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BOAM nº 10091 (23/03/2026)
Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias

1018

Decreto de 19 de marzo de 2026 de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias por el que se nombra el Tribunal de Selección de las pruebas selectivas para proveer, por el sistema de concurso-oposición libre, 561 plazas de la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid, con reserva de plazas para militares profesionales de Tropa y Marinería.

Mediante Resolución de 2 de diciembre de 2025 del Coordinador General de Seguridad y Emergencias, publicada en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» núm. 10.020, de 4 de diciembre de 2025, se convocaron las pruebas selectivas para la provisión de 561 plazas de la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid, mediante el sistema de concurso-oposición libre, con reserva de plazas para militares profesionales de Tropa y Marinería.

 

Corresponde a la titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias la competencia para el nombramiento de los miembros de los tribunales de selección del Cuerpo de Policía Municipal, de conformidad con el apartado 3.º 2.7 del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias.

 

Asimismo, en el apartado 6.º 1.1 del mencionado acuerdo se establece que por parte del Coordinador General de Seguridad y Emergencias se elevará la propuesta de nombramiento de los miembros que componen los tribunales de selección de los procesos selectivos del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid.

 

Se significa que las personas propuestas reúnen los requisitos establecidos en la base 3 de las específicas de la convocatoria, aprobadas por Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias de fecha 27 de febrero de 2025, publicadas en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» núm. 9.829, de 28 de febrero de 2025, y en la base 7.3 de las generales por las que se regirán los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Madrid por turno libre, aprobadas mediante Resolución de 9 de julio de 2020 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (BOAM núm. 8.683, de 14 de julio de 2020), así como en el resto del ordenamiento jurídico.

 

La mencionada base 7.3 de las generales establece que los Tribunales de Selección estarán constituidos por un/a presidente/a, un/a secretario/a con voz y voto, y un mínimo de tres vocales, así como los correspondientes suplentes, sin que puedan formar parte de ellos el personal de elección o designación política, los funcionarios/as interinos/as, el personal eventual y el personal laboral o funcionario que hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la correspondiente convocatoria e, igualmente, si hubieran colaborado durante ese período de algún modo en centros de preparación de opositores/as.

 

Asimismo, establece que todos los miembros deberán poseer titulación de igual nivel o superior a la exigida para el acceso a las plazas convocadas y ser funcionarios/as de carrera, no pudiendo estar formados mayoritariamente por funcionarios/as pertenecientes al mismo Cuerpo, Escala o Categoría, objeto de la selección.

 

Además, todos ellos deberán ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros y responderán al principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres.

 

Por otra parte, en cumplimiento de la base 3 de las específicas que rigen el proceso selectivo y del artículo 40.4 de la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid, se incluye en la propuesta a una persona representante de la Comunidad de Madrid, así como su correspondiente suplente.

 

Por último, tal y como establece la aludida base 7.3 de las generales, a las pruebas selectivas asistirá un/una observador/a del desarrollo del procedimiento selectivo, con voz y sin voto, designado/a a propuesta de las organizaciones sindicales entre funcionarios/as de carrera o personal laboral fijo del Ayuntamiento de Madrid, no siendo necesario que posea titulación de igual nivel o superior a la exigida para el acceso a las plazas convocadas.

 

En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en el apartado 3.º 2.7 del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, a propuesta del Coordinador General de Seguridad y Emergencias de fecha 16 de marzo de 2026,

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Nombrar miembros del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para la provisión, por el sistema de concurso-oposición libre, de 561 plazas de la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid, con reserva de plazas para militares profesionales de Tropa y Marinería, convocadas por Resolución de 2 de diciembre de 2025 del Coordinador General de Seguridad y Emergencias, publicada en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» núm. 10.020, de 4 de diciembre de 2025, a las siguientes personas:

 

PRESIDENTE/A:

 

Titular: Fernando Argote Cardeñosa.

Suplente: José María Franco Expósito.

 

SECRETARIO/A:

 

Titular: Victoria Eugenia Méndez Sánchez.

Suplente: Jesús Julián Calvo Herrando.

 

VOCALES:

 

Titular: José Luis Pérez Santos.

Suplente: Javier Torres Iñurritegui.

 

Titular: María del Carmen Morillas Delgado.

Suplente: Carmen Calvo Domínguez.

 

Titular: María Ángela Franco Vega.

Suplente: Alicia Flordelis Morales.

 

SEGUNDO.- Nombrar observadores del desarrollo del proceso selectivo a las siguientes personas:

 

Titular: José Elvis Robledillo Ramos.

Suplente: Luis Alberto Picazo Martín.

 

TERCERO.- Disponer la publicación de este decreto en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid (www.madrid.es).

 

Contra el presente decreto que pone fin a la vía administrativa podrán interponerse los recursos que se indican a continuación:

 

I.- Recurso de reposición potestativo previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó el decreto en el plazo de un mes, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal de Instancia de Madrid, en el plazo de dos meses, en ambos casos, contados a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» (artículos 30.4, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP), artículos 8, 14.1.2.ª y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y disposición adicional primera de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia).

 

II.- Todo ello, sin perjuicio de que los interesados interpongan cualquier otro recurso que estimen pertinente (artículo 40.2 LPACAP).

 

Madrid, a 19 de marzo de 2026.- La Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, María Inmaculada Sanz Otero.

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