BOAM nº 7176 (29/05/2014)
Distrito de Centro
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Decreto de 19 de mayo de 2014 del Concejal Presidente del Distrito de Centro por el que aprueba la convocatoria de subvenciones de fomento del asociacionismo y la participación ciudadana del Distrito de Centro para la anualidad 2014.En virtud de la competencia atribuida por Acuerdo de Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 24 de enero de 2013, por el que se establece la organización y estructura de los Distritos y se delegan competencias en las Juntas Municipales, en los Concejales Presidentes y en los Gerentes de los Distritos,
DISPONGO
PRIMERO: Aprobar la convocatoria de subvenciones de fomento del asociacionismo y la participación ciudadana del Distrito de Centro para el año 2014, de conformidad con el artículo 23.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
SEGUNDO: Aprobar el gasto correspondiente a las subvenciones que se concedan al amparo de esta Convocatoria, mediante la autorización del gasto, que se imputará a la partida 2014/001/201/924.01/489.01 "Participación Ciudadana. Transferencias corrientes a familias e instituciones sin fines de lucro" del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid para 2014, por importe de 37.880 euros y a la partida 2014/001/201/924.01/789.01 "Participación Ciudadana. Transferencias de capital a familias e instituciones sin fines de lucro" del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid para 2014", por importe 4.939 euros.
TERCERO: Disponer la publicación de dicha Convocatoria en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid y en el Boletín Oficinal de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo establecido en el artículo 24.3 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos aprobada por Acuerdo de Pleno del Ayuntamiento de fecha 30 de octubre de 2013.
En el marco establecido por la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos aprobada por Acuerdo de Pleno del Ayuntamiento de fecha 30 de octubre de 2013 y publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 278, de 22 de noviembre de 2013; el Plan Estratégico de Subvenciones aprobado por Decreto de 19 de diciembre de 2013 de la Delegada del Área de Gobierno de Familia, Servicios Sociales y Participación Ciudadana, la convocatoria pública para la concesión de subvenciones de fomento del asociacionismo y la participación ciudadana del año 2014 en el Distrito de Centro se ajustará a las siguientes especificaciones:
Artículo 1.- Ámbito y objeto de la convocatoria.
1. El Ayuntamiento de Madrid, a través del Distrito de Centro dentro de los créditos consignados en los Presupuestos Generales del Ayuntamiento de Madrid para 2014, convoca la concesión de Subvenciones de Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana para el año 2014, dirigida a todas las asociaciones de base que tengan su domicilio social en este Distrito y estén inscritas y declaradas de utilidad pública municipal en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid y que cumplan los requisitos establecidos en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones.
2. La presente convocatoria, que se desarrollará en régimen de concurrencia competitiva, se refiere a las siguientes modalidades de subvención:
2.1. Modalidad de Proyectos.
Una de las finalidades de esta convocatoria de subvenciones es la promoción de la participación ciudadana y el fomento del asociacionismo a través de proyectos que impliquen participación y que tengan un carácter complementario respecto de los objetivos y competencias municipales, destinados a fortalecer las relaciones entre la entidad y sus asociados, fomentar la incorporación de nuevos socios a las entidades y facilitar la difusión de la entidad y sus actividades en el ámbito del Distrito.
Las entidades que presenten proyectos de estas características deberán acceder a la convocatoria por la modalidad de Proyectos.
2.2. Modalidad de Gastos de mantenimiento de sedes sociales.
Asimismo, otra finalidad de la convocatoria es garantizar la continuidad y el correcto funcionamiento de las asociaciones del Distrito. Las entidades que presenten solicitudes para sufragar gastos de alquiler de sede social y/o adquisición de equipamiento (mobiliario y equipamiento informático para la sede social) accederán a la convocatoria por la modalidad de Gastos de mantenimiento de sedes sociales.
Artículo 2.- Líneas de actuación.
A los efectos previstos en esta convocatoria se valorarán solamente aquellas solicitudes que se encuadren dentro de una de las siguientes líneas de actuación:
Para la modalidad de Proyectos se establecen las siguientes líneas de actuación:
Línea 1.- Fortalecer las relaciones entre la entidad y sus asociados.
Línea 2.- Fomentar la incorporación de nuevos socios a las entidades y facilitar la difusión de la entidad y de sus actividades en el ámbito del Distrito.
