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BOAM nº 7980 (30/08/2017)
Distrito de Usera

1849

Decreto de 28 de agosto de 2017 de la Concejala Presidenta del Distrito de Usera por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones 2017 a centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos del Distrito de Usera para proyectos de innovación educativa que supongan una mejora del servicio educativo que prestan y que favorezcan la compensación de desigualdades socioeducativas y culturales.

En el marco delimitado por la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, aprobada por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 30 de octubre de 2013, publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 278, de 22 de noviembre de 2013 (en adelante, OBRS), la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante, LGS), el Reglamento General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (en adelante, RGS), y, en virtud de lo establecido en el Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de los Distritos, se aprueba la convocatoria pública para la concesión de subvenciones a los centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos del Distrito de Usera para la realización de proyectos de innovación educativa que supongan una mejora del servicio educativo que prestan y que favorezcan la compensación de desigualdades socioeducativas y culturales, con arreglo a las siguientes especificaciones.

 

En el mismo sentido, el Plan Estratégico de Subvenciones del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo 2016-2018, aprobado por el Decreto de 21 de julio de 2016 de la Delegada del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo, modificado por Decretos de 5 de diciembre de 2016, de 13 de febrero de 2017 (rectificado por Decreto de 22 de febrero de 2017), de 11 de abril de 2017, de 12 de mayo de 2017 y de 23 de mayo de 2017, establece la línea de subvención 5.20 en materia de educación del Distrito de Usera, que comprende tres tipos de subvención a gestionar por el mismo previstas en el Objetivo Estratégico de Educación. Entre ellas, las subvenciones a centros educativos sostenidos con fondos públicos del Distrito de Usera para el desarrollo de proyectos de innovación que incidan en la mejora del servicio educativo mediante la actualización permanente de la práctica pedagógica de los docentes a fin de adecuarse a la realidad del alumnado y su entorno.

 

ARTÍCULO 1. OBJETO Y ÁMBITO DE LA CONVOCATORIA.

 

La Concejala Presidenta del Distrito de Usera, a través de la Coordinación del Distrito, dentro de los créditos consignados en el Presupuesto vigente del Ayuntamiento de Madrid para el año 2017, convoca la concesión de subvenciones a favor de los centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos del Distrito de Usera, para la realización de proyectos de innovación educativa que supongan una mejora del servicio educativo que prestan y que favorezcan la compensación de desigualdades socioeducativas y culturales.

La finalidad de estas subvenciones es, en último término, compensar los déficits educativos y las carencias de la población escolar del Distrito de Usera, debido a la alta vulnerabilidad social y económica de gran parte de la misma, según las prioridades incluidas en el Plan Estratégico de Subvenciones del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo 2016-2018, aprobado por el Decreto de 21 de julio de 2016 de la Delegada del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo, modificado por Decretos de 5 de diciembre de 2016, de 13 de febrero de 2017 (rectificado por Decreto de 22 de febrero de 2017), de 11 de abril de 2017, de 12 de mayo de 2017 y de 23 de mayo de 2017.

Las ayudas que se exponen en las presentes bases tienen por finalidad apoyar las iniciativas encaminadas a mejorar la calidad de la enseñanza y la participación educativa en los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos del Distrito de Usera mediante la concesión de ayudas económicas que financien los proyectos de la comunidad escolar que se ejecuten durante el curso 2017-2018.

Por lo expuesto, la presente convocatoria se dirige únicamente a los centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos del Distrito de Usera para la realización de proyectos de innovación educativa para el curso 2017-2018. Esta limitación permite que el principio de publicidad se cumpla con la notificación de las bases y convocatoria a todos y cada uno de los centros susceptibles de ser solicitantes. Asimismo, serán publicadas en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la sede electrónica, sección trámites y gestiones (https://sede.madrid.es), y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, según el artículo 20 de LGS.

 

ARTÍCULO 2. OBJETIVOS, EFECTOS QUE SE PRETENDEN CONSEGUIR E INDICADORES DE EVALUACIÓN.

 

1. Los objetivos y efectos que se pretenden alcanzar con esta convocatoria, así como sus respectivos indicadores son los siguientes:

OBJETIVO N.º 1: Mejorar la calidad educativa en el distrito mediante la actualización permanente de la práctica pedagógica de los docentes para adecuarse a la realidad del alumnado y su entorno.

Indicador de actividad:

Número de centros participantes en la convocatoria.

Meta: 18.

Indicador de resultado:

Número de proyectos subvencionados.

Meta: 18.

Indicador de satisfacción con el proyecto:

Actividad: Número de cuestionarios cumplimentados.

Meta: 60% participantes.

Resultados: Porcentaje de satisfechos.

Meta: 70% de satisfechos entre los encuestados.

OBJETIVO N.º 2: Facilitar la incorporación en los centros educativos de proyectos que promuevan la innovación en sus diferentes ámbitos, didácticos, metodológicos y curriculares, mediante el uso de herramientas más actuales, estableciendo como eje transversal la participación del alumnado, respetando las diferentes capacidades, intereses, talentos y ritmos de aprendizaje.

Indicador de actividad:

Número de docentes participando en proyectos de innovación Meta: 54 (3 por cada proyecto subvencionado).

Indicador de resultado:

Número de alumnos/as destinatarios de los proyectos.

Meta: 600.

2. Los centros educativos deberán especificar la cuantía de la subvención concedida en la resolución y hacer uso de los dos indicadores del objetivo n.º 2, con la finalidad de poder evaluar los resultados obtenidos. Cada indicador deberá acompañarse de la correspondiente fuente de verificación.

3. Las fuentes de verificación que aportarán los centros educativos para medir los resultados señalados en cada indicador serán: facturas o documentos acreditativos del gasto realizado por el centro educativo durante el curso escolar 2017/2018. Se acompañará relación detallada de los gastos generados durante el citado curso y de las facturas, indicando la cantidad total a la que ascienden. Las facturas, selladas y firmadas por el proveedor, deberán estar necesariamente conformadas por el centro educativo.

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