Saltar navegación

BOAM nº 9669 (08/07/2024)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid

2362

Acuerdo de 4 de julio de 2024 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se somete a consulta pública previa la modificación del Reglamento Orgánico 1/2020, de 23 de diciembre, del Consejo Social de la Ciudad de Madrid.

El acuerdo tiene por objeto someter a consulta pública previa la modificación del reglamento orgánico del Consejo Social de la Ciudad de Madrid durante un plazo de 15 días naturales.

 

La Constitución española recoge en su artículo 9.2 la obligación de los poderes públicos de facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida pública. Además, el artículo 23.1 del texto constitucional establece que los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos público, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal.

 

Por su parte, el artículo 129.5 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, establece la obligación de posibilitar la participación activa de los posibles destinatarios en la elaboración de las normas. El artículo 133 de la ley de procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas establece que, con carácter previo a la elaboración de un proyecto de reglamento, se sustanciará una consulta pública en la que se recabará la opinión de los ciudadanos y de las organizaciones más representativas que potencialmente se puedan ver afectadas por la futura norma.

 

Esta previsión ha sido objeto de desarrollo en el Ayuntamiento de Madrid a través del acuerdo de 20 de octubre de 2016 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se aprueban las directrices sobre la consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de las normas municipales. Su apartado tercero establece que corresponderá a la Junta de Gobierno, a propuesta de la Coordinación General de la Alcaldía, Gerencia de la Ciudad y titulares de las áreas de gobierno competentes por razón de la materia acordar el sometimiento a consulta pública.

 

El reglamento orgánico del Consejo Social de la Ciudad de Madrid fue aprobado el 23 de diciembre de 2020.

 

El Consejo Social cuenta en la actualidad con cinco comisiones técnicas en los ámbitos de medioambiente y movilidad, innovación, servicios sociales, urbanismo y economía, habiéndose propuesto por el pleno del propio Consejo la creación de una comisión técnica en materia de vivienda. Se precisa, por lo tanto, modificar la norma para la creación con carácter permanente de esta comisión.

 

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el apartado tercero del Acuerdo de 20 de octubre de 2016 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueban las directrices sobre la consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de las normas municipales, a propuesta de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, y previa deliberación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su sesión de 4 de julio de 2024,

 

ACUERDA

 

PRIMERO.- Someter a consulta pública previa la modificación Reglamento Orgánico 1/2020, de 23 de diciembre, del Consejo Social de la Ciudad de Madrid durante un plazo de 15 días naturales.

 

SEGUNDO.- El presente acuerdo surtirá efectos desde el día de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Madrid, a 4 de julio de 2024.- La Directora de la Oficina de la Secretaría de la Junta de Gobierno (P.S. Decreto de 2 de julio de 2024 de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias), la Subdirectora General de Relaciones con la Junta de Gobierno y Comisión Preparatoria, María Concepción Contreras López-Brea.

Subir Bajar