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BOAM nº 9916 (08/07/2025)
Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte

2737

Decreto de 3 de julio de 2025 de la Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte por el que se aprueba la concesión de cinco becas de investigación en materia de museos y fondos documentales en instituciones dependientes del Ayuntamiento de Madrid para el año 2025.

Visto el informe propuesta de concesión de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Museos, de 24 de junio de 2025, de acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, y en virtud de las facultades que me han sido delegadas por el apartado 3.º 1.1.9 del Acuerdo de 29 de junio de 2023, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte,

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Conceder cinco becas de investigación en materia de museos y fondos documentales en instituciones dependientes del Ayuntamiento de Madrid, y a la vista de los informes de la comisión de valoración contenidos en las actas de las sesiones celebradas los días 29 de mayo, 2 y 3 de junio de 2025, a las siguientes personas:

 

1.Una beca de investigación sobre la difusión de la Arqueología y la Paleontología madrileñas en los años 20 del siglo XX:

ID

Beneficiario

Puntuación

Importe beca

1

MIGUEL PÉREZ ECHAVARRÍA

23,45

6.000 euros

2. Una beca para la sistematización y estudio de la colección de escultura del Museo de Historia:

ID

Beneficiaria

Puntuación

Importe beca

1

MELANIA RUIZ SANZ DE BREMOND

21,75

6.000 euros

3. Una beca de investigación para el estudio y documentación sobre historia y arquitectura de los mercados municipales madrileños del siglo XX

ID

Beneficiaria

Puntuación

Importe beca

1

CARMEN IRENE SANCHIDRIÁN RAMOS

26,17

6.000 euros

 

4. Una beca de investigación en los fondos documentales del Archivo de Villa y de otros archivos sobre establecimientos vinculados a las Artes Gráficas en el Madrid del siglo XX (1950-1970):

ID

Beneficiaria

Puntuación

Importe beca

1

ANDREA LIBEROS GIL

22,25

6.000 euros

5. Una beca de investigación para el estudio y documentación de nuevas metodologías en el desarrollo de contenidos audiovisuales y de actividades de divulgación e información del Planetario de Madrid:

ID

Beneficiario

Puntuación

Importe beca

1

JORGE ELOY CRUZ JIMÉNEZ

18,86

6.000 euros

SEGUNDO.- De conformidad con lo dispuesto en resolución del Director General de Bibliotecas, Archivos y Museos de 29 de mayo de 2025, quedan excluidas del procedimiento las solicitudes formuladas por Doña Macarena Rocío Avendaño Vázquez, Doña María Fuentes Rodríguez, doña Blanca Redondo González y don pedro Edgar Rizo Peña, por no cumplir los requisitos específicos de titulación previstos para cada beca.

 

TERCERO.- Desestimar el resto de las solicitudes.

 

CUARTO.- Notificar la presente resolución a los interesados mediante publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con lo previsto en el apartado 6 de la bases y artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

QUINTO.- Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

1. Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el presente decreto, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

2. Recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, siendo el plazo para su interposición el de dos meses, contado desde el día siguiente al de la notificación del acto que ponga fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 del precitado texto legal.

 

3. Todo ello sin perjuicio de que los interesados utilicen cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

Madrid, a 3 de julio de 2025.- La Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, Marta Rivera de la Cruz.

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