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BOAM nº 7998 (25/09/2017)
Distrito de Moncloa-Aravaca

2017

Decreto de 29 de agosto de 2017 de la Concejala Presidenta del Distrito de Moncloa-Aravaca, por el que se aprueba la convocatoria del II Certamen de Pintura “Artemisia” 2017.

Convocatoria del Distrito de Moncloa-Aravaca del II CERTAMEN DE PINTURA "ARTEMISIA" 2017.

 

1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA.

El Distrito de Moncloa-Aravaca, con el objetivo de impulsar la creación artística en la pintura, establece las bases reguladoras del II Certamen de Pintura "Artemisia". Constituye el objeto de las presentes bases la regulación y convocatoria de dicho certamen.

Será de aplicación en la presente convocatoria lo dispuesto en la disposición adicional primera de la ordenanza de bases reguladoras generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos públicos, de 30 de octubre de 2013, y en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento, así como lo recogido en la presente convocatoria.

 

2. PARTICIPANTES.

Podrán participar todos los artistas de nacionalidad española y los extranjeros, residentes en España, mayores de 18 años. Los participantes deberán tener cumplida la edad exigida a fecha de finalización del plazo de presentación del concurso.

En el momento de entrega de la obra, los participantes deberán presentar, además, declaración responsable de no encontrarse incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley General Subvenciones, así como, de que se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y del cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones.

No podrán participar en esta convocatoria los premiados de la edición I del Certamen de pintura "Artemisia".

 

3. OBRAS.

Tanto el tema como la técnica a utilizar serán de libre elección.

No se admitirán inclusiones o alusiones de contenidos ofensivos, que hieran la sensibilidad o inciten a conductas discriminatorias o violentas reservándose la organización el derecho a excluir a los participantes que, según su criterio, no cumplan con las condiciones exigidas en el certamen.

Cada autor podrá presentar una sola obra de dimensiones máximas 1,80 m. y mínimas de 50 cm., ambas en cualquiera de sus lados. Dicha obra no podrá haber sido premiada en ningún otro certamen acreditándose este extremo mediante declaración jurada.

Las obras se presentarán mediante una fotografía que deberá ser remitida en formato digital (formato JPG de max. 300 ppp) a la dirección de correo electrónico: pinturamoncloa@madrid.es, adjuntándose junto con esta imagen la ficha de inscripción del Anexo I de esta convocatoria.

La ausencia de datos o su inexactitud con los requisitos establecidos en la convocatoria se requerirá al interesado, mediante publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid para que, en el plazo máximo e improrrogable de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a dicha publicación, subsane estos defectos, con la advertencia de que en caso contrario se le tendrá por desistido en su petición, previa resolución dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que será publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid según lo previsto en el artículo 45.b de la citada ley, con carácter previo al inicio de la fase de instrucción, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El plazo para el envío de las obras en formato digital se establece desde las 00,00 h. del día 1 hasta el 30 de octubre a las 23:59 h. No se admitirán obras fuera de este plazo.

 

4. JURADO.

Las obras serán valoradas por un jurado presidido por la Concejala-Presidenta del Distrito de Moncloa-Aravaca o persona en quien delegue, quién además, designará a cuatro vocales de reconocida experiencia en el mundo de las artes plásticas y un Secretario, que será un funcionario de la citada Junta de Distrito con voz pero sin voto.

 

5. SELECCIÓN Y FALLO DEL JURADO.

El jurado, de entre todas las obras admitidas, realizará una selección de 25 obras para exposición y 5 en reserva ordenada en relación de preferencia. Los artistas seleccionados serán notificados por la organización para que procedan a la entrega física de las obras personalmente en el centro cultural Moncloa (plaza Moncloa s/n. 28008 Madrid), de lunes a viernes, en horario comprendido de 10,00 a 14,00 h. y de 17,00 a 19,00 h, entre los días 1 al 15 de noviembre de 2017. Si no se presentasen las obras en este plazo se acudirá a la reserva.

Dichas obras deberán estar firmadas en su dorso, se presentarán en bastidor o soporte rígido, o enmarcados con un listón de madera, sin cristal, de anchura no superior a 3 cm, en el dorso de la obra se indicará la verticalidad de la misma.

Entre esas 25 obras el jurado reunido otorgará los cinco premios de la convocatoria que serán dados a conocer en la inauguración de la exposición el día 1 de diciembre de 2017. Dicha exposición se extenderá hasta el 30 de diciembre de 2017.

 

6. PREMIOS.

Se establecen las siguientes categorías y premios:

- PINTURA GENERAL:

Primer premio: 3.000 €

Segundo premio: 2.000 €

Tercer premio: 1.500 €

- ACUARELA:

Un único premio: 2.500 €

- DIBUJO.

Un único premio: 2.000 €

El importe de los premios estará sujeto a la retención del IRPF conforme a lo establecido en la legislación vigente. Los premios no podrán ser divididos. Los premios podrán ser declarados desiertos si, a consideración del jurado, las obras presentadas no reuniesen características de calidad.

El gasto correspondiente a los premios del presente Certamen se imputará con cargo a la partida 482.03 "Transferencias corrientes. Premios" del Programa 334.01 Actividades Culturales del Presupuesto del Distrito de Moncloa Aravaca 2017.

 

7. ENTREGA DE PREMIOS.

Los premiados deberán acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social y cumplimiento de los requisitos exigidos en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones, así como, cumplimentar debidamente el modelo impreso denominado "Alta de pago por transferencia".

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