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BOAM nº 6800 (14/11/2012)
Ayuntamiento Pleno

2125

Acuerdo de 26 de septiembre de 2012 del Pleno del Ayuntamiento del Madrid por el que se aprueba la modificación del Reglamento Orgánico de los Distritos de la Ciudad de Madrid.

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de septiembre de 2012, adoptó el siguiente acuerdo:

 

"Primero. Aprobar la modificación del Reglamento Orgánico de los Distritos de la Ciudad de Madrid, que se adjunta al presente Acuerdo.

 

Segundo. Publicar en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid este Acuerdo y el texto de la modificación del Reglamento que constituye su objeto".

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.3, e) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, se procede a la publicación del texto aprobado.

 

Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndose que dicho acuerdo agota la vía administrativa, pudiéndose interponer contra el mismo, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.

 

Madrid, a 26 de septiembre de 2012.- El Secretario General del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

 

MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO ORGÁNICO DE LOS DISTRITOS DE LA CIUDAD DE MADRID, DE 23 DE DICIEMBRE DE 2004

 

I

 

La Junta Municipal del Distrito de San Blas, en sesión celebrada el día 20 de junio de 2012, aprobó por unanimidad una proposición por la que se insta el cambio de la denominación del Distrito por la de "San Blas-Canillejas".

La proposición se fundamenta en la realidad histórica del Distrito, que tiene su origen en la incorporación a la ciudad de Madrid en 1949 del antiguo municipio de Canillejas y la ulterior construcción en esa zona del "Gran San Blas", que finalmente dio nombre al Distrito.

Esta realidad ha hecho que sea constante la reivindicación en el Distrito sobre la recuperación de la antigua denominación, a la que ahora se atiende añadiendo a la actual denominación de "San Blas", ya consolidada también en nuestra ciudad, la histórica de "Canillejas" a que se ha hecho referencia, dando así lugar a la denominación del Distrito como "San Blas-Canillejas".

El artículo 2 del Reglamento Orgánico de los Distritos de la Ciudad de Madrid, de 23 de diciembre de 2004, tras establecer en su apartado 1 la división del municipio de Madrid en los veintiún Distritos actuales, prevé en su apartado 2 el procedimiento para modificar su número o denominación en los siguientes términos:

"Corresponde al Pleno del Ayuntamiento, por medio de la modificación del presente Reglamento Orgánico, alterar la división del término municipal en Distritos, en cuanto a su número y denominación".

Dicha modificación, además de afectar al artículo 2.1, debe igualmente alcanzar al anexo del Reglamento que recoge los barrios en que se dividen los Distritos -al que se remite el artículo 2.3-, a fin de reflejar también la nueva denominación.

 

II

 

Por otra parte, la disposición final primera del Reglamento Orgánico de los Distritos prevé la constitución de una comisión de trabajo cuya finalidad es proponer al Pleno la revisión de la división de los Distritos en los actuales barrios, para adaptarlos al Plan General de Ordenación Urbana de 17 de abril de 1997.

Dicha comisión fue creada por Decreto del Alcalde de 10 de marzo de 2005. Sin embargo, toda vez que el Plan General de 1997 se encuentra en revisión en estos momentos, resulta adecuado suprimir la disposición que prevé la creación de dicho órgano, pues su finalidad ha devenido inviable al encontrarse el Plan urbanístico que le sirve de referencia en pleno proceso de reconsideración.

 

Artículo único. Modificación del Reglamento Orgánico de los Distritos de la Ciudad de Madrid, de 23 de diciembre de 2004.

El Reglamento Orgánico de los Distritos de la Ciudad de Madrid, de 23 de diciembre de 2004, queda modificado como sigue:

Uno. En el apartado 1 del artículo 2, la denominación del Distrito de San Blas pasa a ser "San Blas-Canillejas".

Dos. En el Anexo al que se remite el apartado 3 del artículo 2, que recoge la relación de barrios por distritos, la denominación del Distrito de San Blas pasa a ser "San Blas-Canillejas".

Tres. Se suprime la disposición final primera.

 

Disposición final única. Publicación, entrada en vigor y comunicación

 

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.3, párrafos e) y f), de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, la publicación, entrada en vigor y comunicación de la presente modificación del Reglamento Orgánico de los Distritos de la Ciudad de Madrid se producirá de la siguiente forma:

a) El acuerdo de aprobación y la modificación del reglamento se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

b) La modificación del reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

c) Sin perjuicio de lo anterior, el acuerdo de aprobación se remitirá a la Administración General del Estado y a la Administración de la Comunidad de Madrid.

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