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BOAM nº 9593 (15/03/2024)
Distrito de Barajas

855

Decreto de 6 de marzo de 2024 del Concejal Presidente del Distrito de Barajas por el que se aprueba la convocatoria de gestión de la Instalación Deportiva Básica José Luis Sánchez Juez.

ANTECEDENTES DE HECHO

 

Primero.- La ciudad de Madrid dispone de un gran número de instalaciones deportivas básicas con cerramiento, de diferentes tipologías, destinadas principalmente a las personas residentes de cada distrito. La gestión de estas instalaciones se ha venido desarrollando en la ciudad de Madrid mediante diversas modalidades.

 

En el Ayuntamiento de Madrid, el Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana de 31 de mayo de 2004, dedica el capítulo II del título III al fomento del asociacionismo, estableciendo en su artículo 35 que el Ayuntamiento debe fomentar y apoyar el asociacionismo y el voluntariado, utilizando para ello diversos medios jurídicos y económicos, a través de ayudas, subvenciones, convenios y cualquier otra fórmula de colaboración que resulte adecuada para esta finalidad.

 

En esta línea, dado el carácter transversal de los principios que enmarcan el concepto de deporte, ligados a la protección de la salud y al ámbito educativo que deben ser impulsados en sus diversas facetas, el Ayuntamiento de Madrid tiene en cuenta a las asociaciones deportivas, en aras de fomentar la igualdad y la no discriminación en el contexto de una sociedad democrática y pluralista.

 

Es por ello que, con el objetivo de proporcionar progresivamente esta nueva orientación a la gestión a estas instalaciones, se ha trabajado en un modelo basado en el fomento y colaboración con las entidades sin ánimo de lucro, con el objetivo de aprobar una normativa que permitiera, entre otros aspectos, definir nuevos mecanismos para necesidades detectadas y no suficientemente cubiertas por el sector público, como la que nos ocupa y para las que las iniciativas sociales serán clave en cuanto den respuesta a nuevas actividades que respondan a los retos y requerimientos de las sociedades actuales.

 

Segundo.- Por Acuerdo de 30 de mayo de 2018 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid se aprobó la Ordenanza de Cooperación Público-Social (en adelante, OCPS), entrando en vigor el día 14 de junio de 2018 (publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid 13/06/2018).

 

La ordenanza cumple el objetivo (artículo 1) de regular la cooperación público-social en la ciudad de Madrid, entendida como las distintas formas de colaboración entre la ciudadanía y entidades y colectivos ciudadanos sin ánimo de lucro y el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos públicos para el desarrollo de actividades de interés común para ambos, que conlleven la generación de un beneficio general.

 

En esa senda el Ayuntamiento de Madrid promoverá la cooperación público-social para el desarrollo de actividades de interés general, distintas de la prestación de servicios públicos, que, dentro de sus competencias, redunden en el beneficio general o común. Entre los ámbitos que abarcan estas actividades se encuentra la promoción del deporte para el desarrollo de los valores personales y sociales y de la ocupación del tiempo libre, como instrumentos para la cohesión social y el desarrollo comunitario y reequilibrio territorial del distrito a través de la dinamización e integración social y el fomento de valores cívico-sociales.

 

Todas aquellas acciones que vayan encaminadas a establecer procesos de cooperación público-social habrán de prever que estos se desarrollen permitiendo la máxima participación y concurrencia de toda la ciudadanía y de las entidades y colectivos ciudadanos sin ánimo de lucro que así lo deseen. Con carácter general, la selección de proyectos se realizará a través de la convocatoria de un proceso de pública concurrencia (artículos 5.b) y 19.2 OCPS).

 

Tercero.- La Ordenanza determina un procedimiento de selección de propuestas para este tipo de procesos de cooperación público social en su artículo 19.

 

Cuarto.- En consecuencia, al amparo de esta normativa municipal de carácter general que establece la regulación jurídica de un sistema de colaboración público social aplicable a los espacios públicos deportivos de proximidad, se establece la necesidad existente en el Distrito de Barajas de iniciar los trámites para la gestión de la Instalación Deportiva Básica "José Luis Sánchez Juez" (calle Bahía de Málaga, número 5).

 

La finalidad de esta convocatoria es seleccionar mediante un proceso de pública concurrencia el proyecto de gestión más idóneo para la Instalación Deportiva Básica "José Luis Sánchez Juez", calle Bahía de Málaga, número 5).

 

FUNDAMENTOS DE DERECHO

 

Primero.- Corresponde al Concejal Presidente del Distrito autorizar el uso de espacios públicos de proximidad para el desarrollo de actividades deportivas en la modalidad de gestión, de acuerdo con lo dispuesto en el ordinal 4.º, apartado 6.2, del Acuerdo de 29 de junio de 2023, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de los Distritos.

 

Segundo.- Será de aplicación la OCPS, que regula la gestión de actividades de cooperación público social, y establece el procedimiento de selección de propuestas mediante la convocatoria de un proceso de pública concurrencia.

 

Tercero.- La gestión del citado espacio público deportivo de proximidad para el desarrollo de actividades deportivas en el ámbito de la cooperación público-social se llevará a cabo conforme a lo establecido en las bases de la convocatoria, en la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas, el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1372/1986, de 13 junio, así como en la restante legislación vigente en materia patrimonial, y conforme a lo previsto en las directrices e instrucciones emanadas del Ayuntamiento de Madrid.

 

En concreto, la ocupación de este espacio se instrumentará a través de la correspondiente autorización demanial según lo previsto en las bases de la convocatoria, los artículos 92 y siguientes de la mencionada Ley del Patrimonio de las Administraciones Públicas.

 

En consecuencia, por todo lo anteriormente expuesto,

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Convocar la gestión de la Instalación Deportiva Básica "José Luis Sánchez Juez" (calle Bahía de Málaga, número 5), de conformidad con el procedimiento de pública concurrencia determinado por el artículo 19 de la Ordenanza de Cooperación Público-Social del Ayuntamiento de Madrid.

 

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