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BOAM nº 5897 (27/02/2009)
Distrito de Fuencarral-El Pardo

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Decreto de 19 de enero de 2009 de la Concejala Presidenta del Distrito de Fuencarral-El Pardo por el que se aprueban las bases por las que se regirá la convocatoria de Subvenciones de Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana para la anualidad 2009.

La Concejala Presidenta del Distrito de Fuencarral-El Pardo, en virtud de las competencias delegadas por Acuerdo de 18 de junio de 2007, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid en los Concejales Presidentes de los Distritos, ha adoptado la siguiente Resolución mediante Decreto de 19 de enero de 2009:

 

PRIMERO: Aprobar las Bases por las que se regirá la convocatoria pública para la concesión de Subvenciones de Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana del Distrito de Fuencarral-El Pardo para la anualidad 2009, de conformidad con los artículos 46 y 47 del Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Madrid, aprobado definitivamente por Acuerdo Plenario de 31 de mayo de 2004; con el artículo 10 de la Ordenanza Reguladora de las Subvenciones de Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Madrid, aprobada definitivamente por Acuerdo Plenario de fecha 20 de diciembre de 2007, en relación con el artículo 9.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como con el Capítulo VI (artículos 34 a 43) de las Bases de Ejecución del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid correspondientes al año 2009.

 

SEGUNDO: Aprobar el gasto correspondiente a las subvenciones que se concedan al amparo de esta convocatoria, por un importe total de ochenta mil euros (80.000,00 euros), de acuerdo al siguiente desglose presupuestario: setenta mil euros (70.000,00 euros), con cargo a la partida 2009/1/001/208/463.02/489.01 "Otras transferencias a instituciones sin fines de lucro", del Programa "Participación Ciudadana", del Presupuesto de Gastos del ejercicio 2009 y diez mil euros (10.000,00 euros), con cargo a la partida 2009/1/001/208/463.02/789.01 "Otras transferencias de capital a instituciones sin fines de lucro", del Programa "Participación Ciudadana", del Presupuesto de Gastos del ejercicio 2009.

 

TERCERO: Ordenar la publicación de la presente convocatoria pública en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de conformidad con el artículo 46 del Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Madrid y con el artículo 10 de la Ordenanza Reguladora de las Subvenciones de Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Madrid anteriormente citados.

 

Madrid, a 19 de enero de 2009.- La Concejala Presidenta del Distrito de Fuencarral-El Pardo, Elena González Moñux.

 

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DE FOMENTO DEL ASOCIACIONISMO Y LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL DISTRITO DE FUENCARRAL-EL PARDO PARA 2009.

 

Por acuerdo plenario de 20 de diciembre de 2007 se aprobó definitivamente la Ordenanza Reguladora de las Subvenciones para el Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Madrid, cuyo texto fue publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 12, de 15 de enero de 2008. En el marco jurídico de esta Ordenanza, se efectúa la Convocatoria de las Subvenciones de Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana del año 2009, con arreglo a las siguientes especificaciones:

 

Artículo 1.- Objeto y ámbito de la convocatoria.

 

El Ayuntamiento de Madrid, a través del Distrito de Fuencarral-El Pardo, efectúa esta Convocatoria pública de Subvenciones de Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana para el año 2009. La Convocatoria se dirige a todas las Asociaciones de base que tengan su domicilio social en este Distrito y estén inscritas y declaradas de utilidad pública municipal en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid, y que cumplan los requisitos establecidos en la Ordenanza Municipal Reguladora.

 

Artículo 2.- Modalidades de Subvención.

 

La presente convocatoria se refiere a las siguientes modalidades de subvención:

 

Proyectos para financiar operaciones corrientes que realicen las entidades ciudadanas durante el año 2009, que impliquen participación y que tengan un carácter complementario respecto de los objetivos y competencias municipales.

 

Asimismo, podrán presentarse proyectos asociativos propios de los fines de las Asociaciones del Distrito, que coadyuven con las competencias municipales, en los distintos sectores de actuación.

 

Gastos a realizar en el año 2009 relativos a alquiler y adquisición de mobiliario y equipamiento informático de las sedes sociales necesarios para el correcto funcionamiento de la entidad.

 

Estas modalidades se dirigen a las Asociaciones, que se encuentren inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento y declaradas de Utilidad Pública Municipal, en los términos establecidos en el Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana aprobado por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 31 de mayo de 2004.

 

Artículo 3.- Principios inspiradores y régimen jurídico.

 

La presente convocatoria se rige por los principios y con arreglo al régimen jurídico previsto en los artículos 2 y 3 de la Ordenanza Reguladora.

 

Artículo 4.- Financiación.

 

Las subvenciones que se concedan al amparo de esta convocatoria, conforme a la Ordenanza Reguladora, en régimen de concurrencia competitiva, se imputarán al crédito recogido en las siguientes partidas:

 

A la partida 2009/1/001/208/463.02/489.01 "Otras transferencias a instituciones sin fines de lucro" del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid para 2009, el importe destinado a las subvenciones para proyectos (operaciones corrientes) y gastos de alquiler.

 

A la partida 2009/1/001/208/463.02/789.01 "Otras transferencias de capital a instituciones sin fines de lucro" del Presupuesto Municipal para 2009, el importe destinado a las subvenciones para gastos de adquisición de mobiliario y equipamiento informático.

 

El importe total destinado a esta convocatoria asciende a ochenta mil euros (80.000,00 euros). Para la modalidad a) "Proyectos" se destinarán cincuenta y ocho mil quinientos euros (58.500,00 euros). Para la modalidad b) "Gastos de alquiler y adquisición de mobiliario y equipamiento informático de las sedes sociales" se destinarán veintiún mil quinientos euros (21.500,00 euros), de los que once mil quinientos euros (11.500,00 euros) financiarán gastos de alquiler y diez mil euros (10.000,00 euros) se destinarán a sufragar gastos de adquisición de mobiliario y equipamiento informático. No obstante, dichas cantidades se podrán modificar en función del resultado de la propuesta de resolución definitiva que formule la Comisión de Valoración.

 

En cualquier caso, la concesión de subvenciones queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución.

 

Artículo 5.- Requisitos de las Entidades.

 

Las Entidades Ciudadanas solicitantes deberán reunir los requisitos que se especifican en el artículo 5 de la Ordenanza Reguladora.

 

Dichos requisitos deberán cumplirse en la fecha en que termine el plazo de presentación de las solicitudes de subvención, debiéndose mantener todos ellos a lo largo del año 2009. No se admitirán a trámite las solicitudes de subvención de las Entidades que no cumplan todos los requisitos en dicha fecha.

 

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