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BOAM nº 9708 (03/09/2024)
Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias

2901

Resolución de 30 de agosto de 2024 del Director General de Policía Municipal por la que se aprueba la Instrucción que regula el acceso al Palacio de Cibeles.

Desde noviembre de 2007, el edificio Palacio de Cibeles ostenta la sede del Ayuntamiento de Madrid, siendo reconocido como bien de interés cultural con la categoría de monumento histórico. Con una extensión de más de 46.000 m2 distribuidos en dos fases, el edificio recibe anualmente la visita de más de 1,5 millones de personas. En su interior, prestan servicio alrededor de 900 trabajadores, tanto personal propio como externo al Ayuntamiento de Madrid, contribuyendo al dinamismo y funcionamiento cotidiano de este emblemático lugar.

 

La multifuncionalidad del Palacio de Cibeles se manifiesta en su diversidad de usos y actividades, siendo sede de algunos de los principales órganos de gobierno de la ciudad de Madrid, su interior alberga distintos espacios culturales y zonas dedicadas a eventos y restauración; esta compleja configuración demanda una variedad de herramientas organizativas que permitan conciliar las necesidades de protección y seguridad de los bienes y personas usuarias del edificio, con los principios de agilidad y coordinación esenciales para el adecuado funcionamiento de los servicios en el ofrecidos.

 

La integridad del Palacio de Cibeles se garantiza mediante la implementación de un conjunto avanzado de sistemas técnicos, además de personal altamente especializado en protección de infraestructuras. A pesar de estas medidas, y dada la naturaleza excepcional del edificio y los riesgos inherentes que debe afrontar, se hace imprescindible establecer un marco procedimental sólido que garantice esta seguridad. Por ello, mediante la presente resolución se aprueba la Instrucción por la que se establece el marco general que regula el acceso al Palacio de Cibeles.

 

En su elaboración se ha tenido en cuenta, por un lado, las disposiciones del Plan de Autoprotección del edificio y, por otro lado, su propio Plan de Seguridad. Ambos elementos se entrelazan para formar un enfoque integral que permita garantizar la seguridad y protección del patrimonio y las personas que convergen en este emblemático edificio.

 

Este documento persigue el objetivo de establecer un marco que, si bien no busca modificar sustancialmente la actual forma de proceder y autorizar el acceso al Palacio de Cibeles, sí pretende proporcionar una estructura detallada de las fases de este proceso. El propósito fundamental es identificar puntos de vulnerabilidad, trazar adecuadamente los procesos realizados y asignar responsabilidades de manera explícita, con el fin de llevar a cabo esta tarea de manera eficiente, ágil y, sobre todo, garantizando la seguridad de los usuarios del edificio, evitando cualquier posible situación de riesgo para estos.

 

En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en el apartado 15.º 1.6.g) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias,

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Aprobar la Instrucción por la que se regula el acceso al Palacio de Cibeles que se inserta como anexo.

 

SEGUNDO.- La presente resolución surtirá efectos a los diez días de su publicación en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid».

 

Madrid, a 30 de agosto de 2024.- El Director General de Policía Municipal, Pablo Enrique Rodríguez Pérez.

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