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BOAM nº 7654 (06/05/2016)
Distrito de San Blas-Canillejas

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Decreto de 6 de abril de 2016 de la Concejala Presidenta del Distrito de San Blas-Canillejas por el que se aprueba la convocatoria del VI Certamen de Teatro San Blas-Canillejas A ESCENA!

En virtud de las competencias delegadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 29 de octubre de 2015, se aprueba la convocatoria de la sexta edición del Certamen de Teatro San Blas-Canillejas A ESCENA! correspondiente a 2016, con arreglo a las siguientes especificaciones:

Desde el Distrito de San Blas-Canillejas se pone en marcha el "VI Certamen de Teatro San Blas-Canillejas A ESCENA!" para grupos aficionados de toda España, con el que se pretende fomentar la actividad teatral y poner en valor el trabajo y el interés por la escena de las personas que dedican su tiempo libre al teatro.

 

1.- OBJETO Y RÉGIMEN APLICABLE.

 

El Distrito de San Blas-Canillejas establece la convocatoria del "VI Certamen de Teatro San Blas-Canillejas A ESCENA!", en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos con el objeto de premiar los trabajos de los grupos de teatro aficionado considerados de mayor mérito. Todo ello, con la finalidad de fomentar la actividad teatral de los grupos o compañías no profesionales, ofreciendo a la ciudadanía la posibilidad de acercarse al teatro en su sentido más amplio.

El certamen se rige por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS), por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se regula el Reglamento de la Ley General de Subvenciones y la Disposición Adicional Primera de la Ordenanza de las Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013.

 

2.- REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN EL CERTAMEN.

 

Podrá presentarse a este VI Certamen cualquier grupo teatral, no profesional, que lo desee. El grupo deberá tener personalidad jurídica propia o estar respaldado por una entidad jurídica, a efectos del posible cobro de premios en metálico. Se aceptarán escuelas de teatro y/o de actores, asociaciones, ayuntamientos, centros educativos, instituciones de enseñanza (colegios e institutos), universidades, fundaciones u otros colectivos con la indicada personalidad.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el artículo 27 del Reglamento que la desarrolla (Real Decreto 887/2006 de 21 de julio), no podrán concurrir las personas incursas en alguna de las causas enumeradas en las citadas disposiciones.

No podrá existir vinculación laboral relacionada con el teatro entre la posible entidad de respaldo y el grupo.

 

3.- REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR LAS OBRAS.

 

Las obras presentadas deberán reunir los siguientes requisitos:

Cada grupo podrá presentar una o más obras. Podrán ser obras completas o conjunto de piezas cortas. Las obras completas no tendrán límite de duración. Si son piezas cortas unidas la duración total no será inferior a una hora ni superará las dos horas.

Si las obras precisasen permiso de la SGAE o abono de derechos de autor, ambos trámites deberán ser cubiertos previamente por el grupo.

Habrá libertad de estilo, autores, tema, contenidos, montaje, adaptación y puesta en escena, debiéndose representar las obras en lengua castellana.

Deberá de tenerse en cuenta que las obras se presentarán ante público, sin restricciones de edad, y con los medios propios de cada grupo.

Las obras se presentarán completas en formato DVD con nombre de la obra, autor, grupo y teléfono de contacto. La visibilidad y el sonido deberán de ser los adecuados para su valoración por el jurado. Si el sonido o la visibilidad de la grabación no permitiesen al jurado su valoración, el grupo será automáticamente eliminado. No obstante, no será objeto de valoración la calidad artística de la grabación en sí misma.

Se aceptarán grabaciones de ensayos sin vestuario y/o decorado. En dicho caso, se indicará en la memoria adjunta si la representación definitiva dispondrá de esos elementos que, por ahorro de medios u otros motivos, no figurasen en la grabación.

 

4.- PARTICIPACIÓN.

 

El plazo para la presentación de las obras se iniciará el día 9 de mayo y finalizará el 24 de mayo de 2016.

La documentación se presentará en un único sobre, indicando en el exterior "VI Certamen de Teatro San Blas-Canillejas A ESCENA!" y deberá dirigirse al Distrito de San Blas-Canillejas, a la Unidad de Actividades Culturales, Formativas y Deportivas, sita en la avenida de Arcentales, 28, 28022 Madrid (teléfonos 91 588 80 65/66), y podrán presentarse preferentemente en el Registro del Distrito de San Blas-Canillejas, en los restantes registros del Ayuntamiento de Madrid, en las Oficinas de Correos en los términos reglamentariamente establecidos o mediante las demás formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Dicha presentación también podrá efectuarse en los registros de otras Administraciones Públicas con los efectos previstos en ese mismo precepto.

La documentación deberá de contener:

Datos sobre la obra: título, autor, fechas de creación, duración, etc. 

Datos sobre el grupo: nombre, dirección o direcciones, teléfonos varios y dirección adecuada para contactos, razón social, elenco e historial, etc.

 

Nombre y CIF del grupo o, en su caso, de la entidad jurídica de respaldo, con fotocopia de documento suficiente que indique la personalidad jurídica del grupo o de la entidad que lo presente (por ejemplo: inscripción en el registro correspondiente, estatutos, acta, etc.).

Fotocopia de la autorización y del recibo de pago de derechos de autor, si procede.

Indicación exacta, en su caso, de si hay necesidades especiales de montaje (capacidad, etc.) que deban tenerse en cuenta para la segunda fase, en el caso de ser seleccionados.

Compromiso firmado de representar la obra el sábado 22 de octubre de 2016, en el caso de ganar el certamen.

Declaración responsable de no encontrarse incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el citado artículo 13 de la Ley General de Subvenciones y de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y del cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones.

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