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BOAM nº 9652 (13/06/2024)
Agencia para el Empleo

2018

Resolución de 17 de mayo de 2024 del Gerente del Organismo Autónomo Agencia para el Empleo de Madrid por la que se aprueba la modificación de la convocatoria, reajustes de anualidades y autorización del gasto de becas de ayudas al estudio para las personas participantes en las acciones de formación para el empleo cuya finalización se produzca del 1 de septiembre de 2022 al 31 de agosto de 2023, ambos incluidos.

La Agencia para el Empleo de Madrid tiene como finalidad, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de sus Estatutos (BOCM núm. 154/2004, de 30 de junio), la gestión de las políticas municipales de empleo, mediante la intermediación laboral, la orientación y formación de las personas desempleadas, y el fomento del empleo estable y de calidad.

 

Con objeto de incentivar la participación de las personas desempleadas en los cursos de formación, el Gerente de la Agencia para el Empleo mediante Resolución de 17 de mayo de 2023 aprobó la "convocatoria de becas de ayudas al estudio para las personas participantes en las acciones de formación para el empleo cuya finalización se produzca del 1 de septiembre de 2022 al 31 de agosto de 2023, ambos incluidos". Dicha convocatoria de becas fue publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid el 2 de junio de 2023 (BOAM n.º 9.396) y en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el 7 de junio de 2023 (BOCM n.º 232) y tuvo su correspondiente reflejo presupuestario y contable mediante la n.º 5030000718/PROPUESTA SAP por un importe total de 775.000,00 € y con imputación a las siguientes aplicaciones presupuestarias:

 

· Aplicación presupuestaria 503/140/241.03/482.01 "Becas" Políticas Activas de Empleo Municipales Importe 450.000 € (cuatrocientos cincuenta mil euros).

· Aplicación presupuestaria 503/140/232.01/482.01 "Becas" Fondo I de Reequilibrio Territorial. Importe 175.000 € (ciento setenta y cinco mil euros).

· Aplicación presupuestaria 503/140/241.66/482.01 "Becas" NGEU. Itinerarios de Inclusión Social. Importe 150.000 € (ciento cincuenta mil euros).

 

En fecha 29 de diciembre de 2023 se publicó la resolución de denegación de 366 solicitudes de becas de ayudas al estudio correspondientes a la convocatoria aprobada por resolución de 17 de mayo de 2023, abriéndose el plazo de presentación de recursos de reposición de un mes desde el día siguiente a su publicación.

 

El saldo disponible a 31 de diciembre de 2023 en las mencionadas aplicaciones ascendió a 151.431,00 euros en la partida 503/140/241.03/482.01, a 140.700,00 euros en la partida presupuestaria 503/140/232.01/482.01 y a 146.800,00 euros en la partida presupuestaria 503/140/241.66/482.01.

 

Resulta necesaria la tramitación del gasto que se propone a efectos de dar cumplimiento al pago de los recursos de reposición estimados, sin que se menoscabe el cumplimiento y consecución de los objetivos encomendados a la Agencia para el Empleo de Madrid.

 

La presente resolución se ajusta a la normativa que le es de aplicación, en concreto la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, aprobada por Acuerdo del Pleno, de 30 de octubre de 2013.

 

Dadas las características de esta convocatoria, destinada a aquellas solicitudes de becas de ayuda al estudio ya presentadas al amparo de la misma, no se contempla un nuevo plazo de presentación de solicitudes.

 

En los presupuestos de la Agencia para el Empleo para el año 2024, en el momento de tramitación del presente expediente, existe crédito disponible con arreglo a los siguientes importes y aplicaciones:

Partida

Importe

G/241.03/482.01

521.746,00 €

G/23201/48201

136.225,40 €

De conformidad con la propuesta formulada por la Subdirección General de Políticas Activas de Empleo, de fecha 29 de abril de 2024 relativa a la modificación de la convocatoria, reajuste de anualidades y autorización del gasto de becas de ayudas al estudio para las personas participantes en las acciones de formación para el empleo cuya finalización se produzca del 1 de septiembre de 2022 al 31 de agosto de 2023, ambos incluidos, que fue publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid el 2 de junio de 2023 (BOAM número 9.396) y en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el 7 de junio de 2023 (BOCM número 134), así como en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, Id: 695749, 695750 Y 695752.

 

De acuerdo con lo expuesto, en virtud de lo establecido en los artículos 15.1 b) y n) de los Estatutos de la Agencia para el Empleo de Madrid (BOCM núm. 154/2004, de 30 de junio),

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Aprobar la modificación de la convocatoria de becas de ayudas al estudio para las personas participantes en las acciones de formación para el empleo cuya finalización se produzca del 1 de septiembre de 2022 al 31 de agosto de 2023, ambos incluidos, aprobada por resolución el 17 de mayo de 2023 y publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid el 2 de junio de 2023 en los artículos, apartados y párrafos que se citan a continuación y que quedan redactados en los siguientes términos:

 

Artículo 2.- Financiación.

 

1.- Las becas de ayuda al estudio que se concedan al amparo de esta convocatoria se imputarán a las siguientes aplicaciones presupuestarias del Presupuesto de la Agencia para el Empleo de Madrid de los ejercicios 2023 y 2024:

 

503/140/241.03/482.01 "Becas" Políticas Activas de Empleo Municipales.

503/140/232.01/482.01 "Becas" Fondo I de Reequilibrio Territorial.

503/140/241.66/482.01 "Becas" NGEU. Itinerarios de Inclusión Social.

 

El crédito destinado a esta convocatoria asciende a un total de setecientos setenta y cinco mil euros (775.000 €).

 

Se destinará un crédito inicial de cuatrocientos cincuenta mil euros (450.000 €) de los créditos disponibles con cargo a la aplicación presupuestaria 503/140/241.03/482.01, un importe de ciento setenta y cinco mil euros (175.000 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 503/140/232.01/482.01 y un importe de ciento cincuenta mil euros (150.000 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 503/140/241.66/482.01, estando financiada esta aplicación presupuestaria por la Unión Europea-NextGenerationEU.

 

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