proceso selectivo están obligadas a relacionarse con la Administración municipal a través de medios electrónicos, en virtud de lo dispuesto en el Reglamento de Ordenación del Personal del Ayuntamiento de Madrid y en la Ordenanza de Atención a la Ciudadanía y Administración Electrónica, aprobada por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid el 26 de febrero de 2019 (artículo 38.2 y Anexo).

 

Los/las aspirantes deberán realizar la solicitud y el pago de la tasa por derechos de examen por el canal electrónico a través del enlace "Registro Electrónico" disponible en "Tramitar en línea". Una vez realizado el pago deberán firmar y registrar la solicitud. El pago debe realizarse por medio de tarjeta bancaria.

 

En todo caso, será preciso conservar el documento de autoliquidación que genera la aplicación una vez realizado el pago, puesto que es obligatorio para presentar la solicitud.

 

En caso de que las solicitudes se presenten por los/las aspirantes en formato papel en cualquier oficina de asistencia del Ayuntamiento de Madrid u otra Administración, el órgano gestor notificará la necesidad de subsanación de la solicitud, puesto que de no llevarse a cabo la presentación de la solicitud por los medios electrónicos indicados se tendrá por no presentada. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la subsanación.

 

Los/las aspirantes quedan vinculados/as a los datos consignados en la solicitud, y una vez presentada ésta, sólo podrán demandar su modificación mediante escrito motivado dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes.

 

SEXTO.- Por el órgano competente se procederá a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid (www.madrid.es).

 

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse los recursos que se indican a continuación:

 

I.- Recurso potestativo de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó la resolución en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de la presente resolución, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC) y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).

 

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