Para la modalidad de Gastos de mantenimiento de sedes sociales se establece la siguiente línea de actuación:
Garantizar la continuidad y el correcto funcionamiento de las asociaciones de los Distritos al sufragar gastos de mantenimiento de sede social y/o adquisición de equipamiento.
Artículo 3.- Modalidad de Proyectos: Efectos que se pretenden conseguir e indicadores de evaluación.
Siguiendo las líneas del Plan Estratégico de Subvenciones, los proyectos, para ser subvencionados, deberán contribuir a los siguientes objetivos operativos, cuyo resultado se estimará con los indicadores de actividad y de resultado definidos para cada uno de ellos.
Línea 1.- Fortalecer las relaciones entre la entidad y sus asociados.
Objetivo Operativo 1.- Promover encuentros con los socios miembros de la entidad, contribuyendo al intercambio de experiencias.
Indicador de actividad:
- Número de horas del encuentro: La fórmula de cálculo para establecer el grado de consecución de los resultados será el porcentaje del resultado de las horas de encuentro efectivamente desarrolladas sobre las inicialmente previstas, esto es: N.º de horas realizadas*100/ N.º de horas previstas inicialmente. La fuente de verificación para este indicador será el programa en el que habrá de constar el número de horas del encuentro, acompañado de certificado sobre la realización de la actividad y sus horas de duración.
Indicador de resultado:
- Grado de satisfacción de los asistentes: Este indicador medirá la satisfacción de los asistentes en una escala de 1 a 10. Ésta será la media aritmética de las valoraciones. La fórmula de cálculo para establecer el grado de consecución de los resultados será el porcentaje del resultado obtenido sobre la previsión inicial, esto es: Grado de satisfacción conseguido*100/ Grado de satisfacción previsto. La fuente de verificación para este indicador será un certificado indicativo del resultado de los cuestionarios de satisfacción. A este certificado acompañarán los citados cuestionarios.
Objetivo Operativo 2.- Promover la formación del personal de las juntas directivas, profesionales, colaboradores y voluntariado de las asociaciones, a través de la organización de acciones formativas, en contenidos relacionados con la categoría y los fines de la entidad.
Indicador de actividad:
- Número de plazas ofertadas: La fórmula de cálculo para establecer el grado de consecución de los resultados será: N.º de plazas ofertadas efectivamente*100/ N.º de plazas ofertadas inicialmente. La fuente de verificación para este indicador será el certificado sobre el número de plazas ofertadas.
Indicador de resultado:
- Grado de satisfacción de los asistentes: Este indicador medirá la satisfacción de los asistentes en una escala de 1 a 10. Ésta será la media aritmética de las valoraciones. La fórmula de cálculo para establecer el grado de consecución de los resultados será: Grado de satisfacción conseguido*100/ Grado de satisfacción previsto. La fuente de verificación para este indicador será un certificado indicativo del resultado de los cuestionarios de satisfacción. A este informe acompañarán los citados cuestionarios.
Objetivo Operativo 3.- Crear nuevos servicios para los asociados.
Indicador de actividad:
- Número de usuarios: La fórmula de cálculo para establecer el grado de consecución de los resultados será: N.º de usuarios finales*100/ N.º de usuarios inicialmente previstos. La fuente de verificación para este indicador será un certificado que contenga la relación de los usuarios de los nuevos servicios creados.
Indicador de resultado:
- Grado de satisfacción de los usuarios: Este indicador medirá la satisfacción de los usuarios en una escala de 1 a 10 y se obtendrá calculando la media aritmética de las valoraciones. La fórmula de cálculo para establecer el grado de consecución de los resultados será: Grado de satisfacción conseguido*100/ Grado de satisfacción previsto. La fuente de verificación para este indicador será un certificado indicativo del resultado de los cuestionarios de satisfacción. A este certificado acompañarán los citados cuestionarios.
Línea 2.- Fomentar la incorporación de nuevos socios a las entidades y facilitar la difusión de la entidad y de sus actividades en el ámbito del Distrito.
Objetivo Operativo 1.- Apoyar proyectos destinados a la búsqueda de nichos de nuevos socios para que se incorporen a la entidad.
Indicador de actividad:
- Número de acciones de difusión destinadas a la captación nuevos asociados: La fórmula de cálculo para establecer el grado de consecución de los resultados será: N.º de acciones de difusión efectivamente realizadas*100/ N.º de acciones de difusión inicialmente previstas. La fuente de verificación para este indicador será un certificado indicativo de las acciones de difusión realizadas. A este certificado acompañará el material de difusión empleado.
