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BOAM nº 5825 (20/06/2008)
Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública

1971

Decreto de 12 de junio de 2008 del Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública por el que se convoca proceso selectivo para la constitución de una bolsa de trabajo de funcionarios interinos en la categoría de Técnico Auxiliar de Transporte Sanitario.

Por la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos se ha formulado propuesta de convocatoria de proceso selectivo para la constitución de una bolsa de trabajo en la categoría de Técnico Auxiliar de Transporte Sanitario. Dicha bolsa tienen como finalidad la selección de funcionarios interinos en defecto de lista de espera resultante de proceso selectivo convocado en dicha categoría, de conformidad con lo previsto en el apartado V) 2) del vigente Acuerdo Ayuntamiento de Madrid-Sindicatos para la modernización y mejora de la Administración Municipal y de las condiciones de trabajo de los empleados municipales, aprobado por Acuerdo de la Junta de Gobierno de 11 de noviembre de 2005.

 

Corresponde al titular del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública la competencia para convocar, aprobar las bases y resolver las convocatorias de selección de personal, de conformidad con lo establecido en el artículo 3.3.2.i) del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de 5 de junio de 2008, por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública y se delegan competencias en su titular y en los titulares de sus órganos directivos.

 

En consecuencia, en uso de las competencias delegadas en el artículo 3.3.2.i) del mencionado Acuerdo de la Junta de Gobierno de 5 de junio de 2008,

 

DISPONGO

 

Primero.- Convocar un proceso selectivo para la constitución de una bolsa de trabajo de funcionarios interinos del Ayuntamiento de Madrid en la categoría de Técnico Auxiliar de Transporte Sanitario. La presente convocatoria se regirá por las bases que se incorporan como Anexo a este Decreto.

 

Segundo.- El plazo de admisión de instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo será de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del presente Decreto en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

- Recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que ha dictado el presente Decreto, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación del mismo en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

 

Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se dicte y notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo, pudiendo en este caso interponer contra la desestimación presunta recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de seis meses.

 

- Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación del presente Decreto en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

En ambos casos, el recurso se interpondrá ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquél (artículos 8.1. y 14.1.2ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

 

Todo ello sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente (artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

 

Madrid, a 12 de junio de 2008.- El Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública, Juan Bravo Rivera.

 

ANEXO

 

BASES QUE HAN DE REGIR EL PROCESO SELECTIVO PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE FUNCIONARIOS INTERINOS DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID EN LA CATEGORÍA DE TÉCNICO AUXILIAR DE TRANSPORTE SANITARIO.

 

1. NORMAS GENERALES.

 

1.1. Se convoca proceso selectivo para la constitución de una bolsa de trabajo en la categoría de Técnico Auxiliar de Transporte  Sanitario  al objeto de nombrar funcionarios interinos por razones de necesidad y urgencia cuando la prestación del servicio no sea posible con funcionarios de carrera del Ayuntamiento de Madrid.

 

1.2. Las plazas objeto de convocatoria se encuadran el la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, clase Cometidos Especiales y corresponden al grupo C, subgrupo C1 de titulación de los previstos en el artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

 

Corresponde a los titulares de estas plazas el desempeño de las funciones propias de su categoría en el Servicio de Emergencia Extrahospitalaria SAMUR-Protección Civil, así como las funciones contempladas en el Manual de Procedimientos del Servicio vigentes en cada momento:

 

- La responsabilidad en la conducción del vehículo asignado.

- La responsabilidad en la revisión mecánica del vehículo, previa al inicio del servicio, y de la comunicación de las deficiencias detectadas durante su turno de trabajo, así como del repostaje del vehículo tras finalizar la guardia.

- La responsabilidad en la revisión y reposición del habitáculo asistencial en ambulancias de Soporte Vital Básico y de transporte psiquiátrico, incluyendo la recogida del material especial designado por la Dirección (electromedicina, comunicaciones, etc.) que será entregado al inicio de la guardia. Al finalizar su turno deberá devolver el material especial y dejar la unidad apta para su utilización.

- Colaborar en la revisión, reposición y limpieza de las Unidades de Soporte Vital Avanzado, bajo la supervisión del responsable de la Unidad.

- La responsabilidad en las Unidades de Soporte Vital Básico y de Transporte Psiquiátrico, de la asistencia in situ e in itinere a pacientes, conforme a los procedimientos correspondientes del Servicio.

- La responsabilidad en la operatividad de la Unidad de Soporte Vital Básico y de transporte psiquiátrico durante el servicio, dando cumplimiento a las instrucciones emanadas de la central de comunicaciones.

- La responsabilidad de las comunicaciones y en la comunicación correcta de las claves operativas atendiendo, en el caso de Unidad de Soporte Vital Avanzada a las indicaciones del máximo responsable del equipo.

- El apoyo técnico al Soporte Vital Avanzado en el ámbito de sus competencias, bajo las indicaciones del responsable de la unidad y realizando las técnicas sanitarias delegadas por el Diplomado en Enfermería.

 

- Realizar las tareas en la estación de comunicaciones:

a) Control y atención de la consola de radiocomunicaciones.

b) Manejo de líneas cabeza-cola.

c) Análisis de llamadas enviando recursos idóneos bajo la supervisión del el responsable correspondiente.

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