BOAM nº 7410 (12/05/2015)
Área de Gobierno de Familia, Servicios Sociales y Participación Ciudadana
1121
Decreto de 23 de abril de 2015 de la Delegada del Área de Gobierno de Familia, Servicios Sociales y Participación Ciudadana por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones 2015 a entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos de actividades juveniles.En el marco delimitado por la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos aprobada por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 30 de octubre de 2013 y publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 278, el 22 de noviembre de 2013 (en adelante 0GS), y en virtud de lo establecido en el Acuerdo de Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de 10 de mayo de 2013, por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Familia, Servicios Sociales y Participación Ciudadana y se delegan competencias en su titular y en los titulares de los órganos directivos, se aprueba la convocatoria pública para la concesión de subvenciones, a través de la Dirección General de Familia, Infancia, Educación y Juventud, a entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos de actividades juveniles en el municipio de Madrid, con arreglo a las siguientes especificaciones:
ARTÍCULO 1. Objeto y ámbito de la convocatoria.
1. La Delegada del Área de Gobierno de Familia, Servicios Sociales y Participación Ciudadana, a través de la Dirección General de Familia, Infancia, Educación y Juventud, dentro de los créditos consignados en el Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para el año 2015, convoca la concesión de subvenciones a favor de entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos de actividades juveniles en el municipio de Madrid.
2. La finalidad de estas subvenciones es fomentar y promover el desarrollo de proyectos que coadyuven o complementen las competencias y actividades municipales según las prioridades incluidas en el Plan Estratégico de Subvenciones del Área de Gobierno de Familia, Servicios Sociales y Participación Ciudadana 2015-2017, aprobado por el Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de fecha 30 de diciembre de 2014.
ARTÍCULO 2. Líneas de actuación de los proyectos subvencionables.
1. A los efectos previstos en esta convocatoria, sólo se valorarán aquellos proyectos que se encuadren dentro de alguna de las siguientes líneas de actuación:
A) Prevención y eliminación de situaciones de riesgo de exclusión social y marginación de los jóvenes, especialmente el fracaso escolar y la violencia.
B) Fomento de la participación activa de los jóvenes en situación de riesgo de exclusión social, así como de la integración y convivencia intercultural.
C) Fomento del ocio saludable entre los jóvenes y alternativas de ocio y tiempo libre especialmente dirigidas a la prevención del consumo de tabaco, alcohol y otras sustancias.
2. Se dará prioridad a aquellos proyectos que sean complementarios con las actividades que se desarrollan por el Departamento de Juventud de la Dirección General de Familia, Infancia, Educación y Juventud.
3. Quedan excluidos de la presente convocatoria los proyectos que promuevan campañas publicitarias, documentales, publicaciones y guías y los que tengan por objeto la realización de obras o la adquisición de material inventariable para la realización de las actividades previstas en el apartado 1 del presente artículo.
4. Cada entidad solicitante podrá únicamente presentar un proyecto a la presente convocatoria. En el caso de presentar más de uno, se entenderá que la entidad opta por mantener el último de los presentados que haya tenido entrada en el registro y renuncia al resto.
ARTÍCULO 3. Objetivos y efectos que se pretenden conseguir e indicadores de evaluación.
Siguiendo lo establecido en la línea 4.11 del Plan Estratégico de Subvenciones 2015-2017, los objetivos y efectos a alcanzar y el sistema de seguimiento y evaluación son, para cada línea de actuación, los siguientes:
A. Línea de actuación: Prevención y eliminación de situaciones de riesgo de exclusión social y marginación de los jóvenes, especialmente el fracaso escolar y la violencia.
A.1. Objetivo específico: Aumentar, con respecto a la necesidad social detectada en la zona, las opciones de formación de los jóvenes mediante el establecimiento de cursos o talleres de idiomas, nuevas tecnologías y de capacitación curricular (mínimo 1).
Indicadores de actividad:
• Número de talleres, charlas o jornadas de formación impartidas.
• Número de horas de formación impartida.
• Número de alumnos que han recibido la formación.
Indicadores de resultado:
• Porcentaje de alumnos que finalizan los cursos.
• Grado de satisfacción de los participantes.
A.2. Objetivo específico: Aumentar, con respecto a la necesidad social detectada en la zona, los recursos dirigidos a tareas de apoyo y refuerzo académico de los jóvenes estudiantes (mínimo 1).
Indicadores de actividad:
• Número de alumnos que han recibido apoyo o tutorías de refuerzo escolar.
• Número de horas dedicadas al apoyo o refuerzo escolar.
Indicadores de resultado:
• Porcentaje de alumnos que mejoran su rendimiento escolar.
• Porcentaje de alumnos que acuden con regularidad a las tutorías de apoyo o refuerzo.
• Grado de satisfacción de los participantes en las tutorías de apoyo o refuerzo.
A.3. Objetivo específico: Incrementar, con respecto a la necesidad social detectada en la zona, las opciones de formación complementaria en valores, de desarrollo personal, de habilidades sociales, etc. de los jóvenes mediante el desarrollo de talleres, dinámicas, jornadas, charlas o cursos (mínimo 1).
Indicadores de actividad:
• Número de talleres, charlas o jornadas impartidas.
• Número de horas de formación impartida.
• Número de alumnos que han recibido la formación en valores o desarrollo personal.
Indicadores de resultado:
• Grado de satisfacción de los participantes en los cursos o talleres de habilidades sociales o autoestima.
• Porcentaje de alumnos que mejoran sus habilidades sociales.
B. Línea de actuación: Fomento de la participación activa de los jóvenes en situación de riesgo de exclusión, así como de la integración y convivencia intercultural.
Objetivo específico: Aumentar, con respecto a la necesidad social detectada en la zona, los actos de participación de los jóvenes en actividades que impliquen la integración y convivencia (mínimo 1).
Indicadores de actividad:
• Número de participantes activos jóvenes en los actos realizados.
• Número de espectadores que acuden a los actos realizados.
• Número de actos de participación de los jóvenes realizados.
Indicadores de resultado:
• Grado de satisfacción de los participantes en las actividades.
• Porcentaje de jóvenes que participan activamente respecto del total de espectadores.