BOAM nº 6274 (21/09/2010)
Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública
1764
Resolución de 16 de septiembre de 2010 de la Directora General de Relaciones Laborales por la que se hacen públicas las ayudas asistenciales concedidas y denegadas a los trabajadores, jubilados y pensionistas del Ayuntamiento de Madrid, correspondientes al período enero-marzo 2010.Por Resolución de 22 de enero de 2010 de la Directora General de Relaciones Laborales se hacen públicas en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de fecha 2 de febrero de 2010, las Bases Reguladoras para el año 2010 de las Ayudas de Acción Social, aprobadas por la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos.
Conforme a las citadas Bases Reguladoras, Anexo II, puede solicitar ayudas asistenciales el personal en activo, jubilados y pensionistas del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos que cumplan los requisitos establecidos en el ámbito de aplicación del Acuerdo de la Mesa General de Negociación.
Las Bases referidas establecen en el Anexo II, apartado 8, dos plazos de presentación de solicitudes.
Conforme al procedimiento establecido en el Anexo II, apartado 11, de las citadas Bases, efectuada la convocatoria de las citadas ayudas asistenciales, se ha procedido a la revisión de las solicitudes presentadas en el primer plazo de la convocatoria, establecido hasta el 15 de junio de 2010 para facturas emitidas entre el 1 de enero y el 31 de mayo de 2010, habiendo finalizado el plazo de subsanación.
Las ayudas que cumplían requisitos fueron concedidas por Resoluciones de la Directora General de Relaciones Laborales de fechas 7 de abril, 12 de mayo, 10 de junio, 9 de julio y 4 de agosto de 2010.
Las ayudas que no cumplían requisitos para su concesión han sido denegadas por Resolución de la Directora General de Relaciones Laborales de fecha 15 de septiembre de 2010.
En aplicación de los citados apartados de las Bases Reguladoras de la Ayuda procede publicar las relaciones de ayudas concedidas y denegadas correspondientes al período enero a marzo de 2010.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 20.1.g) del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de fecha 5 de junio de 2008, por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública y se delegan competencias en su titular y en los titulares de sus órganos directivos,
RESUELVO
- Hacer públicas las Resoluciones de la Directora General de Relaciones Laborales por las que se conceden y se deniegan ayudas asistenciales a trabajadores, jubilados y pensionistas del Ayuntamiento de Madrid correspondientes al período comprendido entre el día 1 de enero y el treinta y uno de marzo de 2010.
- Ordenar la exposición de las relaciones de ayudas asistenciales concedidas y denegadas a trabajadores, jubilados y pensionistas del Ayuntamiento de Madrid correspondientes al período comprendido entre el día 1 de enero y el 31 de marzo de 2010, en el tablón de anuncios ubicado en la Oficina de Registro del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública (Personal), calle Bustamante, 16, planta baja, y en la intranet municipal Ayre, con fecha de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados incluidos en las relaciones publicadas, o bien aquellos que habiendo presentado solicitud en tiempo y forma, no figuraran en dichas relaciones de ayudas concedidas ni denegadas, podrán interponer, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la Directora General de Relaciones Laborales, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo, de conformidad con el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid. Todo ello, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
Madrid, a 16 de septiembre de 2010.- La Directora General de Relaciones Laborales, Francisca Segado Álvarez.