BOAM nº 7980 (30/08/2017)
Distrito de Usera
1848
Decreto de 16 de agosto de 2017 de la Concejala Presidenta del Distrito de Usera por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones 2017 en régimen de concurrencia competitiva para la adquisición de libros de texto y material escolar por los centros educativos sostenidos con fondos públicos del Distrito de Usera.En el marco delimitado por la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, aprobada por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 30 de octubre de 2013, publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 278, de 22 de noviembre de 2013 (en adelante, OBRS), la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante, LGS), el Reglamento General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (en adelante, RGS), y, en virtud de lo establecido en el Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de los Distritos, se aprueba la convocatoria pública para la concesión de subvenciones a los centros educativos sostenidos con fondos públicos del Distrito de Usera que cuenten con alumnos cuyas familias están en situación de vulnerabilidad social y económica, detectadas en los servicios sociales, centros educativos, AMPAS y Sección de Educación del distrito, con arreglo a las siguientes especificaciones.
ARTÍCULO 1. OBJETO Y ÁMBITO DE LA CONVOCATORIA.
La Concejala Presidenta del Distrito de Usera, a través de la Coordinación del Distrito, dentro de los créditos consignados en el Presupuesto vigente del Ayuntamiento de Madrid para el año 2017, convoca la concesión de subvenciones a favor de los centros educativos sostenidos con fondos públicos del Distrito de Usera, que cuenten con alumnos cuyas familias están en situación de vulnerabilidad social y económica, detectadas en los servicios sociales, centros educativos, AMPAS y sección de educación del distrito para la adquisición de libros de texto y material escolar, tanto fungible como no fungible, únicamente en calidad de préstamo cuando dichos libros o materiales puedan ser reutilizados en sucesivos cursos.
La finalidad de estas subvenciones es colaborar con los centros educativos sostenidos con fondos públicos para facilitar los libros de texto y material escolar al alumnado en situación de precariedad económica y vulnerabilidad social, de los distritos más desfavorecidos del municipio, según las prioridades incluidas en el Plan Estratégico de Subvenciones del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo 2016-2018, aprobado por el Decreto de 21 de julio de 2016 de la Delegada del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo, modificado por Decretos de 5 de diciembre de 2016, de 13 de febrero de 2017 (rectificado por Decreto de 22 de febrero de 2017), de 11 de abril de 2017, de 12 de mayo de 2017 y de 23 de mayo de 2017.
El objeto de la presente subvención es que todos los alumnos cuyas familias están en situación de vulnerabilidad social y económica, de los centros sostenidos con fondos públicos del distrito de Usera, dispongan de libros de texto y material escolar, tanto fungible como no fungible, quedando los libros posteriormente en depósito a disposición de los centros escolares para poder ser utilizados por otros alumnos y alumnas en años sucesivos, mientras estén en buen estado y sigan siendo los preceptivos del centro.
Los centros escolares llevarán un inventario de los libros que compren con la subvención y que entregan en préstamo, debiendo sellar dicho inventario y remitirlo a la Sección de Educación del Distrito de Usera. Los libros y material no fungible quedarán en las bibliotecas de los centros con objeto de que puedan seguir utilizándose.
La presente convocatoria contempla los gastos que no hayan sido objeto de subvención o ayuda económica por otras administraciones para la misma finalidad y que resultan, sin embargo, necesarios para el desarrollo de las actividades escolares, suponiendo una carga importante para las familias en situación de desventaja socioeconómica.
Por lo expuesto, la presente convocatoria se dirige únicamente a los centros educativos sostenidos con fondos públicos de Educación Infantil y Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Educación Especial radicados en el Distrito de Usera para la adquisición de libros de texto y material escolar destinado a los alumnos de dichos centros para el curso 2017/2018. Esta limitación permite que el principio de publicidad se cumpla con la notificación de las bases y convocatoria a todos y cada uno de los centros susceptibles de ser solicitantes. Asimismo, serán publicadas en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la sede electrónica, sección trámites y gestiones (https://sede.madrid.es).
ARTÍCULO 2. OBJETIVOS, EFECTOS QUE SE PRETENDEN CONSEGUIR E INDICADORES DE EVALUACIÓN.
1. Los objetivos y efectos que se pretenden alcanzar con esta convocatoria, así como sus respectivos indicadores son los siguientes:
OBJETIVO N.º 1: Compensar el desequilibrio educativo que se produce en las familias por razones sociales y económicas.
Indicador de actividad:
Número de centros solicitantes de estas ayudas.
Meta: 20 centros educativos.
Indicador de resultado:
Presupuesto concedido por centro.
Meta: 3000 euros por centro.
OBJETIVO N.º 2: Prevenir el absentismo y fracaso escolar de los escolares del barrio.
Indicador de actividad:
Número de libros fungibles y no fungibles comprados por cada centro.
Meta: 600 (entre libros de texto y material fungible).
Indicador de resultado:
Número de alumnos/as destinatarios de los libros (fungibles y no fungibles).
Meta: 200 alumnos destinatarios de los libros.
2. Los centros educativos deberán especificar la cuantía de la subvención concedida en la resolución y hacer uso de los dos indicadores del objetivo n.º 2, con la finalidad de poder evaluar los resultados obtenidos. Cada indicador deberá acompañarse de la correspondiente fuente de verificación.
3. Las fuentes de verificación que aportarán los centros educativos para medir los resultados señalados en cada indicador serán: facturas o documentos acreditativos del gasto realizado por el centro educativo y certificado de entrega de los libros y material escolar en el que se indique el nombre completo de la alumna o alumno y curso en el que está matriculado. Se acompañará de la relación de libros y/o material adquirido y la relación de libros y/o material que se ha entregado a cada alumno.
ARTÍCULO 3. RÉGIMEN JURÍDICO Y PROCEDIMIENTO.
La convocatoria se regirá por las presentes bases, por lo previsto en las disposiciones de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y Reglamento de desarrollo de esta, aprobado mediante RD 887/2006, de 21 de julio, y en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, aprobada por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 30 de octubre de 2013, publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 278, de 22 de noviembre de 2013.