Indicador de resultado:
- Porcentaje de nuevos socios: Este indicador medirá el incremento porcentual de socios de nueva inscripción tras la implantación del proyecto. La fórmula de cálculo para establecer el grado de consecución de los resultados será: Porcentaje final de nuevos socios*100/ Porcentaje de nuevos socios inicialmente previsto. La fuente de verificación para este indicador será un certificado que contenga la relación de los nuevos asociados, en la que, asimismo, se indicará el número total de socios de la entidad antes del inicio del proyecto y el porcentaje de incremento.
Objetivo Operativo 2.- Favorecer las actividades, en el ámbito del Distrito, que generen espacios de participación entre los asociados de la entidad ciudadana y facilitar su difusión.
Indicador de actividad:
- Número de actividades desarrolladas: La fórmula de cálculo para establecer el grado de consecución de los resultados será: N.º de actividades finalmente desarrolladas*100/ N.º de actividades inicialmente previstas. La fuente de verificación para este indicador será el certificado sobre el número y denominación de las actividades desarrolladas.
Indicador de resultado:
- Grado de satisfacción de los asistentes: Este indicador medirá la satisfacción de los asistentes en una escala de 1 a 10. Ésta será la media aritmética de las valoraciones. La fórmula de cálculo para establecer el grado de consecución de los resultados será: Grado de satisfacción conseguido*100/ Grado de satisfacción previsto. La fuente de verificación para este indicador será un certificado indicativo del resultado de los cuestionarios de satisfacción. A este certificado acompañarán los citados cuestionarios.
Quedarán excepcionadas de utilizar el indicador de resultado previsto, las entidades con proyectos que queden enmarcados en el Objetivo Operativo 2 de la Línea 2 y desarrollen actividades que, por sus características, presenten imposibilidad en la cuantificación del referido indicador de resultado. A esta excepción podrán acogerse las entidades que desarrollen actividades en espacios al aire libre, o recintos de amplio aforo, sin previa inscripción de asistentes o participantes y sin posibilidad de establecer una relación o cuantificación de los mismos. Para estos casos, la entidad utilizará el indicador de actividad previsto en el objetivo y acreditará la realización de la actividad. Además, en el certificado que debe aportar sobre el número y denominación de las actividades, justificará las circunstancias por las que se acoge a esta excepción.
Las entidades, con base en la línea de actuación en la que se enmarque el proyecto presentado, determinarán el objetivo u objetivos operativos que se pretenden. La entidad solicitante fijará para cada indicador una meta y el peso o ponderación del indicador con relación al conjunto del proyecto. La entidad reflejará esta información en la ficha descriptiva del Anexo I -Memoria explicativa del Proyecto.
En el caso de no alcanzar las metas previstas, procederá el reintegro de la subvención en el porcentaje de resultados no logrados. La fórmula de cálculo para determinar el grado de consecución de los resultados previstos respecto de cada indicador será la del porcentaje del resultado obtenido sobre el inicialmente previsto.
Los certificados que, como fuentes de verificación, se citan en este artículo habrán de ser expedidos por la secretaría de la entidad y visados por quien ostente la presidencia. El contenido de los certificados es el especificado para cada indicador. Para el caso de los certificados que deban contener relaciones de usuarios o asociados en las distintas modalidades establecidas por los indicadores, éstos deberán contener nombres, apellidos y DNI completos. En el caso de que por razón del colectivo y considerando que no pudiera ser conveniente la identificación plena de los beneficiarios, la entidad subvencionada podrá codificar los datos con el fin de que éstos no puedan ser identificados por criterios relacionados con la salud, la ideología, religión o creencias, origen racial o étnico y vida sexual. Se dará el mismo tratamiento si los beneficiarios son menores de edad. En estos casos, la entidad expresará el motivo por el que se acoge a la presentación de relaciones codificadas y consignará el detalle de los nombres y apellidos utilizando el nombre completo y las iniciales de los dos apellidos. Para el DNI o NIE se consignará con cuatro asteriscos seguido de los cuatro últimos dígitos más letra correspondiente al documento. Asimismo, la entidad dejará constancia de que el listado completo y sin codificar se encuentra en sus dependencias y a disposición del órgano concedente de la subvención para su verificación en el caso de que sea requerido.
Quedan excluidos de la presente convocatoria los proyectos de actividades que tengan por objeto gastos de inversión.