BOAM nº 6063 (16/11/2009)
Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública
2190
Decreto de 12 de noviembre de 2009 del Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública por el que se modifica la ubicación de las Oficinas de Registro de la Oficina de Atención al Ciudadano “Línea Madrid” de Chamberí y de la Oficina Central de Atención al Ciudadano.Mediante Decreto del Alcalde de 17 de enero de 2005, se definieron los criterios generales de la atención al ciudadano en el Ayuntamiento de Madrid, estableciendo la organización y funcionamiento del Registro.
Con objeto de mejorar la calidad en la atención al ciudadano, se considera necesario un cambio en la ubicación de las Oficinas de Registro de la Oficina de Atención al Ciudadano "Línea Madrid" de Chamberí y de la Oficina Central de Atención al Ciudadano.
En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 13.2 del Decreto del Alcalde de 17 de enero de 2005, por el que se regula la Atención al Ciudadano en el Ayuntamiento de Madrid,
DISPONGO
Primero.- Modificar la ubicación de la Oficina de Registro de la Oficina de Atención al Ciudadano "Línea Madrid" de Chamberí, cuya nueva dirección se establece en la avenida de Reina Victoria, 7, manteniendo el mismo horario de atención al público: los días laborables, de lunes a jueves de 9:00 a 17:00 horas, los viernes y durante el mes de agosto de 9:00 a 14:00 horas, permaneciendo cerrada los días 24 y 31 de diciembre.
El cambio de ubicación de esta Oficina de Registro será efectivo desde el 16 de noviembre de 2009.
Segundo.- Modificar la ubicación de la Oficina de Registro de la Oficina Central de Atención al Ciudadano, cuya nueva dirección se establece en la avenida de Reina Victoria, 7, manteniendo el mismo horario de atención al público: los sábados no festivos y los días 24 y 31 de diciembre de 9:00 a 14:00 horas.
El cambio de ubicación de esta Oficina de Registro será efectivo desde el 21 de noviembre de 2009.
Tercero.- La relación actualizada de las Oficinas de Registro, que constituyen el sistema único del Registro General del Ayuntamiento de Madrid, se incorpora como Anexo al presente Decreto.
Cuarto.- Lo dispuesto en el presente Decreto surtirá efectos desde la fecha de su firma, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y de lo dispuesto en los apartados Primero y Segundo.
Madrid, a 12 de noviembre de 2009.- El Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública, Juan Bravo Rivera.