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BOAM nº 7894 (26/04/2017)
Informática del Ayuntamiento de Madrid

917

Resolución de 24 de abril de 2017 del Gerente del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid por la que se declara desierto el Concurso General de Méritos FG-IAM 1/2017, convocado por Resolución de 28 de febrero de 2017, para la provisión de dos puestos de trabajo.

Por Resolución de 28 de febrero de 2017 de este Organismo Autónomo, se convocó Concurso General de Méritos FG-IAM 1-2017 para la provisión de dos puestos de trabajo.

 

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes establecido en dicha resolución, no se ha registrado ninguna solicitud para tomar parte en dicho concurso.

 

Así y en virtud del artículo 15 de los Estatutos del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid,

 

RESUELVO

 

Declarar desiertos los puestos que se relacionan en el Anexo I.

 

La presente resolución tendrá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

I.- Recurso potestativo de reposición, ante el Gerente del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid, en el término de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 123, 124 y 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en adelante, LPAC).

 

II.- Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o en los de Madrid, a elección de aquel, en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 8.1, 14.1.2.ª y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

 

Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente (artículo 40.2 de la LPAC).

 

Madrid, a 24 de abril de 2017.- El Gerente del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid, Fernando Pérez Sánchez.

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