BOAM nº 5780 (02/11/2007)
Distrito de Villa Vallecas
2711
Decreto de 10 de mayo de 2007 del Concejal Presidente del Distrito de Villa de Vallecas por el que se deniega la autorización de instalación de un puesto en el mercadillo a doña María del Carmen Bermúdez Fernández.El Concejal Presidente del Distrito de Villa de Vallecas, mediante Decreto de fecha 10 de mayo de 2007, y en virtud de las atribuciones conferidas por delegación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid mediante Resolución dictada el 27 de julio de 2006, ha dispuesto lo siguiente:
"Denegar a María del Carmen Bermúdez Fernández la autorización solicitada para instalación de puesto en mercadillo en calle Sierra Gorda sin número, ya que en la relación de situados aprobada por el Pleno de la Junta Municipal del Distrito de Villa de Vallecas en fecha 24 de julio de 2006 y publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de fecha 7 de septiembre de 2006 no se ha incluido ninguna vacante de las características de la solicitada, todo ello en virtud de lo establecido en el Título II de la Ordenanza Reguladora de la Venta Ambulante de 27 de marzo de 2003.
Lo que le notifico para su conocimiento y efectos, advirtiéndole que contra la expresada resolución podrá interponer los recursos que se indican:
I.- Recurso potestativo de reposición, ante el Concejal Presidente del Distrito de Villa de Vallecas, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con la siguiente normativa:
- Con carácter general: Artículos 107 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común .
- En especial, para actos sobre aplicación y efectividad de los tributos locales y restantes ingresos de derecho público: Disposición Adicional Quinta de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
II.- Directamente, recurso contencioso-administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
III.- Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente".
Madrid, a 10 de Mayo de 2007.- El Concejal Presidente del Distrito de Villa de Vallecas, Ángel Garrido García.