Saltar navegación

BOAM nº 9260 (10/11/2022)
Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias

3185

Resolución de 8 de noviembre de 2022 del Director General de Emergencias y Protección Civil por la que se dispone el nombramiento como funcionarios de carrera de los/las aspirantes que han superado el proceso selectivo convocado para proveer 30 plazas de Médico/a de Medicina General del Ayuntamiento de Madrid para el Servicio de Emergencia Extrahospitalaria SAMUR-Protección Civil.

Mediante Decreto del Delegado del Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias de 12 de marzo de 2019 (BOAM número 8.357, de 14 de marzo de 2019), fueron convocadas pruebas selectivas para proveer, 30 plazas de Médico/a de Medicina General del Ayuntamiento de Madrid para el Servicio de Emergencia Extrahospitalaria SAMUR-Protección Civil.

 

Concluido el procedimiento de selección, el Coordinador General de Seguridad y Emergencias ha dispuesto, por Resolución de 25 de mayo de 2022, la publicación en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» de la relación de aprobados del proceso selectivo (BOAM número 9.149 de 1 de junio de 2022), habiéndose aportado por los aspirantes la documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria para su nombramiento como funcionarios de carrera.

 

Corresponde al titular de la Dirección General de Emergencias y Protección Civil, conforme determina el artículo 9.1.1 del Acuerdo de 27 de junio de 2019, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias, la competencia para nombrar a los funcionarios de carrera de Bomberos y de SAMUR-Protección Civil del Ayuntamiento de Madrid.

 

En virtud de lo expuesto, de conformidad con la propuesta efectuada por el Tribunal Calificador nombrado por Decreto de 3 de febrero de 2020 de la Delegada del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias,

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Nombrar funcionarios de carrera en la categoría de Médico/a de Medicina General del Ayuntamiento de Madrid, para el Servicio de Emergencia Extrahospitalaria SAMUR-Protección Civil a los 30 aspirantes que se relacionan en el Anexo de esta resolución, ordenados de acuerdo con la puntuación final obtenida, con indicación de los puestos que se les adjudican. Ello de conformidad con la propuesta formulada por el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas convocadas por Decreto de 12 de marzo de 2019, del Delegado del Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias, para proveer 30 plazas de esta categoría, las cuales están encuadradas en la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Grupo A, Subgrupo A1, de las establecidos en el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

 

SEGUNDO.- Los efectos de esta resolución serán los de la toma de posesión, prevista para el día 11 de noviembre de 2022, a las 09:30 horas, en las dependencias de la Subdirección General de SAMUR-Protección Civil, Ronda de las Provincias, 7, 28011 Madrid.

 

Todo ello sin perjuicio de que puedan tomar posesión en el plazo de un mes, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 62.1.c) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, que establece que para adquirir la condición de funcionario de carrera deberán prestar acto de acatamiento a la Constitución, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, por el que se establece la fórmula de juramento en cargos y funciones públicas, y tomar posesión de sus destinos en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid». Transcurrido el plazo de un mes, los/las aspirantes que no hayan tomado posesión perderán todos los derechos adquiridos durante el proceso selectivo, quedando anuladas todas sus actuaciones.

 

TERCERO.- Hacer pública la presente resolución en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid (www.madrid.es).

 

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

I.- Recurso potestativo de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó la resolución en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de la notificación o publicación de la presente resolución, o bien, directamente recurso contencioso administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de la notificación o publicación de la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC) y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).

 

II.- Contra la resolución expresa del recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de la resolución del recurso (artículos 123 apartado 2.º y 124 LPAC y 46 LJCA).

 

III.- Si en el plazo de un mes desde la interposición del recurso de reposición no ha recaído resolución expresa, se entenderá desestimado y podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de seis meses contados desde el día siguiente a aquél en que haya terminado el plazo para resolver expresamente el recurso de reposición (artículos 124 y 24 LPAC y 46 LJCA).

 

IV.- Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime procedente (artículo 40.2 LPAC).

 

Madrid, a 8 de noviembre de 2022.- El Director General de Emergencias y Protección Civil, Enrique López Ventura.

Subir Bajar