BOAM nº 6180 (11/05/2010)
Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública
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Decreto de 5 de mayo de 2010 del Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública por el que se rectifica el error material advertido en el Decreto de 26 de abril de 2010 por el que se aprueban las bases específicas que regirán la convocatoria de pruebas selectivas para el acceso a la categoría de Educador de Menores, del Ayuntamiento de Madrid y se convocan plazas de dicha categoría.Mediante Decreto de 26 de abril de 2010 del Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública se aprobaron las bases específicas que regirán la convocatoria de pruebas selectivas para el acceso a la categoría de Educador de Menores del Ayuntamiento de Madrid y se convocan plazas de dicha categoría.
Advertido error material en el referido Decreto, de conformidad con lo establecido en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en uso de la competencia atribuida en la disposición adicional segunda del apartado tres, párrafo segundo, del Acuerdo de 5 de junio de 2008 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública y se delegan competencias en su titular y en los titulares de sus órganos directivos,
DISPONGO
Rectificar el error material advertido en el Decreto de 26 de abril de 2010 por el que se aprobaron las bases específicas que regirán la convocatoria de pruebas selectivas para el acceso a la categoría de Educador de Menores del Ayuntamiento de Madrid y se convocan plazas de dicha categoría, en el siguiente sentido:
En el Anexo del Decreto, Base específica quinta, apartado 5.1., Segundo ejercicio, donde dice: "Tras la lectura pública del ejercicio y, en su caso, el posterior diálogo con el opositor, los aspirantes serán calificados por cada miembro del Tribunal con una puntuación entre cero y diez puntos. Posteriormente la suma de todas las calificaciones se dividirá entre el número de asistentes del Tribunal, siendo el cociente resultante la calificación definitiva de este ejercicio ( )".
Debe decir: "Los aspirantes serán calificados por cada miembro del Tribunal con una puntuación entre cero y diez puntos. Posteriormente la suma de todas las calificaciones se dividirá entre el número de asistentes del Tribunal, siendo el cociente resultante la calificación definitiva de este ejercicio ( )".
Madrid, a 5 de mayo de 2010.- El Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública, Juan Bravo Rivera.