Saltar navegación

BOAM nº 10003 (11/11/2025)
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda

4160

Resolución de 6 de noviembre de 2025 del Director General de Planificación de Recursos Humanos por la que se rectifica error material advertido en la Resolución de 31 de octubre de 2025, que modifica el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para proveer, mediante turno libre, 54 plazas de personal funcionario de carrera de la categoría de Monitor/a Deportivo/a del Ayuntamiento de Madrid.

Mediante Resolución de 31 de octubre de 2025 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (BOAM núm. 10.000, de 5 de noviembre de 2025) se modificó el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para proveer, mediante turno libre, 54 plazas de personal funcionario de carrera de la categoría de Monitor/a Deportivo/a del Ayuntamiento de Madrid.

 

Habiéndose advertido error material en la citada Resolución de 31 de octubre de 2025 del Director General de Planificación de Recursos Humanos y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Rectificar el error advertido en la parte dispositiva de la Resolución de 31 de octubre de 2025 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (BOAM núm. 10.000, de 5 de noviembre de 2025) que modificó el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para proveer, mediante turno libre, 54 plazas de personal funcionario de carrera de la categoría de Monitor/a Deportivo/a del Ayuntamiento de Madrid, en los siguientes términos:

 

En la parte dispositiva, apartado primero, segundo párrafo, donde dice:

 

"presidenta".

 

Debe decir:

 

"vocal".

 

SEGUNDO.- La presente resolución se publicará en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la Sede Electrónica (www.madrid.es).

 

Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa podrán interponerse los recursos que se indican a continuación:

 

I. Recurso potestativo de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó la resolución, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de la publicación, en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).

 

II. Contra la resolución expresa del recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de la resolución del recurso (artículos 123, apartado 2.º, y 124 LPAC y 46 LJCA).

 

III. Si en el plazo de un mes desde la interposición del recurso de reposición no ha recaído resolución expresa, se entenderá desestimado y podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a aquel en que haya terminado el plazo para resolver expresamente el recurso de reposición (artículos 124 y 24 LPAC y 46 LJCA).

 

IV. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 LPAC).

 

Madrid, a 6 de noviembre de 2025.- El Director General de Planificación de Recursos Humanos, Antonio Sánchez Díaz.

Subir Bajar